Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
26-06-2026

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260626-81

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

81
Leganés. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Convocatoria de Subvenciones destinadas al Fomento de la Movilidad Sostenible en Leganés.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio .

BDNS: 911771

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de la subvención las personas físicas que cumplan la siguientes condiciones: mayores de 18 años de edad y empadronadas en el municipio de Leganés a fecha de publicación de la convocatoria de las ayudas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID; que adquieran la bicicleta en período subvencionable; y presenten la solicitud de ayuda conforme a lo especificado en el apartados 8 y 9 de las bases, aportando la documentación justificativa y requerida.

Segundo. Objeto

La concesión de ayudas para la adquisición de bicicletas convencionales y con pedaleo asistido, dentro del período subvencionable establecido en la convocatoria y en un establecimiento radicado en el municipio de Leganés, siendo la finalidad: el fomento del uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible, contribuyendo a la movilidad activa, cambio modal de transporte y calidad del aire, reduciendo las emisiones de gases de efecto invernadero.

Tercero. Bases Reguladoras

Con fecha 19 de mayo de 2026, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (número 117) el anuncio de las Bases Reguladoras para el fomento de la movilidad sostenible en Leganés. Las bases están publicadas íntegramente en el tablón de anuncios y edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Leganés.

Cuarto. Cuantía

El crédito destinado a la convocatoria será como máximo cuarenta y cuatro mil euros (44.000 euros).

La cuantía de las ayudas serán las siguientes:

a) Bicicletas con pedaleo asistido y una potencia inferior o igual a 250W: hasta el 50 % del precio de adquisición, excluido impuesto y el coste de accesorios, con un máximo de 300 euros.

b) Bicicletas convencionales y adaptadas: hasta los 80 % del precio de adquisición, excluidos impuestos y el coste de accesorios, con un máximo de 200 euros.

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación será a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria de la subvención en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 31 de agosto de 2026.

Leganés, a 8 de junio de 2026.—La concejala de Seguridad Ciudadana y Movilidad, Almudena González Vergara.

(03/10.255/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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