Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
14-07-2026

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260714-35

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

35
RESOLUCIÓN del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convoca la III Convocatoria de los premios del Centro de Investigación de Estudios Turísticos de la Universidad Rey Juan Carlos (CIETUR) a los mejores Trabajos de Fin de Grado, Trabajos Fin de Máster y Tesis Doctorales relacionados con el Turismo defendidos en el año 2025.

BDNS: 917653

Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos por la que se convoca la III Convocatoria de los premios del Centro de Investigación de Estudios Turísticos de la Universidad Rey Juan Carlos (CIETUR) a los mejores Trabajos de Fin de Grado, Trabajos Fin de Máster y Tesis Doctorales relacionados con el Turismo defendidos en el año 2025.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

Primero

Beneficiarios

Los destinatarios de los premios son los estudiantes que hayan presentado trabajos (TFG y TFM) y Tesis Doctorales defendidos en el año 2025 (año natural) que hayan sido calificados con una nota igual o superior a 8 para el caso de los TFG y TFM y con Sobresaliente Cum Laude para el caso de las Tesis Doctorales, bien de contenido práctico o teórico y vinculados explícitamente a la investigación sobre el turismo.

Para la obtención de los premios objeto de la presente convocatoria, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en la misma, así como los siguientes requisitos.

Requisitos Generales.

a) Haber presentado el trabajo (TFG, TFM o Tesis Doctoral) durante el año 2025 (año natural) en la Universidad Rey Juan Carlos, siempre que el trabajo haya sido calificado con una nota mínima de 8 (TFG o TFM) o de Sobresaliente Cum Laude (Tesis Doctoral).

b) Haber redactado el trabajo en castellano o en cualquiera de las lenguas cooficiales del Estado español, o en inglés.

c) Haber sido realizado por uno autor o por varios autores. En el caso de trabajos grupales, el premio se repartirá, a partes iguales, entre los coautores de éste.

d) La temática del trabajo tiene que encontrarse enmarcada en el turismo.

e) Los trabajos deberán ser originales e inéditos.

f) Los aspirantes cumplirán con todos los requisitos legales de confidencialidad y originalidad de sus trabajos y asumen cualquier responsabilidad derivada de su incumplimiento. .

g) Los trabajos deben contar con el informe positivo del Comité de Ética de URJC en caso de que esto sea necesario.

h) En el caso de que el trabajo sea premiado debe ser publicado en el repositorio institucional de la BURJC ( https://burjcdigital.urjc.es/home ) […].

(Requisitos Económicos u otros requisitos que se tengan que cumplir).

a) Hallarse al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

b) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de otras subvenciones.

c) No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) El compromiso de mantener estos requisitos durante el período de tiempo inherente al reconocimiento de derecho de cobro de la subvención.

Segundo

Objeto

La presente convocatoria tiene como objeto incentivar e impulsar en la URJC la investigación relacionada con el turismo, fomentando entre sus estudiantes el pensamiento crítico, creativo y cooperativo a través de Trabajos Fin de Grado (TFG), Trabajos Fin de Máster (TFM) y Tesis Doctorales. Para ello, se procederá, en régimen de concurrencia competitiva, a la concesión de premios a estudiantes de grado, máster y doctorado cuyos trabajos (TFG, TFM y Tesis Doctorales) contribuyan al avance de la investigación sobre el turismo en cualquiera de los ámbitos de conocimiento recogidos en el Anexo I del R.D. 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Podrán presentarse trabajos (TFG y TFM) y Tesis Doctorales defendidos en el año 2025 (año natural) que hayan sido calificados con una nota igual o superior a 8 para el caso de los TFG y TFM y con Sobresaliente Cum Laude para el caso de las Tesis Doctorales, bien de contenido práctico o teórico y vinculados explícitamente a la investigación sobre el turismo.

La concurrencia a esta convocatoria es compatible con cualquier otra convocatoria de premios, beca o subvención a la que opte el solicitante.

Tercero

Bases Reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la Universidad: https://sede.urjc.es/convocatorias .

Cuarto

Cuantía

La cuantía máxima de premios objeto de la presente convocatoria será de 5.000 euros, que se imputará a la partida presupuestaria 30V1IN1554-541A-483.00.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido se excluirán del procedimiento de concesión.

Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo obligatoriamente cumplimentando el formulario de solicitud que estará disponible en la Sede Electrónica, accediendo a través del siguiente enlace: https://sede.urjc.es/convocatorias

Sexto

Otros datos

Además del formulario de solicitud se deberá presentar la documentación exigida en la base quinta de las Bases Reguladoras.

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

Se designará una Comisión Evaluadora que estará formada por: El/la Director/a de CIETUR o persona en quien delegue y que actuará como presidente de la Comisión; dos miembros de CIETUR, actuando el más joven como secretario/a de la Comisión; dos expertos/as en turismo perteneciente a organizaciones externas que colaboran con la URJC.

La composición de la Comisión Evaluadora tendrá en cuenta lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y actuará de acuerdo con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Junto al listado definitivo de solicitudes admitidas a estudio y las excluidas, se hará pública la composición de la Comisión Evaluadora.

Tras la publicación del listado definitivo de solicitudes admitidas a estudio, la secretaria convocará a los miembros de la Comisión Evaluadora para que procedan a la evaluación de los trabajos, que se determinará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en los artículos 22.1 y 23.2.d) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, siguiendo los criterios descritos a continuación y que se recogen en el Anexo II.

Atendiendo a la rúbrica de evaluación que figura en el Anexo II de la base séptima de las Bases Reguladoras de la Convocatoria, se valorarán específicamente los criterios que se recogen en dicho Anexo con independencia del tipo de trabajo presentado (TFG, TFM y/o Tesis Doctoral).

La puntuación máxima que podrá obtener un trabajo será de 100 puntos. Solamente las solicitudes que alcancen una puntuación mínima de 75 puntos podrán optar a los premios objeto de la presente convocatoria.

Octavo

Resolución y Recursos

El Sr. Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución de adjudicación.

Dicha Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados, según lo dispuesto en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo de un mes, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta (por silencio) del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Móstoles, a 3 de julio de 2026.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Abraham Duarte Muñoz.

(03/11.410/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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