Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
18-06-2026

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260618-77

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Leganés. Régimen económico. Presupuesto general

El Pleno de día 15 de mayo de 2026, rechazó la cuestión de confianza planteada por el alcalde de “Otorgar la confianza vinculada a la aprobación del presupuesto 2026, y, consecuentemente, en aplicación de lo establecido en el artículo 197.5 bis de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, aprobar inicial y definitivamente, tras período de información pública y resolución de reclamaciones por el Pleno, si las hubiese, el Proyecto de Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Leganés para el ejercicio 2026 y modificación de plantilla de personal que fue objeto de debate en el Pleno de 11 de mayo de 2026”.

Considerando que conforme artículo 197.5 bis de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG), “en el caso de rechazarse por el Pleno la cuestión de confianza, se entenderá otorgada la confianza y aprobado el proyecto si en el plazo de un mes desde que se votara el rechazo de la cuestión de confianza no se presenta una moción de censura con candidato alternativo a alcalde, o si ésta no prospera”.

Habiendo transcurrido el plazo de un mes sin que se haya presentado moción de censura, quedando por lo tanto aprobado automáticamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Leganés para el ejercicio 2026 y modificación de plantilla de personal, se somete a exposición pública en la sede electrónica del Ayuntamiento de Leganés, apartado de publicaciones oficiales, documentos en período de información pública, a través del siguiente enlace:

https://sede.leganes.org/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_COD...

1. El presupuesto general del Ayuntamiento de Leganés para el ejercicio 2026 por el plazo de quince días previsto en el artículo 169 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (LRHL), durante los cuales los interesados legitimados conforme artículo 170.1 LRHL podrán examinarlos y presentar reclamaciones por las causas previstas en el artículo 170.2 LRHL. Resueltas las reclamaciones por el Pleno, si las hubiese, el presupuesto adquirirá carácter definitivo procediéndose a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. La modificación de la plantilla de personal por el plazo de quince días previsto en el artículo 169 LRHL en relación con artículos 90.1 LBRL y 126.3 TRRL, durante los cuales los interesados podrán examinarla y presentar reclamaciones. Resueltas las reclamaciones por el Pleno, si las hubiese, quedará definitivamente aprobada, procediéndose a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Leganés, a 16 de junio de 2026.—El secretario general del Pleno, Jesús Molina de la Torre.

(03/10.002/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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