Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
23-06-2026

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260623-34

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2026, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se somete a información pública el procedimiento de modificación de trazado de la vía pecuaria “Vereda de los Leñeros” del término municipal de Madrid.

Examinado el expediente de modificación de trazado de la vía pecuaria “Vereda de los Leñeros”, del término municipal de Madrid, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Las vías pecuarias del término municipal de Madrid-Canillas se encuentran clasificadas por Orden Ministerial de 29 de mayo de 1942 y deslindadas por Resolución de 25 de febrero de 1946, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid de 5 de marzo de 1946.

Segundo

El Ayuntamiento de Madrid ha remitido Proyecto de modificación de trazado de la vía pecuaria “Vereda de los Leñeros”, presentado por IFEMA. Tras requerimiento de subsanación, se presenta propuesta final con fecha de registro 21 de abril de 2026.

Tercero

Con fecha 22 de diciembre de 2025 se procedió al sometimiento al trámite de consulta previa.

Cuarto

Con fecha 12 de mayo de 2026 se emite informe del Área de Valoraciones y Patrimonio de la Dirección General de Suelo sobre valoración dentro del expediente de modificación de trazado.

Quinto

Por Resolución de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de 19 de mayo de 2026, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 119, de fecha 21 de mayo de 2026, se acuerda el inicio del procedimiento de modificación de trazado de la vía pecuaria “Vereda de los Leñeros” del término municipal de Madrid.

Sexto

Con fecha 5 de junio de 2026 se realizaron las operaciones materiales de recorrido, reconocimiento y estudio sobre el terreno recogidas en el artículo 24.1 del Decreto 7/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias establece en su artículo 11 la posibilidad de variar o desviar el trazado de las vías pecuarias, previa desafectación, siempre que se asegure el mantenimiento de la integridad superficial, la idoneidad de los itinerarios y de los trazados, junto con la continuidad del tránsito ganadero y de los demás usos compatibles y complementarios con aquel.

Segundo

Los artículos 23 y siguientes de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, y del Decreto 7/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, establecen las normas a las que debe ajustarse el procedimiento de modificación de trazado.

Tercero

El artículo 24.3 del Decreto 7/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, establece que el proyecto de modificación de trazado se someterá a información pública durante el plazo de un mes mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID así como en el Portal de la Transparencia de la Comunidad de Madrid, para que cualquier persona, física o jurídica, pueda examinarlo y formular las alegaciones que estime pertinentes, pudiendo presentar los documentos que considere oportunos.

En virtud de los antecedentes y fundamentos anteriores, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.

RESUELVO

Primero

Someter al trámite de información pública de un mes el procedimiento de Modificación de Trazado de la vía pecuaria “Vereda de los Leñeros”, del término municipal de Madrid.

Segundo

Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el proyecto de modificación de trazado podrá consultarse en el portal institucional en la ruta https://www.comunidad.madrid/transparencia/

Asimismo, dicho proyecto estará expuesto en las oficinas del Área de Vías Pecuarias de esta Dirección General, sita en la calle Alcalá, 16, planta primera (28014 Madrid), debiendo solicitar cita previa en el teléfono 914 383 117.

Tercero

Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas ante la Dirección General Agricultura, Ganadería y Alimentación, en cualquiera de los organismos que recoge el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a través de medios electrónicos en los casos previstos en el artículo 14.2 la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 16 de junio de 2026.—El Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ángel Enrique de Oteo Mancebo.

(03/10.301/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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