Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
11-06-2026

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260611-32

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

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RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2026, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convocan “Becas Santander - Ayuda económica para Prácticas 2026 II Edición”, financiadas por banco Santander, dirigidas al estudiantado de Grado y Máster Oficial de la Universidad Rey Juan Carlos en el curso académico 2025-2026.

BDNS: 910697

Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos de 4 de junio de 2026 por la que se convocan “Becas Santander - Ayuda económica para Prácticas 2026 II Edición” financiadas por banco Santander, dirigidas al estudiantado de Grado y Máster Oficial de la Universidad Rey Juan Carlos en el curso 2025-2026.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

Primero

Beneficiarios

Los destinatarios de las presentes ayudas serán los estudiantes matriculados en la Universidad Rey Juan Carlos en estudios universitarios conducentes a títulos oficiales de Grado y Máster en el curso académico 2025-2026 o en el curso 2026-2027 en el momento de la solicitud.

Podrán solicitar esta ayuda quienes cumplan todos los requisitos siguientes en la fecha de finalización del plazo de solicitud.

Requisitos

1. Ser residente en España.

2. Estar matriculado en el curso 2025-26 o en el curso 2026-27 en una titulación de grado o máster oficial de la URJC en el momento de la solicitud.

3. Haber realizado un período de prácticas curriculares no remuneradas en el año 2026, cuya calificación conste en UXXI-AC en el momento de la adjudicación de las ayudas.

4. Haber obtenido una evaluación final favorable de la práctica realizada.

5. Estar inscrito en el Programa Becas Santander - Complemento a las Prácticas 2026 a través de la Plataforma del Banco Santander Complemento a las Prácticas 2026 2.a Edición.

Quedan excluidas de esta convocatoria las prácticas que se realicen bajo programas de movilidad y las prácticas del estudiantado de los centros adscritos.

Los requisitos anteriormente mencionados deberán mantenerse durante el período inherente al reconocimiento de derecho de cobro de la subvención.

Segundo

Objeto

El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas dirigidas a estudiantes de Grado y Máster Oficial de la Universidad Rey Juan Carlos que hayan realizado prácticas externas curriculares no remuneradas durante el año 2026, con la finalidad de contribuir a sufragar los gastos derivados de su realización, tales como transporte, manutención u otros gastos asociados.

Tercero

Bases Reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad: https://sede.urjc.es/tablon-oficial

Cuarto

Dotación económica

La presente convocatoria cuenta con un presupuesto total de 62.500 euros, destinado a la concesión de 125 becas, con una dotación individual de 500 euros brutos cada una, financiadas con cargo al convenio de colaboración vigente entre la Universidad Rey Juan Carlos y Banco Santander. El gasto se imputará a la partida presupuestaria 30.VC.ES.ES.483.00 del Vicerrectorado de Estudiantes, Empleabilidad y Emprendimiento y será abonado mediante transferencia bancaria.

Quinto

Presentación de solicitudes y plazos

Todos los solicitantes tendrán que cumplimentar la solicitud a través de la plataforma de becas del Banco Santander: www.santanderopenacademy.com , y posteriormente a través de la sede electrónica de la Universidad: https://sede.urjc.es/convocatorias

En ningún caso podrá utilizarse la instancia general (expone/solicita) como modelo de solicitud válido para participar en la presente convocatoria.

1. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finalizará el 2 de octubre de 2026, inclusive.

2. Forma de presentación de solicitudes.

Para participar en la presente convocatoria será obligatorio realizar los dos trámites que se indican a continuación:

Inscripción en la plataforma de becas del Banco Santander, cuyo plazo de inscripción se encuentra abierto desde el 25 de junio al 2 de octubre de 2026.

En dicha inscripción las personas solicitantes deberán seleccionar correctamente la Universidad Rey Juan Carlos y el programa correspondiente a la presente convocatoria. La inscripción vinculada a otra universidad o a un programa distinto no será válida a efectos de esta convocatoria.

Presentación de la correspondiente solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos, mediante el formulario habilitado al efecto, al que deberá acompañarse la documentación requerida en la presente convocatoria.

Ambas actuaciones tendrán carácter obligatorio. La inscripción en la plataforma del Banco Santander no sustituye la presentación de la solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad Rey Juan Carlos, ni viceversa.

La falta de realización de cualquiera de los dos trámites dentro de los plazos establecidos determinará la exclusión de la persona solicitante del proceso de selección y no será subsanable.

Sexto

Otros datos

La solicitud deberá acompañarse de la documentación exigida en la base octava de las Bases Reguladoras.

Séptimo

Comisión evaluadora

El Vicerrector de Estudiantes, Empleabilidad y Emprendimiento de la Universidad Rey Juan Carlos, órgano gestor de la presente Convocatoria, constituirá la comisión evaluadora.

La convocatoria se tramita a través del Vicerrectorado de Ordenación Académica, al que se encuentra adscrito el Servicio de Prácticas Externas y Empleo, unidad encargada de la ordenación e instrucción del procedimiento.

La composición de la comisión evaluadora tendrá en cuenta lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y actuará de acuerdo con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

La comisión evaluadora estará constituida por la Vicerrectora de Ordenación Académica o persona en quien delegue, que actuará como presidente/a; un representante del consejo de estudiantes, que actuará como vocal; la Jefa de Servicio de la Unidad de Prácticas Externas y Empleo, o persona en quien delegue, que actuará como vocal, y la Jefa del Servicio de Títulos, Becas y Ayudas al estudiante, o persona del servicio en quien delegue, que actuará como secretario/a.

La composición definitiva de la Comisión será publicada junto al listado definitivo de solicitudes admitidas a estudio.

Octavo

Criterios de valoración

El proceso de adjudicación constará de dos fases:

Fase de admisión del alumnado que cumpla los requisitos para poder participar.

La forma de acreditación del requisito de tener calificadas las prácticas curriculares a fecha de la adjudicación será la aplicación de gestión académica UXXI Académico, y la práctica deberá estar disponible para su consulta y verificación.

Fase de asignación.

La URJC ordenará las solicitudes admitidas por riguroso orden de puntuación, conforme a los siguientes criterios de valoración:

1. Nota media del expediente académico correspondiente al curso inmediatamente anterior al de publicación de la convocatoria. En el caso de estudiantes de Máster, se tendrá en cuenta la nota media final del Grado que dio acceso al Máster. La puntuación obtenida en este apartado coincidirá con la nota media del expediente académico, con un máximo de 10 puntos.

2. Haber sido beneficiario/a de una beca de ayuda al estudio del Ministerio de Educación y Formación Profesional durante el curso 2025/2026: 2 puntos.

3. Tener acreditada una discapacidad igual o superior al 33%, o acreditar necesidades específicas de apoyo educativo o necesidades educativas especiales: 1 punto.

Noveno

Resolución y recursos

El Sr. Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución de adjudicación.

Contra la Resolución del Rector, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, o ser impugnada directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la resolución definitiva de la convocatoria de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Móstoles, a 4 de junio de 2026.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Abraham Duarte Muñoz.

(03/9.260/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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