Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
17-06-2026

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260617-81

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Rivas-Vaciamadrid. Organización y funcionaiento. Delegación funciones

La Sra. alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid (Madrid), ha dictado resolución número 2026-1948, de fecha 4 de junio de 2026, donde su parte resolutiva literalmente transcrita dice:

RESUELVO

Primero.—Dar por finalizada la asunción directa de competencias acordada mediante decreto de Alcaldía número 2026-1670 de fecha 12 de mayo de 2026, respecto de las delegaciones de la Concejalía de Cultura y Fiestas.

Segundo.—Efectuar de nuevo la delegación de competencias en materia de Cultura y Fiestas a favor de la concejala, D.a Ángela Vijández Salas, dicha delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

Tercero.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Cuarto.—Notificar a la Concejalías implicadas y publicar la presente resolución en el Portal de Transparencia.

Quinto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38 d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Rivas-Vaciamadrid, a 5 de junio de 2026.—El secretario general, Juan Ramón Garrido Solís.

(03/9.489/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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