Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
08-07-2026

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260708-40

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

40
ADENDA de 29 de junio de 2026, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Madrid, para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65).

Madrid, a 29 de junio de 2026.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid

Y de otra, el Sr. D. José Fernández Sánchez, miembro de la Junta de Gobierno de la Cuidad de Madrid y titular del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, nombrado mediante Decreto, de 17 de junio de 2023, del Alcalde. Por delegación, ostenta la competencia de suscribir este convenio en virtud del apartado 3.o.1.8 del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, en relación con la competencia de celebración de convenios atribuidas al Alcalde por el artículo 14.3K de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, que ha sido desconcentrada en la Junta de Gobierno de la Cuidad de Madrid por Decreto del alcalde de 29 de junio de 2023 por delegación y desconcentración de competencias.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de modificación del convenio de colaboración vigente, y

MANIFIESTAN

Primero

El día 19 de julio de 2022 se formalizó el convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Madrid para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65).

Segundo

La cláusula novena del citado Convenio de colaboración, establece que cualquiera de las partes, o ambas de mutuo acuerdo, podrán proponer la modificación del Convenio durante su vigencia, que deberá producirse de mutuo acuerdo y por escrito, suscribiendo la adenda de modificación correspondiente. Todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En estos casos, procederá tramitar una modificación del convenio que contendrá el o los anexos modificados o, en su caso, el nuevo anexo.

Tercero

En virtud de la cláusula novena, el día 25 de octubre del 2024, se firmó una adenda al Convenio de referencia por la que se modificaba tanto su Cláusula Tercera: Obligaciones de las Partes como su Cláusula Quinta: Seguimiento de la Ejecución e Impacto de los Proyectos. Asimismo, con fecha 2 de junio de 2025, se firmó una segunda adenda al Convenio que trae causa, por la cual se modificaba el Anexo III, relativo a la Línea de Inversión C22 L3 Plan España País Accesible. Proyecto P06: Mejora de la Accesibilidad Universal de los Servicios Sociales.

Cuarto

El 3 de junio de 2026, el Ayuntamiento de Madrid solicita mediante escrito firmado por la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda la modificación del Convenio en lo que respecta a redistribución de las cuantías asignadas en el Anexo I_ Línea de inversión C22.I1 Plan de apoyos y cuidados de larga duración: desinstitucionalización, equipamientos y tecnología, Proyecto 01 “Transformación de centros a un modelo de cuidados centrados en la calidad de vida y autonomía de las personas” (C22.I1.P01) a los distintos subproyectos que comprende, traspasando crédito remanente de la ejecución ya finalizada del Suproyecto S22_Adaptación de viviendas de Personas Usuarias de Centros de Día, al Subproyecto S20_Construcción, adquisición y remodelación y equipamiento de Centros de Día de proximidad, de forma que se alcance el mayor grado de ejecución de las actuaciones.

Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el Convenio en base a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Modificación del Anexo I

Se modifica en el Anexo I el presupuesto de los subproyectos, redistribuyendo el crédito asignado a los mismos, quedando dicho Anexo redactado de la siguiente manera:

ANEXO I

LÍNEA DE INVERSIÓN: C22.I1 PLAN DE APOYOS Y CUIDADOS DE LARGA DURACIÓN: DESINSTITUCIONALIZACIÓN, EQUIPAMIENTOS Y TECNOLOGÍA

Proyecto P01 “Transformación de centros hacia un modelo de cuidados centrados en la calidad de vida y la autonomía de las personas”: (C22.I1.P01)

El Proyecto P01 “Transformación de centros hacia un modelo de cuidados centrados en la calidad de vida y la autonomía de las personas” plantea la inversión en la red de centros residenciales y de día en el ámbito de competencias de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, para adaptarlos al nuevo modelo de cuidados centrados en la persona.

Al mismo tiempo, incluye el desarrollo de nuevas soluciones de apoyo desinstitucionalizado que dan cobertura a grupos de población para los que no existe un recurso adaptado actualmente.

Para ello, se han previsto el siguiente proyecto y sus subproyectos:

Proyecto 1: Nuevos equipamientos residenciales públicos y remodelaciones de acuerdo con Atención Centrada en la Persona, centros de día innovadores y comunitarios:

1. Construcción, adquisición y remodelación y equipamiento de centros de día de proximidad (subproyecto S20).

2. Adaptación de centros residenciales a un modelo de unidades de convivencia (subproyecto S21).

3. Adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día (subproyecto S22).

De los cuales el Ayuntamiento de Madrid ha optado por participar en los siguientes:

Subproyecto S20. Construcción, Adquisición y Remodelación y Equipamiento de Centros de Día de Proximidad

Descripción:

Esta línea de acción consiste en la construcción o remodelación y adquisición de equipamiento necesario para la reforma de centros de día de proximidad, ampliando la red de centros existentes y su dispersión territorial en la Comunidad de Madrid, de modo que se prolongue la permanencia de las personas que necesitan cuidados en sus domicilios, se fomente su autonomía y se retrase su traslado a residencias.

