Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
15-07-2026

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260715-44

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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ACUERDO de 8 de julio de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, para la catalogación de un edificio en la calle de Antillón, número 19, distrito Latina, del municipio de Madrid.

I. En el número 19 de la calle de Antillón, en el distrito Latina de Madrid, se ubica un edificio entre medianeras, con una superficie construida de 246 m2, en una superficie de parcela de 82 m2, y una altura total de 13,30 m, que consta de tres plantas sobre rasante, todas ellas destinadas a uso cultural.

Desde 1993 se han desarrollado en el edificio distintas actividades culturales, con el nombre de “El Montacargas”, figurando, desde ese momento, el mural en su fachada principal. La sala se convirtió en referente cultural del barrio, pero diversas circunstancias llevaron a su cierre en 2020. En 2023, reabre convertida en el establecimiento actual, con actividades similares, y con el nombre de “El Nuevo Montacargas”.

II. La presente Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 (en adelante PG97) tiene por objeto la inclusión del edificio situado en la calle de Antillón, número 19, en el Catálogo de Edificios Protegidos del Plan General, motivado por la existencia en su fachada principal de una pintura mural atribuida al artista y escenógrafo Miguel Brayda, diseñada expresamente para esta ubicación.

El escenógrafo Miguel Brayda (1961-2016) fue un artista conocido por su creatividad y manejo del dibujo, el color y la experimentación con técnicas y soportes diversos, desde la pintura mural y el grafiti hasta el diseño de vestuario y escenografías para teatro, danza, circo y música. Sus creaciones se caracterizan por la fusión de simbolismo, poesía visual y su vinculación con el entorno arquitectónico en el que se insertan. Recibió el Premio Nacional de Escenografía en 1997; y entre sus trabajos más conocidos se encuentran las pinturas murales de un techo de la sede de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).

Con ello, se pretende reconocer y valorar este mural en la ubicación para la que fue concebido y diseñado y se persigue su consolidación y pervivencia. Por tanto, la finalidad es definir el régimen de protección más adecuado para salvaguardar el bien con los criterios y mecanismos de los que dispone el Plan General de Ordenación Urbana.

Para ello, se establece la protección del bien mediante la inclusión del edificio en el Catálogo de Edificios Protegidos del PG97, con un Nivel 3, grado parcial de protección que afectará exclusivamente a su fachada principal, con las condiciones particulares que se establecen en la Ficha Normativa, y que preservará los valores del bien. El resto del interior del edificio no se considera de especial significación, por lo que no se le asigna protección.

III. El Plan General clasifica el suelo en que se ubica el edificio como suelo urbano consolidado y le asigna para su ordenación las determinaciones de la Norma Zonal 4 que atribuye a la parcela como uso cualificado el residencial.

La Modificación Puntual se limita a integrar en el Catálogo de Edificios del PG97 el edificio de la calle de Antillón número 19, sin alterar su situación de suelo urbanizado ni su clasificación como suelo urbano consolidado. El régimen de usos y obras del edificio pasará a ser el correspondiente al nivel de catalogación que se establece, de acuerdo con lo previsto en las Normas Urbanísticas del PG97, con las particularidades que se recogen en la Ficha Normativa individualizada. La Modificación Puntual no prevé ningún cambio en relación con la clasificación y categoría actuales del suelo.

IV. La Modificación Puntual afecta a la siguiente documentación del Plan:

— Se modifica la hoja CA-73/1 Plano A-Edificios del Catálogo de Elementos Protegidos del Plan para incluir la regulación de la protección.

— Se añaden las fichas de condiciones del bien catalogado, al cual se asigna el número de Catálogo 99901: Ficha informativa (FI) y Ficha normativa (FN).

— Se aporta un listado refundido de edificios protegidos del PG97.

V. La tramitación de la Modificación Puntual se lleva a cabo a iniciativa del Ayuntamiento de Madrid, cuyo Pleno la aprobó inicialmente con fecha 15 de enero de 2026 y provisionalmente con fecha 18 de mayo de 2026.

En cuanto a la formulación de documento de Avance, el artículo 56.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid establece que esta deberá producirse en los casos de formulación y elaboración de los instrumentos de planeamiento general y sus revisiones.

A este respecto, el artículo 68 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio delimita el concepto de revisión de Planes de Ordenación Urbanística señalando que ésta supone la adopción de nuevos criterios que afecten a la totalidad del término municipal, estableciendo en el artículo 69 que cualquier otra alteración de las determinaciones de los Planes no subsumible en el artículo 68 supone y requiere su modificación.

La Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para la catalogación de edificio en la calle de Antillón, número 19, distrito Latina, se califica como modificación y no como revisión, por lo que, a juicio del Ayuntamiento de Madrid y de la Dirección General de Urbanismo resulta innecesaria la existencia de un documento de Avance.

VI. En cuanto al procedimiento ambiental, con fecha 20 de marzo de 2026 la propuesta fue valorada favorablemente en el Informe Ambiental Estratégico emitido por la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular.

VII. En relación con el análisis y valoración de la Modificación Puntual, con fecha 12 de junio de 2026, la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior emitió informe técnico, e informe jurídico, con fecha 18 de junio de 2026, ambos favorables a su aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno.

VIII. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplido los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, citada, que regula el procedimiento de aprobación de los planes generales y de sus modificaciones y revisiones en su fase municipal.

IX. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 25 de junio de 2026, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo el día 19 de junio de 2026, informó favorablemente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 para la catalogación de edificio en la calle de Antillón, número 19, distrito Latina, del municipio de Madrid.

X. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la mencionada Ley 9/2001, de 17 de julio, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto.

XI. Según lo establecido en los artículos 65 y 66 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, sita en la calle Alcalá, número 16, 5.a planta, de Madrid, donde podrá ser consultado.

Una vez publicado el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de abril de 2009.

En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la sesión celebrada el 25 de junio de 2026, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 8 de julio de 2026,

ACUERDA

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, para la catalogación de un edificio en la calle de Antillón, número 19, distrito Latina, del municipio de Madrid.

Segundo

Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 66.1.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Madrid con indicación de que deberá proceder a la publicación del contenido normativo del plan, conforme al artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como a la publicación del contenido que corresponda de conformidad con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estimen oportuno deducir.

Madrid, a 8 de julio de 2026.

El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, CARLOS NOVILLO PIRIS

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/11.576/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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