Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
01-07-2026

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260701-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

15
RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2026, del Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se da cumplimiento a la sentencia firme número 590/2024, de 11 de octubre, dictada por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, recaída en el recurso de apelación número 342/2023.

ANTECEDENTES

Por Resolución de 11 de marzo de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 72, de 24 de marzo), se convocaron procedimientos selectivos para el ingreso en diversos cuerpos docentes, entre ellos el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Mediante Resolución de 23 de julio de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 177, de 27 de julio) se anunció la fecha a partir de la cual se expondrían las listas de aspirantes seleccionados en dichos procedimientos selectivos.

Contra la actuación administrativa relativa a la lista de seleccionados de la especialidad Procesos y Productos en Artes Gráficas (122), fue interpuesto recurso contencioso-administrativo por doña Esther Ruiz Abad, que fue inicialmente desestimado por sentencia de 23 de diciembre de 2022 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Madrid.

Dicha sentencia fue recurrida en apelación por doña Esther Ruiz Abad, siendo estimado parcialmente su recurso mediante sentencia número 590/2024, de 11 de octubre, dictada por la Sección Octava del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que revoca íntegramente la sentencia de instancia.

Posteriormente, mediante Providencia de 13 de mayo de 2026, rectificada por Auto de 25 de mayo de 2026, el Tribunal Supremo acordó la inadmisión del recurso de casación preparado por doña María Guadalupe Carrasco Romero contra la citada sentencia, deviniendo la misma firme.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero

La sentencia número 590/2024 declara que la inclusión de doña María Guadalupe Carrasco Romero en la lista de aspirantes seleccionados no fue conforme a Derecho, al haber debido ser declarada decaída en su derecho a continuar participando en el proceso selectivo por no presentar la programación didáctica en el momento exigido por las bases de la convocatoria.

En consecuencia, el fallo de la sentencia dispone:

— La estimación parcial del recurso contencioso-administrativo.

— La anulación de la resolución impugnada únicamente en cuanto a la inclusión de dicha aspirante en la lista de seleccionados, por haber decaído en su derecho a continuar participando en el proceso selectivo.

Segundo

De conformidad con los artículos 103 y 118 de la Constitución Española y los artículos 103 y 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la Administración está obligada a cumplir las sentencias en sus propios términos, sin alterar su contenido ni introducir pronunciamientos no contemplados en el fallo.

Tercero

En aplicación del principio de conservación de los actos administrativos, expresamente invocado por la Sala, la anulación debe limitarse a los extremos expresamente afectados por la sentencia, manteniéndose el resto del proceso selectivo.

Cuarto

Como consecuencia necesaria de la exclusión de una aspirante de la lista de seleccionados, procede la reorganización de dicha lista conforme a la puntuación obtenida, en aplicación de la base octava de la convocatoria, incluyendo a la siguiente aspirante por orden de puntuación que alcance número de plaza, en este caso doña Esther Ruiz Abad.

RESUELVE

Primero

Anulación parcial de la lista de seleccionados

En ejecución de la sentencia firme número 590/2024, se declara la nulidad parcial de la lista de aspirantes seleccionados en la especialidad Procesos y Productos en Artes Gráficas (122) del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (0590), hecha pública por Resolución de 23 de julio de 2021, únicamente en cuanto a la inclusión en la misma de doña María Guadalupe Carrasco Romero, quien debió ser declarada decaída en su derecho a continuar participando en el proceso selectivo.

Segundo

Exclusión de aspirante

Como consecuencia de lo anterior, se excluye a doña María Guadalupe Carrasco Romero (****5372*) de la referida lista de aspirantes seleccionados.

Tercero

Inclusión de aspirante

En aplicación de la base octava de la convocatoria y como efecto directo de la ejecución de la sentencia, se incluye a doña Esther Ruiz Abad (****5810*) en la lista de aspirantes seleccionados de la citada especialidad, por corresponderle por orden de puntuación el acceso a plaza.

La interesada será nombrada funcionaria en prácticas conforme al calendario ordinario de incorporación, para la realización de la fase de prácticas en el curso 2026-2027.

Cuarto

Comunicaciones al Ministerio

Se procederá a comunicar al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes la exclusión de doña María Guadalupe Carrasco Romero del proceso selectivo a efectos de la revocación, en su caso, de su nombramiento como funcionaria de carrera, con los efectos que legalmente correspondan.

Quinto

Régimen de impugnación

La presente Resolución se dicta en ejecución de sentencia firme, por lo que las cuestiones que pudieran suscitarse en relación con la misma deberán plantearse mediante el incidente de ejecución previsto en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, correspondiendo su conocimiento al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Madrid, conforme al artículo 103.1 de dicha Ley.

En Madrid, a 26 de junio de 2026.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/10.866/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260701-15