Objetivos:

Esta línea de acción contribuye a los siguientes objetivos del eje de “Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e Inclusión”, del Fondo de Recuperación, Transformación y Resiliencia:

— Transformación de centros hacia un nuevo modelo de cuidados centrado en la calidad de vida y la autonomía de las personas.

— Promoción de centros de día innovadores e integrados en la comunidad que permitan apoyos y cuidados en la proximidad de las personas que lo necesiten.

Actuaciones a realizar:

Las actuaciones a realizar en los centros de día pueden ser:

— Inversión en infraestructuras para la creación mediante construcción o adquisición y/o reforma de centros de día con criterios de accesibilidad, eficiencia energética y dispersión territorial entre otros.

— Dotación de equipamiento técnico y tecnológico para la autonomía de las personas usuarias mediante el equipamiento de los centros de día con tecnologías que favorezcan la autonomía y la relación con el entorno y redes sociales (equipos informáticos, tabletas, videocámaras, etc.) que permitan la comunicación online con sus familiares o redes sociales, el ocio y la conexión con la comunidad.

Gastos que se financian:

Los gastos que se financiarán con cargo a este proyecto serán los que efectúe la entidad local para el desarrollo de las actuaciones descritas, hasta la cuantía máxima del proyecto prevista en este anexo, concretamente:

— Inversión en infraestructuras por obras de construcción y reformas arquitectónicas para la adecuación de espacios, la accesibilidad y la eficiencia energética.

— Adquisición de equipamientos técnicos (instrumentos de asistencia e intervención sociosanitaria) y tecnológicos (equipamiento informático y audiovisual).

Indicadores relacionados con la ejecución y seguimiento:

— Número de nuevas plazas en centros de día de proximidad.

— Número de plazas remodeladas en centros de día de proximidad.

Subproyecto S21. Adaptación de Centros Residenciales a un modelo de unidades de convivencia

Descripción:

Esta línea de acción consiste en adaptar los centros residenciales de personas mayores, dependientes y con discapacidad con el objetivo de adaptarlos a un modelo de unidades de convivencia de tamaño reducido, que permitan la atención con criterios personalizados y el desarrollo del proyecto de vida de las personas.

Objetivos:

Esta línea de acción contribuye a los siguientes objetivos del eje “Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e Inclusión del Fondo de Recuperación, Transformación y Resiliencia:

— Transformación de centros hacia un nuevo modelo de cuidados centrados en la calidad de vida y la autonomía de las personas.

— Inversiones en adaptación y equipamiento en centros residenciales especializados.

— Desarrollar modelos convivenciales de unidades pequeñas que favorezcan la inclusión mediante la participación de la persona en sus cuidados, reproduciendo entornos similares a los domésticos favoreciendo la intimidad personal, las oportunidades de elección, la participación en actividades de la vida cotidiana y la interacción social, a través de la construcción de nuevos centros residenciales o de la adaptación de los ya existentes.

Actuaciones a realizar:

Las adaptaciones a realizar en los centros especializados pueden ser:

— Obras de remodelación y adaptación de Residencias de atención a personas mayores, dependientes y con discapacidad, para organizarlos prioritariamente en unidades de convivencia de tamaño reducido que permitan la atención con criterios personalizados y el desarrollo de vida de las personas.

— Dotación de equipamiento técnico y tecnológico para la intervención terapéutica y la promoción de la autonomía a los centros residenciales de la red de Servicios Sociales que favorezcan la habilitación funcional, estimulación cognitiva (vgr., aulas multisensoriales, equipos de imagen en 360º, juego asociado a la intervención), así como la prevención de la dependencia y promoción de la autonomía de las personas usuarias propiciando la relación con su entorno y sus redes sociales habituales (equipos informáticos, tabletas, videocámaras, etc.). Con ello se pretende facilitar la comunicación online con sus familiares o redes sociales, el ocio y la conexión con la comunidad; así como de sistemas demóticos que favorezcan la autonomía y libertad de las personas en los centros, como sensores de movimiento, controles de presencia o caídas, permitiendo la deambulación segura, la monitorización de movimientos, la conexión ágil entre personas y profesionales, interacción con las familias, etc.

Gastos que se financian:

Los gastos que se financiarán con cargo a esta línea de acción serán los que efectúe la entidad local para el desarrollo de las actuaciones descritas, hasta la cuantía máxima del proyecto prevista en este anexo, concretamente:

— Inversión en infraestructuras por obras de construcción y reformas arquitectónicas para la adecuación de espacios, la accesibilidad y la eficiencia energética.

— Adquisición de equipamientos técnicos (instrumentos de asistencia e intervención sociosanitaria), tecnológicos (equipamiento informático, audiovisual y software necesario para la conectividad) y mobiliario.

