Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
16-06-2026

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260616-91

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

91
Getafe. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Getafe para el pago del alquiler de viviendas para residentes en su término municipal (modificación de la convocatoria publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 132, de 4 de junio de 2025).

BDNS 835695

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria modificada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Getafe ( www.getafe.es ).

Beneficiarios.—Personas físicas mayores de edad que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que además cumplan los requisitos generales señalados en la base primera y los específicos establecidos en la base sexta de la convocatoria.

Objeto.—Disminuir la factura del alquiler para los arrendatarios en un entorno de precios altos con la finalidad de reducir el esfuerzo económico que supone el acceso a la vivienda de las personas arrendatarias en el municipio de Getafe, concediendo una ayuda única de 1.500 euros para el pago del alquiler a aquellas personas físicas en unidades de convivencia que no reciban otras ayudas por este concepto y cuenten con contratos de arrendamiento de antigüedad superior a un año cuyas rentas no excedan los 1.100 euros de alquiler mensual.

Base reguladora.—Ordenanza general de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Getafe (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 112, de 13 de mayo de 2013).

Cuantía.—El presupuesto máximo destinado a la presente convocatoria es de 250.000,00 euros (doscientos cincuenta mil euros).

Solicitud y plazo.—Las solicitudes junto con la documentación requerida se presentarán en el Registro Electrónico, al que se puede acceder a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Getafe ( http://sede.getafe.es ), en el Registro General del Ayuntamiento de Getafe, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, siendo el plazo de presentación de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto de la convocatoria modificada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Mantienen plena validez y eficacia las solicitudes válidamente presentadas durante el plazo inicial de la convocatoria (entre el 5 de junio y el 3 de julio de 2025), conservándose todos los actos de instrucción ya practicados, sin que sus titulares vengan obligados a presentar nueva solicitud.

Getafe, a 8 de junio de 2026.—La concejala de Personas Mayores y Vivienda, Gema Cáceres Martín.

(03/9.522/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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