Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
10-06-2026

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260610-21

Páginas: 255


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2026, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se registran y publican las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid relativas al Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.

Visto el fallo de las sentencias n.o 714/2025, de fecha 14 de julio: número 40/2026 de fecha 16 de enero y número 377/2026, de 29 de abril, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, Sala de lo Social, en actuaciones seguidas en virtud de demanda a instancia de La Unión Sindical de Madrid Región CC OO, el sindicato de enfermería SATSE y la Confederación General del Trabajo y la Federación Estatal de Trabajadores de la Administración Pública de la CGT respectivamente, sobre impugnación de Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid para el período 2025-2028.

Y teniendo en consideración los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 23 de diciembre de 2024, se publicó la Resolución de la Dirección General de Trabajo de 12 de diciembre, en la que se ordenaba inscribir en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de ese Centro Directivo y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid para el período 2025-2028. (Código de convenio: 28004531011988).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

De conformidad con lo establecido en el artículo 166.3 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, cuando la sentencia sea anulatoria, en todo o en parte, del convenio colectivo impugnado y este hubiera sido publicado, también se publicará en el “Boletín Oficial” en que aquel se hubiere insertado.

En consecuencia,

Esta Dirección General de Trabajo

RESUELVE

Primero

Ordenar la inscripción de las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid de fechas 14 de julio, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el procedimiento de impugnación de convenio colectivo número 4/2025; 16 de enero, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el procedimiento de impugnación de convenio colectivo número 5/2025 y de 29 de abril, de la Sala de lo Social del citado Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el procedimiento de impugnación de convenio colectivo número 878/2025, y relativas al convenio colectivo Único para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid para el período 2025-2028.

Segundo

Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 2 de junio de 2026.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.



























































































































































































































































































































































































































































































































(03/9.105/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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