Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
14-07-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260714-69

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ANCHUELO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Anchuelo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Considerando conveniente una reorganización de las competencias delegadas para una mayor eficiencia en la gestión municipal, se hacen públicas las mismas.

Decreto 2026/0206, de 29 de junio 2026:

Primero.—Dejar sin efecto el Decreto 0189/2025, de 23 de septiembre, por el que se delegaban competencias en los concejales del Ayuntamiento de Anchuelo.

Segundo.—Delegar en D. Francisco José Juste Martín, primer teniente de alcalde, la Concejalía Delegada de Presidencia, Hacienda, Urbanismo, Vivienda y Coordinación Institucional, con competencias genéricas de dirección, impulso, coordinación y gestión en las siguientes materias: Presidencia y Coordinación Institucional, Economía y Hacienda Municipal, Contratación y Patrimonio Municipal, Personal, Régimen Interior, Organización Administrativa, Transparencia y Gobierno Abierto, Desarrollo Económico y Empresarial, Comunicación y Relaciones Institucionales, Fondos Europeos, Proyectos Estratégicos, Deportes, Urbanismo, Planificación Territorial, Vivienda, Obras Públicas, Mantenimiento de edificios e Instalaciones Municipales, Servicios Municipales, Infraestructuras, Relaciones con el Canal de Isabel II, Desarrollo Rural y Agricultura.

Tercero.—Delegar en D. Jorge Díaz Flores, segundo teniente de alcalde, la Concejalía Delegada de Medioambiente, Movilidad, Comercio y Consumo con competencias genéricas de dirección, impulso, coordinación y gestión en las siguientes materias: Medioambiente y Sostenibilidad, Gestión del Punto Limpio Municipal, Limpieza Viaria, Gestión y Retirada de Residuos de la Vía Pública, Gestión de Residuos, Movilidad, Comercio Local, Consumo y Bienestar Animal.

Cuarto.—Delegar en Dña. Montserrat Alarcón Alen la Concejalía Delegada de Cultura, Turismo, Festejos, Participación Ciudadana, Protección Civil y Seguridad Ciudadana, con competencias genéricas de dirección, impulso, coordinación y gestión en las siguientes materias: Cultura y Patrimonio Histórico, Turismo, Festejos Populares y Tradiciones, Festejos Taurinos, Participación Ciudadana, Atención a Mayores, Protección Civil y Emergencias y Seguridad Ciudadana.

Quinto.—Delegar en Dña. Gladys Sharon Murguía Cortez la Concejalía Delegada de Educación, Familia, Servicios Sociales, Salud, Empleo y Transformación Digital, con competencias genéricas de dirección, impulso, coordinación y gestión en las siguientes materias: Educación, Familia, Servicios Sociales, Atención a la Dependencia, Igualdad de Oportunidades, Promoción de la Salud, Salud Pública, Transformación Digital y Nuevas Tecnologías, Administración Electrónica, Juventud, Infancia y Adolescencia.

Sexto.—Mantener la delegación en todos los miembros de la Corporación Municipal, tanto del equipo de gobierno como de la oposición, de la competencia para la celebración de matrimonios civiles, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del Código Civil.

Séptimo.—Delegar específicamente en D. Francisco José Juste Martín, primer teniente de alcalde, las siguientes competencias, independientemente del área competencial a la que pertenezcan:

a) Gestión integral de subvenciones convocadas por el Ayuntamiento de Anchuelo, incluyendo la elaboración, tramitación y resolución de expedientes de concesión de subvenciones, así como la solicitud, justificación y seguimiento de subvenciones ante otras Administraciones Públicas.

b) Tramitación y formalización de contratos de trabajo de personal laboral cuya competencia corresponda a la Alcaldía, incluyendo la elaboración de bases, convocatorias y resolución de procesos de selección.

c) Formalización y firma de los documentos administrativos derivados de los nombramientos, contrataciones y tomas de posesión cuya competencia corresponda a la Alcaldía.

d) Aprobación de las nóminas del personal municipal y de las incidencias retributivas cuya competencia corresponda a la Alcaldía.

e) Reconocimiento y asignación de complementos de productividad y otros conceptos retributivos variables del personal municipal.

f) Tramitación integral de expedientes de contratación administrativa, incluyendo elaboración de pliegos, tramitación del procedimiento y formalización de contratos, respecto de los contratos cuya competencia corresponda a la Alcaldía como órgano de contratación.

g) Firma de correspondencia y documentación administrativa de carácter general relacionada con las materias delegadas.

h) Representación del Ayuntamiento en actos protocolarios, reuniones técnicas, organismos supramunicipales y relaciones institucionales cuando así lo determine la Alcaldía.

i) Convocatoria y presidencia, por delegación de la Alcaldía, de las mesas de contratación que se constituyan en el Ayuntamiento, cualquiera que sea el procedimiento de adjudicación o la cuantía del contrato.

j) Coordinación, seguimiento y justificación de los proyectos financiados mediante Fondos Europeos y demás programas de cooperación interadministrativa.

Octavo.—Establecer el siguiente régimen de suplencias para los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal que impida el ejercicio de las competencias delegadas:

a) Las competencias delegadas en D. Francisco José Juste Martín serán suplidas por D. Jorge Díaz Flores y, en su defecto, por el alcalde-presidente.

b) Las competencias delegadas en D. Jorge Díaz Flores serán suplidas por D. Francisco José Juste Martín y, en su defecto, por el alcalde-presidente.

c) Las competencias delegadas en D.a Montserrat Alarcón Alen serán suplidas por D. Francisco José Juste Martín y, en su defecto, por D. Jorge Díaz Flores.

d) Las competencias delegadas en D.a Gladys Sharon Murguía Cortez serán suplidas por D. Francisco José Juste Martín y, en su defecto, por D. Jorge Díaz Flores.

Noveno.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa en el plazo de tres días hábiles; y remitir la resolución de la delegación de competencias al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación en el mismo, igualmente publicar la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la firma de la resolución por el alcalde.

Décimo.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que se celebre, a los efectos de su conocimiento.

Anchuelo, a 3 de julio de 2026.—El alcalde, Javier Doncel Fernández.

(03/11.274/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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