Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
25-06-2026

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260625-35

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2026, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación denominada Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos de la Comunidad de Madrid (UPA-Madrid) (número de depósito: 28000540).

Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D. Jesús Anchuelo Sánchez, en representación de la asociación empresarial denominada Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos de la Comunidad de Madrid (UPA-Madrid) y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2026/000144 en esta Oficina de Depósito de Estatutos de fecha 7/4/2026, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.

Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 27/4/2026 para la subsanación de los mismos que fue efectuada el 5/6/2026.

Se adjunta Acta del V Congreso Ordinario, celebrado con fecha 11/12/2025, suscrita por la Secretaria de Actas con el visto bueno del Presidente del Congreso, en la que consta el acuerdo de aprobación de las modificaciones estatutarias de la organización. Asimismo, se adjunta el texto íntegro de los Estatutos modificados en el citado Congreso.

En particular, se incorporan los nuevos artículos 9 y 10, lo que conlleva el correlativo desplazamiento y remuneración de los artículos posteriores y a la modificación de parte de ellos.

Asimismo, se modifica íntegramente el contenido del artículo 41 y se incorpora un nuevo artículo 48, destinado a regular el régimen de fusión de la Asociación, así como un Anexo en el que se regulan las facultades atribuidas al Secretario General.

Como resultado de las modificaciones aprobadas, el texto estatutario refundido queda integrado por cuarenta y ocho artículos, quince disposiciones adicionales, dos disposiciones finales y un Anexo.

Segundo

Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical y en el artículo 7 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.

A los anteriores Antecedentes, son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, reguladora del derecho de Asociación Sindical, Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/77 de 1 de abril y en el Real Decreto 932/95, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.

Segundo

Que examinada la documentación aportada, se comprueba que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada disposición reglamentaria.

Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo,

ACUERDA

El depósito de la modificación del texto de la asociación sindical Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos de la Comunidad de Madrid (UPA-Madrid); así como la inserción de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011 reguladora de la Jurisdicción Social, de 10 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” 11 de octubre de 2011).

Madrid, a 15 de junio de 2026.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

(03/10.053/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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