Encomienda de gestión entre el Mercados Centrales de Abastecimiento de Madrid, S. A. (Mercamadrid, S. A.) y Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial, Medio Propio (FNMT-RCM, E. P. E., M. P.), para la extensión de los servicios públicos electrónicos.
A los efectos previstos en el artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se hace público que, con fecha 1 de junio de 2026, Mercamadrid, S. A., y la FNMT-RCM, E. P. E., M. P., formalizaron una encomienda de gestión para la realización por la FNMT-RCM de actividades de carácter material, técnico y de seguridad necesarias para la extensión de los servicios públicos electrónicos en el ámbito de actuación de Mercamadrid, S. A.
La encomienda tiene por objeto, en particular, la extensión de la Plataforma Pública de Certificación desarrollada por la FNMT-RCM, así como la expedición, gestión, mantenimiento y, en su caso, revocación o suspensión del ciclo de vida de los certificados electrónicos que resulten necesarios para la identificación y actuación electrónica de Mercamadrid, S. A., en los términos previstos en el correspondiente instrumento de formalización.
La encomienda no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, correspondiendo a Mercamadrid, S. A., dictar cuantos actos o decisiones jurídicas den soporte o se integren en la actividad material objeto de encomienda.
El plazo de vigencia de la encomienda es de 4 años desde su formalización, sin perjuicio de las prórrogas, modificaciones o causas de extinción previstas en el documento de formalización.
El texto íntegro de la encomienda de gestión, incluidos sus anexos, se encuentra disponible para su consulta en la siguiente dirección electrónica:
Lo que se hace público para general conocimiento y para la eficacia de la encomienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, a 14 de julio de 2026.—El secretario general, Pablo Román Villar.
(02/11.859/26)
Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.