Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
17-07-2026

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260717-55

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

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ADENDA de 19 de junio de 2026, de modificación y primera prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Fundación Real Madrid, para el desarrollo de la actividad deportiva en centros de protección de menores.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto, 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D. Julio González Ronco, Director-Gerente de la Fundación Real Madrid, en nombre y representación de la mencionada Fundación, con CIF G-81828493 y domicilio social en Avenida Concha Espina, número 1, 28036 de Madrid, actuando en uso de las facultades conferidas mediante escritura pública con el número de protocolo 3.050, otorgada ante el notario de Madrid D. Cruz Gonzalo López-Muller Gómez, de fecha 1 de diciembre de 2009, en nombre y representación de la misma.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente primera adenda de modificación y prórroga y

EXPONEN

Primero

Que el día 3 de septiembre de 2025, se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Fundación Real Madrid, para el desarrollo de la actividad deportiva en centros de protección de menores, con vigencia desde el 3 de septiembre de 2025 hasta el 30 de junio de 2026.

Segundo

Que la cláusula decimosegunda del convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales mediante la suscripción de la correspondiente adenda, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h).2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y que dicha adenda deberá tramitarse y formalizarse con anterioridad al vencimiento del plazo de vigencia del convenio.

Asimismo, dicha cláusula prevé que las partes podrán modificar y desarrollar el convenio de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

Tercero

Que las partes desean continuar colaborando en el desarrollo de un programa de actividades deportivas en los centros y residencias de protección de menores.

Cuarto

Que las partes desean modificar el Anexo I que se cita en la cláusula cuarta del convenio suscrito el 3 de septiembre de 2025, beneficiarios del programa, en la que se estipula que en dicho anexo se relacionan los centros y residencias de la red de protección de menores de la Comunidad de Madrid que son beneficiarios del programa. La modificación del Anexo I consiste en:

La exclusión de la siguiente Residencia:

— Residencia Infantil Acacias.

Y la inclusión en el programa objeto del convenio de la siguiente Residencia:

— Residencia Infantil Casa de los Niños.

Quinto

Que el convenio que se modifica y prorroga no conlleva coste económico específico, por lo que no supondrá compromiso presupuestario alguno para la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.

Sexto

Que el servicio prestado por la Fundación Real Madrid desde el inicio del convenio que se modifica y prorroga se ha realizado a plena satisfacción y con estricto cumplimiento de las condiciones pactadas, promoviendo y desarrollando actividades deportivas como contribución al desarrollo de las capacidades de los menores que deseen realizarlas y a su crecimiento integral.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de esta adenda de modificación y primera prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Modificación

Se modifica el Anexo I, citado en la cláusula cuarta del convenio, en relación con los centros y residencias pertenecientes a la red de protección de menores de la Comunidad de Madrid participantes en el programa objeto del convenio para el período comprendido entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027. Dicho Anexo I se acompaña a esta adenda.

Segunda

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimosegunda del convenio suscrito el 3 de septiembre de 2025, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el lugar indicado, y fecha de la última firma digital.

En Madrid, a 19 de junio de 2026.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Representante de la Fundación Real Madrid, Julio González Ronco.

(03/10.425/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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