Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
07-07-2026

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260707-39

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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ANUNCIO de 15 de junio de 2026, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública para la modificación de las líneas aéreas de 220 kV, “Arganda-Loeches”, “Coslada-Loeches 1” y “Loeches-Vallecas 1-2” para la formación de un binudo en la SE Loeches (RSE89) en Av. Constitución, 55 en el término municipal de Loeches, solicitada por Red Eléctrica de España, S. A. U.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, se somete a un período de información pública de 30 días a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la solicitud de autorización administrativa previa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de la instalación referenciada, ubicada en Av. Constitución, 55, en el término municipal de Loeches, solicitada por Red Eléctrica de España, S. A. U., cuyas características son las siguientes:

Referencia: 2025P305

a) Solicitante: Red Eléctrica de España, S. A. U. con domicilio en paseo Conde de los Gaitanes, 177 de MADRID.

b) Ubicación de la instalación: en Av. Constitución, 55, en el término municipal de Loeches.

c) Objeto de la instalación: reducir los niveles de corriente de cortocircuito previstos en la zona.

d) Características principales:

— Línea 220 kV Coslada-Loeches 1 (pasando tras la actuación a denominarse línea 220 kV Coslada-Loeches A 1): nueva línea aérea de 220 kV con origen en la posición intemperie existente denominada actualmente “Arganda” que pasará a denominarse “Coslada 1” tras las actuaciones de formación del binudo pasando a pertenecer al subnudo A. Desde dicho punto discurre a través de 3 alineaciones y 2 nuevos apoyos (T01A y T01B) hasta finalizar en el apoyo T-01 existente siendo sus características y ubicación —en coordenadas UTM referidas al huso 30— las siguientes:

— Línea 220 kV Arganda-Loeches (pasando tras la actuación a denominarse línea 220 kV Arganda-Loeches B): nueva línea aérea de 220 kV con origen en el apoyo T-200 existente desde donde discurre a través de 3 alineaciones y 2 nuevos apoyos (T201B y T201A) hasta la posición intemperie existente denominada actualmente “Coslada 1” que pasará a denominarse “Arganda” tras las actuaciones de formación del binudo pasando a pertenecer al subnudo B siendo sus características y ubicación —en coordenadas UTM referidas al huso 30— las siguientes:

— Línea 220 kV Loeches-Vallecas 1 y 2 (pasando tras la actuación a denominarse línea 220 kV Loeches A-Vallecas 1 y 2): se realizará el recrecido del apoyo T-01 existente y la reinstalación de los conductores entre las posiciones de línea y el apoyo T-02 existente. El tramo de línea afectado por las actuaciones tiene su origen en las posiciones intemperie existentes denominada “Vallecas 1” y “Vallecas 2” que pertenecerán al subnudo A con la formación del binudo y cuyas características y ubicación —en coordenadas UTM referidas al huso 30— son:

• Se instalarán 4 nuevos apoyos, T01A y T01B de tipo pórtico olmo 140 2TA ESP, T201B tipo D2S2 especial y T201A tipo haya 2300 F61E.

• Desmontaje de 125 metros de línea de simple circuito, 75 metros de línea de doble circuito y 1 apoyo de celosía (T-201).

e) Presupuesto total: 545.329 euros.

La declaración de utilidad pública llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de la misma Ley.

Igualmente, llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica, sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

La toma de vista del expediente del proyecto podrá realizarse durante el período de información pública, en formato digital, ante la División de Instalaciones Eléctricas y Transición Energética de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sita en la calle Alcalá, número 16, de Madrid, previa petición de cita en el correo instalaciones_electricas@madrid.org , indicando en el asunto «“REFERENCIA” - Información pública».

Quien lo desee podrá formular las alegaciones u observaciones que estime oportunas, dirigidas a esta Dirección General (División de Instalaciones Eléctricas y Transición Energética) y podrán presentarse en cualquier registro electrónico del sector público, oficinas de asistencia en materia de registros o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que el interesado sea alguno de los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos o un representante de los mismos, en cuyo caso deberá presentarse necesariamente a través de medios electrónicos.

Lo que se hace público para el conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos afectados por dicho proyecto cuya relación se inserta al final de este asunto.

En Madrid, a 15 de junio de 2026.—La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.

(02/10.644/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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