Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
06-07-2026

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260706-75

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

75
Las Rozas de Madrid. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Con fecha 23 de junio de 2026 y número de Decreto 2026-4499, el alcalde-presidente, ha dictado el siguiente:

DECRETO

Con fecha 23 de junio de 2026 ha sido dictada resolución modificando, entre otras, algunas de las competencias en materia de medio ambiente. De ello, se desprende la necesidad de diferenciar las competencias que quedan atribuidas a la Dirección General de Medio Ambiente y las que quedan atribuidas al concejal-delegado de Medio Ambiente y Servicios a la Ciudad, en el sentido que más adelante se indica:

En consecuencia,

HE RESUELTO

Efectuar las delegaciones genéricas que se indican, delegaciones que incluyen la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, comprendiendo, en todo caso, la delegación de firma de los documentos necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación, sin perjuicio de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía sobre la Administración Municipal que, mediante este Decreto, se asignan:

Primero.—A D. Jaime Santamarta Martínez, como Concejal-Delegado de Medio Ambiente, las siguientes facultades:

1. La evaluación y control de la correcta gestión de las infraestructuras hídricas propiedad del Ayuntamiento, en lo relativo a distribución de agua potable, suministro de agua regenerada, alcantarillado de la red de pluviales y el saneamiento de aguas residuales.

2. Educación ambiental.

3. Depuración, saneamiento y colectores.

4. Montes de titularidad pública.

5. La gestión publicitaria, en su caso, de carteleras de gran formato en suelo público.

6. Proponer las campañas de poda, talas y reforestación en su ámbito de actuación, así como el otorgamiento, en su caso, de las licencias correspondientes a las mismas, excepto aquellas incluidas en expedientes de licencias de obra o proyectos de urbanización, cuya competencia queda atribuida a la concejalía de urbanismo.

7. Protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.

8. Las relaciones con el Canal de Isabel II para la puesta en marcha del Plan “Las Rozas Sanea”.

9. Seguimiento y control de los convenios suscritos con Canal de Isabel II Gestión S. A., y Comunidad de Madrid para los servicios de agua y saneamiento y ejecución de las obras de los planes directores aprobados.

10. Inspección, vigilancia y control de ruidos y vibraciones. Límites de emisión y/o inmisión. Contaminación de suelos y vigilancia y control de vertidos de tierras y escombros.

11. Desarrollar las competencias que corresponden al Ayuntamiento en cumplimiento de la Ley de Vertidos Líquidos Industriales al Sistema General de Saneamiento y las distintas leyes y reglamentos sobre residuos, así como de cualquier tipo de vertido no industrial.

12. Gestión, mantenimiento y conservación de áreas verdes no urbanas, zonas naturales y sendas.

13. La aprobación de gasto correspondiente a las materias atribuidas a su concejalía en la siguiente forma:

Segundo.—A la titular de la Dirección General de Medio Ambiente, las siguientes facultades:

l. La aprobación de los proyectos de obra relativos a parques, jardines y fuentes ornamentales, cuyo importe no supere el límite establecido para el contrato menor de obras de conformidad con la normativa vigente.

2. La aprobación de los planes de seguridad relativos a las obras correspondientes a parques, jardines y fuentes ornamentales.

3. La firma de las providencias de inicio de expedientes de aprobación de proyectos de obra, de mediciones generales, incremento del porcentaje de liquidación, de imposición de penalidades, ampliación del plazo de ejecución, certificaciones finales de obra y liquidación de las mismas, prórrogas de contrato y expedientes de contratación, de obras, servicios y suministro cuya competencia esté atribuida al área de su dirección general.

4. La firma de las providencias de inicio de concesiones demaniales en zonas verdes y el otorgamiento de autorizaciones demaniales en zonas verdes.

5. La emisión de informes de contenerización en los expedientes de licencias de obra y proyectos de urbanización.

6. La aprobación de gasto correspondiente a recogida de residuos, limpieza viaria, parques, jardines y fuentes ornamentales, en la siguiente forma:

7. Mantener las delegaciones genéricas efectuadas en el apartado noveno del Decreto de delegación de competencias número 4250/2023, a favor de los titulares de las direcciones generales.

Tercero.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto por órganos distintos de los competentes de acuerdo con el mismo, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

Cuarto.—En caso de duda, prevalecerán las delegaciones conferidas a favor de órganos colegiados respecto de las recibidas por los Concejales-Delegados o por los Directores Generales y dentro de estas últimas, las posteriores sobre las anteriores.

Quinto.—Las delegaciones de competencias efectuadas bajo el presente Decreto deberán ser aceptadas por la Directora General de Medio Ambiente y el Concejal-Delegado de Medio Ambiente y Servicios a la Ciudad, respectivamente, entendiéndose que los mismos manifiestan tácitamente su consentimiento si en el plazo de tres días hábiles, a contar desde la notificación, no expresan lo contrario.

Sexto.—El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo publicarse, además, en la intranet municipal para conocimiento de toda la organización municipal.

Séptimo.—Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

Lo manda y firma el Sr. alcalde-presidente, en lugar y fecha en la cabecera reseñados.

Lo que se hace público a los efectos procedentes.

En Las Rozas de Madrid, a 25 de junio de 2026.—El director del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid (por resolución de la Dirección General de Función Pública de 7 de agosto de 2023), Antonio Díaz Calvo.

(03/10.682/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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