Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
02-07-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260702-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

51
Alcalá de Henares. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Mediante resolución de la Alcaldía-Presidencia número 3123/2026, de 12 de junio de 2026, se ha procedido al establecimiento de delegaciones en el coordinador general de la Alcaldía-Presidencia para la gestión, seguimiento, modificación y control de las operaciones financiadas en el marco del Plan de Actuación Integral “Conect@ Alcal@”, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del programa Plurirregional de España 2021-2027, que a continuación se relacionan:

Delegar en el coordinador de la Alcaldía-Presidencia, D. Carlos Marín Luna, en general, cuantos actos de trámite y resolución resulten necesarios para la gestión, seguimiento, modificación y control de las operaciones financiadas en el marco del Plan de Actuación Integral “Conect@ Alcal@”, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del programa Plurirregional de España 2021-2027, entre otras, la aprobación y publicación de convocatorias de selección de operaciones, la admisión y evaluación de la selección de operaciones, la emisión de requerimientos y trámites de subsanación o la emisión de resoluciones de selección de operaciones.

Lo que se hace público a los efectos del artículo 44, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Alcalá de Henares, a 23 de junio de 2026.—El secretario general del Pleno y de la Asesoría Jurídica, Ángel de la Casa Monge.

(03/10.536/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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