Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
08-07-2026

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260708-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

URBANISMO

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Collado Villalba. Urbanismo. Estatutos junta compensación

Por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 22 de junio de 2026, en relación el expediente 10940/2023 se adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 162.3 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto (RGU), los estatutos y bases de actuación que deberán regir la Junta de Compensación UE G10.1B “El Cañuelo” y en su representación PACPOLAN, S. L., en dos unidades de ejecución:

— UE-G.10-1 A Uso Global. Terciario. Superficie bruta 10.035,35 m2 y Aprovechamiento máximo: 4.036,75 m2) y

— UE-G. 10-1 B Uso Global. Residencial Unifamiliar Superficie bruta 37.640,74 m2 y Aprovechamiento máximo: 13.129,83 m2).

Conforme al proyecto redactado por el arquitecto D. Eduardo Marsal Moyano, presentado con fecha 4 de noviembre de 2022 (R. E. 30629/2022).

Segundo.—Designar como representante del Ayuntamiento en el órgano rector de la Junta de Compensación a D. Tomás Llorente Aguado, arquitecto municipal, en virtud de lo dispuesto en el artículo 162.3. del RGU.

Tercero.—Ordenar la notificación del contenido de este acuerdo de manera individualizada a todos los propietarios afectados por el expediente y a los interesados que hayan comparecido en el mismo, con indicación del régimen de recursos correspondiente.

Advertir a los propietarios que no hubieren solicitado la adhesión que podrán incorporarse con igualdad de derechos y obligaciones a la Junta de Compensación, si no lo hubieran hecho en un momento anterior, dentro del plazo de un mes, a partir de la notificación del acuerdo de aprobación de los Estatutos y Bases de Actuación de la Junta (art. 162.5 del RGU).

Cuarto.—Requerir a los interesados para que procedan a la constitución de la Junta de Compensación mediante escritura pública en la que designarán los cargos del órgano rector, que habrá de recaer necesariamente en personas físicas, según dispone el artículo 163.1 del RGU con el contenido mínimo previsto en el apartado 4 de dicho precepto.

Quinto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la página web y tablón de edictos municipal y notificar individualizadamente a las personas propietarias afectadas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 162.4 del RGU.

En Collado Villalba, a 29 de junio de 2026.—La alcaldesa en funciones, Yolanda Martínez Pardillos.

(01/10.930/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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