Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
26-06-2026

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260626-12

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

12
ORDEN 2570/2026, de 25 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se corrige error en la Orden 1997/2026, de 26 de mayo, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca procedimiento de Concurso de Méritos para la provisión del profesorado del programa de excelencia en bachillerato de la Comunidad de Madrid para el curso académico 2026-2027.

Advertido error en la Orden 1997/2026, de 26 de mayo, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca procedimiento de Concurso de Méritos para la provisión del profesorado del programa de excelencia en Bachillerato de la Comunidad de Madrid para el curso académico 2026-2027, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 135, de 9 de junio de 2026, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procede la rectificación del referido error.

Por cuanto antecede y, en virtud de las competencias conferidas por el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, y las competencias delegadas al Director General de Recursos Humanos en el apartado segundo de la disposición tercera de la Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se des concentra el Protectorado de Fundaciones,

DISPONGO

Primero

Modificación del Dispongo Sexto, apartado 1, subapartado a)

Donde dice: “a) Tener una antigüedad de al menos tres años en la función pública docente, contados desde la superación del correspondiente proceso selectivo”.

Debe decir: “a) Tener una antigüedad de al menos tres años en la función pública docente, contados desde el nombramiento como funcionario en prácticas. Para aquellos docentes que no tuvieran período de prácticas se les contará desde su nombramiento como funcionarios de carrera”.

Segundo

Efectos

Los efectos de la modificación se aplicarán a todas las solicitudes que se hayan presentado o se presenten en el marco del procedimiento convocado.

Tercero

Recursos

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Educación Ciencia y Universidades, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, a 25 de junio de 2026.—La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2024), el Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/10.642/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260626-12