Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
23-07-2026

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260723-25

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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EXTRACTO de la Orden 2591/2026, de 3 de julio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se redistribuyen las cuantías inicialmente autorizadas en la Orden 6113/2025, de 21 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de becas de excelencia académica, correspondiente al curso 2025-2026, para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid (Turno de estudiantes de nuevo ingreso en centros superiores de enseñanzas artísticas).

De conformidad con lo previsto en el artículo 58.5 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden por la que se redistribuyen las cuantías inicialmente autorizadas en la convocatoria de becas de excelencia académica, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).

BDNS: 877947

Mediante Orden 6113/2025, de 21 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 6, de 8 de enero de 2026), se convocaron 2.559 becas de excelencia académica para el curso 2025-2026, estableciendo el plazo para la presentación de las solicitudes y declarando el importe del crédito presupuestario disponible en 5.373.900 euros, siendo 2.100 euros por beca, con la siguiente distribución por línea de ayudas:

1. Turno de estudiantes de nuevo ingreso a la universidad: 891 becas con un crédito inicial autorizado de 1.871.000 euros.

2. Turno de estudiantes de nuevo ingreso en centros superiores de enseñanzas artísticas: 4 becas con un crédito inicial autorizado de 8.400 euros.

3. Turno de estudiantes ya matriculados en la universidad: 1.660 becas con un crédito inicial autorizado de 3.486.000 euros.

4. Turno de estudiantes ya matriculados en centros superiores de enseñanzas artísticas: 4 becas con un crédito inicial autorizado de 8.400 euros.

El presente extracto se refiere al turno de estudiantes de nuevo ingreso en centros superiores de enseñanzas artísticas, con el objeto de declarar el crédito definitivo para esta línea de ayudas.

Conforme al artículo 15 de las bases reguladoras, la Comisión de Selección, designada por la Dirección General de Universidades como órgano instructor del expediente, propuso la adjudicación de las becas según el acta de fecha 2 de junio de 2026.

La propuesta de adjudicación declara desiertas dos de las cuatro becas del turno de estudiantes de nuevo ingreso en centros de enseñanzas artísticas superiores.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.5.a) de la Orden 1890/2024, de 30 de abril, que prevé que las becas de estudiantes que inician estudios en enseñanzas artísticas superiores que no hayan sido adjudicadas se redistribuirán entre los estudiantes de nuevo ingreso en enseñanzas universitarias que no hubieran obtenido beca, procede redistribuir el crédito disponible, incrementando a 1.875.300 euros la dotación inicial correspondiente al turno de estudiantes de nuevo ingreso en universidades, lo que permite la concesión de dos becas adicionales hasta alcanzar un total de 893, y reduciendo, asimismo, la dotación inicial del turno de estudiantes de nuevo ingreso en centros de enseñanzas artísticas superiores, con el fin de reasignar el crédito sobrante derivado de las dos becas no adjudicadas, quedando su asignación final en 4.200 euros.

DISPONGO

Primero

El crédito final autorizado para el turno de turno de estudiantes de nuevo ingreso en centros de enseñanzas artísticas superiores para el curso 2025-2026, es de 4.200 euros.

Segundo

La declaración recogida en esta Orden no implica la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver la convocatoria.

Madrid, a 3 julio de 2026.

La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, MERCEDES ZARZALEJO CARBAJO

(03/11.995/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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