Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
15-07-2026

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260715-9

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

9
RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la adjudicacion de destinos correspondiente a la Orden 395/2022, de 4 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema de promoción interna, a plazas de la categoría profesional de Educador, Especialidad Personas con Discapacidad Intelectual (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 395/2022, de 4 de marzo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 65, de 17 de marzo de 2022), por la que se convocaron las pruebas selectivas para el acceso, por el sistema de promoción interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Educador, Especialidad Personas con Discapacidad (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid.

A la vista de la Resolución de 20 de mayo de 2026, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 126, de 29 de mayo de 2026), por la que se resuelve el citado proceso selectivo, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la correspondiente orden de convocatoria y demás normativa de aplicación, este centro directivo, en uso de las facultades que tiene legalmente atribuidas,

RESUELVE

Primero

Adjudicar destinos, en los términos que se indican seguidamente, a las personas que han superado el citado proceso selectivo y que se relacionan en el Anexo I, para el acceso por el sistema de promoción interna, que se publica con la presente Resolución.

Segundo

1. Por la unidad responsable de personal de la correspondiente consejería u organismo autónomo, se procederá a la formalización de los correspondientes contratos con las personas interesadas, debiendo dar, asimismo, cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el Sector Público.

2. A tal efecto, las personas aspirantes relacionadas en el mencionado Anexo deberán personarse en la subdirección general o unidad de personal de la consejería u organismo autónomo al que se encuentra adscrita la plaza adjudicada, a efectos de proceder a la formalización del correspondiente contrato de trabajo, debiendo ir provistas de su DNI-NIE, documento de afiliación a la Seguridad Social, así como de un certificado o justificante de los datos de su cuenta bancaria, en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo recogido en la base decimoquinta, apartado 15.2, de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, se aprobaron las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril).

3. Cualquier información adicional a la recogida en la presente resolución se encontrará disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/personas-discapacidad-intele... , así como en la página web del proceso selectivo accesible desde https://www.comunidad.madrid/espacios-profesionales/educador-personas-di... .

Tercero

Dado que ha superado el proceso selectivo un número de personas inferior al de plazas ofertadas, queda desierta la adjudicación de los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo II de la presente Resolución.

Cuarto

Por no haber aportado la documentación solicitada en el plazo habilitado en la Resolución del 20 de mayo de 2026, las personas aspirantes que se mencionan a continuación pierden el derecho a la adjudicación de un puesto de trabajo de la categoría profesional de Educador, Especialidad Personas con Discapacidad (Grupo III, Nivel 6, Área C):

Quinto

Contra la presente Resolución y las actuaciones que se deriven de la misma podrán las personas interesadas interponer demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y en el artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 3 de julio de 2026. La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.



(03/11.363/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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