Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
24-07-2026

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260724-62

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

URBANISMO

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Galapagar. Urbanismo. Normas subsidiarias

De conformidad con lo previsto en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se hace público para general conocimiento que el pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria de fecha 25 de junio de 2026, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Acordar nuevamente la aprobación inicial de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del Polígono 40 “Los Altos de La Navata” de Galapagar, junto con la Ordenación Pormenorizada propuesta, conforme al artículo 57.a) de la LSCM, siendo objeto de la modificación el cambio de la clase y categoría del suelo de parte del polígono 40, actualmente clasificado como no urbanizable común, que se cambia a suelo urbanizable sectorizado, permitiendo su desarrollo ordenado mediante la correspondiente Ordenación Pormenorizada propuesta, todo ello de conformidad con los informes técnicos y jurídicos emitidos, y con los efectos previstos en los fundamentos jurídicos que anteceden.

Segundo.—Aprobar inicialmente la delimitación del ámbito de actuación denominado Polígono 40 “Los Altos de La Navata” de conformidad y con los efectos previstos en el informe jurídico de la presente propuesta.

La representación gráfica de la descripción del ámbito afectado por la modificación puntual se reproduce en la segunda de las consideraciones jurídicas.

Tercero.—Declarar la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del Polígono 40 “Los Altos de La Navata” de Galapagar, con Ordenación Pormenorizada, como un instrumento urbanístico de tramitación preferente, en virtud del acuerdo dictado por la Aceleradora Urbanística de la Comunidad de Madrid, en su sesión ordinaria celebrada el 11 de junio de 2026, por el que se declara de especial relevancia (DER), la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del Polígono 40 “Los Altos de La Navata” de Galapagar.

Los instrumentos declarados de especial relevancia se tramitarán de forma centralizada en cuanto a la solicitud de informes sectoriales.

Cuarto.—Someter la documentación la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del Polígono 40 “Los Altos de La Navata” de Galapagar, con Ordenación Pormenorizada, al trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión, efectuando publicación simultánea del mismo en el tablón de edictos y Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Galapagar, para una mayor difusión del documento sometido a información pública.

Simultáneamente, requerir a los órganos y entidades que a continuación se relacionan, informes que, por razón de la posible afección de los intereses públicos por ellos gestionados, se han considerado necesarios (artículo 57 b. LSCM):

— Área de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

— Dir. Gral. de Carreteras de la Comunidad de Madrid.

— Ministerio de Transformación Digital y Función Pública.

— Red Eléctrica de España (REE).

— Confederación Hidrográfica del Tajo.

— Dirección General de Patrimonio.

— Consejería de Medio Ambiente (Sección de Parques Regionales y Naturales del Consejo de Medio Ambiente).

— Iberdrola.

— Dirección General del Suelo.

— Dirección General de Política Energética y Minas.

— Dirección General de Protección ciudadana.

— Canal de Isabel II.

Quinto.—Solicitar de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid (Dirección General de Transición Energética y Economía Circular), informe ambiental estratégico una vez tramitado el oportuno procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada, en los términos previstos por la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en relación con la Disposición Transitoria Primera de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid.

Sexto.—Remitir a la citada Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, a los efectos de previstos en el punto anterior, acuerdo de aprobación inicial junto con la documentación de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias del Polígono 40 “Los Altos de La Navata” de Galapagar, con Ordenación Pormenorizada y anuncios publicados correspondientes al preceptivo trámite de información pública. Así mismo, y una vez finalizado dicho período, se deberá remitir a la citada Dirección General certificado de su cumplimiento y resultado del mismo, junto con relación de los propietarios afectados”.

Lo que se hace saber a fin de que en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID quien se considere afectado de algún modo, pueda presentar las alegaciones que se consideren oportunas.

Galapagar, a 10 de julio de 2026.—El alcalde-presidente accidental, Ángel Camacho Lázaro.

(02/11.940/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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