Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
02-07-2026

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260702-34

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

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ACUERDO de 24 de junio de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se declara urgente la ocupación de los bienes afectados por el procedimiento de expropiación forzosa para la ejecución de las obras del “Proyecto de construcción: enlaces de la M-607 en su cruce con la M-625 para los accesos al término municipal de Colmenar Viejo”.

El Ayuntamiento de Colmenar Viejo ha promovido expediente de expropiación forzosa para la ejecución de las obras correspondientes al “Proyecto de construcción: enlaces de la M-607 en su cruce con la M-625 para los accesos al término municipal de Colmenar Viejo”, cuyo objeto es mejorar las conexiones del municipio mediante la adecuación de los accesos viarios existentes.

El Pleno del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, en sesión de 18 de diciembre de 2025, adoptó acuerdo por el que aprobó inicialmente el proyecto, así como la relación de bienes y derechos afectados, y acordó la apertura del trámite de información pública.

El trámite de información pública de la aprobación inicial del expediente de expropiación se llevó a cabo mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 6, de 8 de enero de 2026, en el diario “20 Minutos” de 10 de febrero de 2026 y en el tablón de edictos del Ayuntamiento del 9 al 29 de enero de 2026, así como mediante la notificación individualizada a los propietarios afectados. Se presentaron diez alegaciones, que fueron debidamente resueltas en el acuerdo de aprobación definitiva, adoptado con fecha 9 de abril de 2026, por el Pleno del Ayuntamiento, aprobando también, con carácter definitivo, el documento de expropiación forzosa con las modificaciones precisas derivadas de las alegaciones aceptadas. Dicho acuerdo fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de abril de 2026.

Respecto a la aplicación del procedimiento de urgencia para la expropiación de los bienes afectados, la memoria justificativa municipal de 17 de noviembre de 2025 pone de manifiesto la necesidad de la ejecución inmediata de las obras, motivada por el crecimiento del municipio y la mejora de la seguridad vial en los accesos al mismo, lo que determina la concurrencia de circunstancias de carácter excepcional que justifican la utilización del procedimiento de urgencia previsto en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.

Consta en el expediente la valoración del justiprecio calculado conforme a lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes del Texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, así como en el Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo aprobado por Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre.

De conformidad con lo previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, consta certificado de retención de crédito, de fecha 15 de abril de 2026, n.o 2026.2.0003989.000, por importe de 96.533,88 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 1532-6190125, Inversiones en Infraestructuras.

Con fecha 28 de mayo de 2026, la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid acordó informar favorablemente, a los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 69/1983, de 30 de junio, sobre distribución de competencias en materia de ordenación del Territorio y Urbanismo entre los órganos de la Comunidad Autónoma de Madrid, el expediente remitido por el Ayuntamiento de Colmenar Viejo relativo a la declaración de urgente ocupación.

Con fecha 10 de junio de 2026, la Dirección General de Reequilibrio Territorial emitió informe favorable en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 13.4 n) del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

Señalado lo anterior, se indica en el Anexo I la relación de bienes afectados por el procedimiento de expropiación.

Por todo ello, en aplicación del artículo 2, en relación con el apartado B 5.7 del Anexo I del Real Decreto 3351/1983, de 20 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Administración Local, y a propuesta del Ayuntamiento interesado, corresponde al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid acordar la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.10 del Decreto 69/1983, de 30 de junio, sobre distribución de competencias en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y a los efectos de los artículos 20 de dicha Ley y 19 de su Reglamento de ejecución aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.

Con este Acuerdo se entiende cumplido el trámite de declaración de necesidad de la ocupación de los bienes y derechos que hayan de ser expropiados, de conformidad con el proyecto aprobado.

En su virtud, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, previa deliberación en su reunión de 24 de junio de 2026,

ACUERDA

Primero

Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa para la ejecución de las obras del “Proyecto de construcción: enlaces de la M-607 en su cruce con la M-625 para los accesos al término municipal de Colmenar Viejo”.

Segundo

Comunicar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Colmenar Viejo, que deberá notificarlo a los interesados.

Tercero

Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2026.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO



(03/10.761/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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