Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
01-07-2026

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260701-1

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

1
ORDEN de 19 de junio de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por el que se procede al nombramiento de los miembros de la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid, por el Decreto 62/2014, de 29 de mayo, del Consejo de Gobierno, creó la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de la Comunidad de Madrid, como un órgano colegiado de composición tripartita, para resolver las discrepancias que se planteen cuando la inaplicación de las condiciones de trabajo establecidas en los convenios colectivos de aplicación afectasen a centros de trabajo de una empresa ubicados en una única comunidad autónoma y no se lograra acuerdo a través de los procedimientos previstos en los convenios colectivos, así como para el planteamiento y determinación del ámbito funcional de los convenios colectivos y la emisión del preceptivo informe en los procedimientos de extensión de un convenio colectivo que afecten únicamente al ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

En el artículo 4 del Decreto 62/2014, de 29 de mayo, se determina la composición de la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de la Comunidad de Madrid, que estará formada por una Presidencia, elegida entre profesionales de reconocido prestigio en el campo de las relaciones laborales, dos vocales en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid, dos vocales en representación de la organización empresarial más representativa en el ámbito de la Comunidad de Madrid, y un vocal por cada una de las dos organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la Comunidad de Madrid y un secretario designado entre los funcionarios adscritos a la dirección general con competencias en materia trabajo. Asimismo, se designará por cada grupo de representación igual número de suplentes para sustituir a los vocales titulares en los supuestos de vacante, enfermedad o ausencia.

Asimismo, en el artículo 4 del Decreto 62/2014, de 29 de mayo, se determina la forma de llevar a cabo la designación o nombramiento de sus miembros, que se realizará por el titular de la Consejería con competencias en materia de trabajo y la duración de su mandato, que será de tres años, pudiendo ser reelegidos por períodos idénticos.

Mediante la Orden de 20 de octubre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, se procedió al nombramiento de los miembros de la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de la Comunidad de Madrid. Esta Orden fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 3 de noviembre de 2022.

Transcurridos tres años desde la publicación de esta Orden de 20 de octubre de 2022, procede la renovación de los miembros de la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de la Comunidad de Madrid, en lo que afecta a su presidencia, a los representantes de la Administración de la Comunidad de Madrid y a los de las organizaciones empresariales más representativas en el ámbito de la Comunidad de Madrid, debido a que los representantes de las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito regional fueron designados mediante sendas Órdenes de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo de fecha 31 de marzo de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de abril de 2025) y de fecha 15 de septiembre de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de septiembre de 2025).

En virtud de lo anterior, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 4 del Decreto 62/2014, de 29 de mayo, y, previa consulta con las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de la Comunidad de Madrid, la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo

DISPONGO

Primero

Designación del Presidente de la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de la Comunidad de Madrid

Designar, previa consulta con las asociaciones empresariales y sindicales más representativas, como Presidente de la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de la Comunidad de Madrid a D. Ángel Jurado Segovia.

Segundo

Designación de los vocales de la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de la Comunidad de Madrid en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid

Designar como vocales en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid a:

a) Titular: El titular de la dirección general con competencias en materia de trabajo.

Suplente: El titular de la subdirección general con competencias en materia de relaciones laborales y negociación colectiva.

b) Titular: El titular de la Secretaria General Técnica de la Consejería con competencias en materia de trabajo.

Suplente: El titular de la subdirección general con competencias en materia de personal de la Consejería con competencias en materia de trabajo.

Tercero

Nombramiento de los vocales de la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de la Comunidad de Madrid en representación de las organizaciones empresariales más representativas en la Comunidad de Madrid

Nombrar vocales en representación de CEIM, Confederación Empresarial de Madrid-CEOE, de acuerdo con su propuesta, a:

a) Titular: D. José María Roncero Gómez de Bonilla.

Suplente: D.a Sara Mañas Barceló.

b) Titular: D. Luís Méndez López.

Suplente: D.a Ana Isabel Hernández García-Moreno.

Cuarto

Designación de secretario de la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de la Comunidad de Madrid

Designar Secretario de la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de la Comunidad de Madrid a:

a) Titular: el titular de la jefatura del Área de Negociación Colectiva de la Dirección General de Trabajo.

b) Suplente: el titular de la jefatura del Área de Regulación y Sanciones de la Dirección General de Trabajo.

Quinto

Efectos

Esta Orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 19 de junio de 2026.

La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR

(03/10.429/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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