Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
26-06-2026

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260626-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

65
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Expropiación

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 4 de junio de 2026 y en el expediente administrativo con número de referencia 511/2025/53091, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.—Desestimar la alegación presentada por Porsche Ibérica, S. A,. durante el periodo de información pública del Proyecto de Expropiación, tramitado por el sistema de tasación conjunta, y la relación de bienes y derechos afectados del titular no adherido a la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico 08.21 “Las Tablas Oeste”, promovido por la Junta de Compensación del ámbito, en los términos del informe de la Dirección General de Gestión Urbanística de 29 de mayo de 2026.

Segundo.—Aprobar el Proyecto de Expropiación, tramitado por el sistema de tasación conjunta, y la relación de bienes y derechos afectados del titular no adherido a la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico 08.21 “Las Tablas Oeste”, promovido por la Junta de Compensación del ámbito, de conformidad con lo previsto en los artículos 108.3 y 123 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 168.2 y 202.2 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.

Tercero.—Notificar el presente acuerdo al expropiado, a la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico 08.21 “Las Tablas Oeste” y demás interesados, de forma individualizada, así como proceder a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión, de conformidad con lo establecido en el artículo 202.3 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Lo que se publica para general conocimiento. Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los recursos que se indican a continuación:

I. Recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación del presente acuerdo. Artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

II. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

Madrid, a 16 de junio de 2026.—La directora de la Oficina de la Secretaria de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, Carmen Toscano Ramiro.

(02/10.052/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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