— Estudios preparatorios: análisis de necesidades, diseño de proyectos, etc.

— Formación de los profesionales cuando sea necesaria para el manejo y uso de los equipamientos técnicos y tecnológicos.

Indicadores relacionados con la ejecución y seguimiento:

— Número de plazas creadas en centros especializados.

— Número de plazas residenciales adaptadas al nuevo modelo de cuidados.

Subproyecto S22. Adaptación de viviendas de personas usuarias de Centros de Día

Descripción:

Esta línea de acción consiste en la adaptación de viviendas de personas que tienen asignado como plan de atención un centro de día para facilitar las condiciones de accesibilidad y habitabilidad y que puedan mantenerse en sus domicilios con apoyos proporcionados en los centros de día.

Objetivos:

Esta línea de acción contribuye a los siguientes objetivos del eje de “Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e Inclusión”, del Fondo de Recuperación, Transformación y Resiliencia:

— Facilitar condiciones de accesibilidad y habitabilidad de las viviendas de usuarios de centros de día de proximidad para que puedan mantenerse en sus domicilios con apoyos proporcionados en los centros de día.

— Ofrecer equipamientos domiciliarios que favorezcan la promoción de la autonomía personal.

Actuaciones a realizar:

Las actuaciones a realizar pueden ser:

— Inversión en reformas arquitectónicas para la adecuación de viviendas, la accesibilidad y la eficiencia energética.

— Instalación equipamientos domiciliarios que favorezcan la promoción de la autonomía personal y la prestación de apoyos y cuidados que posibiliten viviendas conectadas mediante medios tecnológicos, sistemas de conectividad y domótica.

Gastos que se financian:

Los gastos que se financiarán con cargo a este proyecto serán los que efectúe la entidad local para el desarrollo de las actuaciones descritas, hasta la cuantía máxima del proyecto prevista en este anexo, concretamente:

— Inversión en infraestructuras por obras de reformas arquitectónicas para la adecuación de espacios, la accesibilidad y la eficiencia energética.

— Adquisición de equipamientos técnicos (instrumentos de asistencia e intervención sociosanitaria), tecnológicos (equipamiento informático, audiovisual y software necesario para la conectividad) y mobiliario.

— Estudios preparatorios: análisis de necesidades, diseño de proyectos, etc.

— Formación de usuarios y cuidadores cuando esta sea necesaria para el aprendizaje del manejo de los equipamientos tecnológicos.

Indicadores relacionados con la ejecución y seguimiento:

— Número de viviendas adaptadas.

Programa, subconcepto y fondo presupuestario.

El gasto de estas líneas de acción se imputará al programa 231D, subconcepto 76309 “Corporaciones Locales”, con cargo al fondo con código 2021/00079 del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid financiado con el Instrumento Europeo de Recuperación “Next Generation EU-MRR”. Los números de proyectos asociados a cada subproyecto son los siguientes:

Forma de pago.

La aportación económica de la Comunidad de Madrid prevista será abonada a la entidad local de la siguiente forma para cada una de las líneas de acción financiadas:

— Anualidad 2022: un 100% mediante anticipo durante el ejercicio 2022, una vez formalizado el Convenio.

— Anualidad 2023: un 100% mediante anticipo durante el primer semestre de 2023, siempre que se acredite, dentro del primer trimestre de 2023, el cumplimiento del Hito inmediatamente anterior.

En el caso de que la Entidad Local no acredite el cumplimiento del referido Hito dentro del plazo establecido, el pago podrá efectuarse durante toda la anualidad, siempre y cuando sea acreditado el cumplimiento del mismo.

Justificación de gastos.

La documentación indicada en la cláusula de justificación, junto con un documento acreditativo del grado de ejecución de la instalación o construcción firmado por la empresa instaladora/constructora o técnico responsable y el representante de la entidad local.

La Entidad Local, deberá aportar igualmente la documentación que acredite la concesión de las Ayudas para la mejora de vivienda de usuarios de Centros de Día.

Modificación del Anexo I.

Mediante modificación del Anexo I, sin que afecte al clausulado del convenio, se realizarán los reajustes necesarios para la ejecución de las líneas de acción contenidas en el mismo. Las partes, conjuntamente, o a petición de una de ellas, podrán proponer su modificación para adaptar su ejecución al cumplimiento de los hitos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Segunda

Vigencia

La presente Adenda de Modificación entrará en vigor desde el momento de su firma hasta el 19 de julio de 2026, salvo denuncia expresa de incumplimiento o resolución formulada por cualquiera de las partes, sin posibilidad de prórroga de los mismos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente convenio, de forma electrónica y a un solo efecto tomándose como fecha de firma la fecha en que lo haga el último firmante.

En Madrid, a 29 de junio de 2026.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—Por el Ayuntamiento de Madrid, el Delegado de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández Sánchez.

(03/10.972/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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