Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
12-06-2026

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260612-8

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

8
RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se procede a la ampliación del número de plazas correspondientes a las pruebas selectivas para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid, convocadas por Resolución de 16 de mayo de 2025.

Por Resolución de 16 de mayo de 2025 se convocó proceso selectivo de concurso-oposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid cuya base primera determina que el objeto de la convocatoria es cubrir 18 plazas.

Por otra parte, mediante Decreto 54/2026, de 27 de mayo, del Consejo de Gobierno, se ha aprobado la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2026, disponiendo en su Anexo I, referente al nuevo ingreso, en el apartado 4, relativo al Personal funcionario docente de enseñanzas no universitarias, la distribución de 2 plazas para el Cuerpo de Inspectores de Educación.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.2 del citado Decreto 54/2026, de 27 de mayo, “las plazas de personal funcionario docente de enseñanzas no universitarias (…) incluidas en el Anexo I del presente decreto, se podrán acumular a las ofertadas en las convocatorias correspondientes a ofertas de empleo público de ejercicios anteriores que, a la fecha de entrada en vigor de este decreto, estén ya publicadas, cualquiera que sea la fase en la que se encuentren”.

En virtud de lo anterior, por parte de la Dirección General de Recursos Humanos, se considera conveniente la acumulación de las plazas aprobadas en el Decreto 54/2026, de 27 de mayo, a las ya convocadas mediante la citada Resolución de 16 de mayo de 2025.

Asimismo, el artículo 9, apartado 3, del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley, establece que “las convocatorias -o sus bases, una vez publicadas, solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (actualmente, Ley 39/2015). No obstante, cuando se produzca, únicamente, un incremento en el número de plazas vacantes convocadas, no será preceptiva la apertura de un nuevo plazo de presentación de instancias, salvo que se añadan plazas vacantes de una especialidad que no hubiera figurado en la convocatoria”.

Por lo expuesto y en virtud de las competencias atribuidas en el en el artículo 21 del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, modificado por el Decreto 28/2024, de 24 de abril, del Consejo de Gobierno, esta Dirección General,

RESUELVE

Primero

Incrementar en 2 el número de plazas convocadas mediante Resolución de 16 de mayo de 2025 correspondientes al cuerpo de inspectores de educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid, siendo 20 el número total de plazas convocadas.

De las 20 plazas, 18 son de acceso libre y 2 se reservan para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, todo ello de conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad a la Administración Pública, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa. Las plazas reservadas para el cupo de discapacidad se acumularán a las de acceso libre en el caso de que no haya aspirantes aprobados por dicho cupo.

Segundo

De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, a 29 de mayo de 2026.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(01/8.926/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260612-8