Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
10-06-2026

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260610-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ORDEN de 28 de mayo de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de la ampliación en 100.000 euros del crédito disponible destinado a dar cobertura financiera a la convocatoria para el año 2026 de subvenciones a asociaciones, federaciones y confederaciones de la Comunidad de Madrid en materia de actividades de promoción y de proyectos para la digitalización del comercio minorista y los servicios.

Mediante Orden de 3 de febrero de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, se convocan ayudas dirigidas a asociaciones, federaciones y confederaciones de la Comunidad de Madrid en materia de actividades de promoción y de proyectos para la digitalización del comercio minorista y los servicios para el año 2026. En el apartado Quinto de la mencionada Orden se determina que para el año 2026 se ha previsto una dotación económica inicial de 500.000 euros, de acuerdo con los objetivos y disponibilidades presupuestarias asignadas a este fin en el programa 431A “Comercio”, partida 49000 “Modernización, Dinamización y Difusión Tecnológica”.

De conformidad con lo establecido en el artículo 3.2 de las bases reguladoras, la cuantía que se destine a cada convocatoria podría ser ampliada hasta un máximo de 600.000 euros adicionales, de conformidad con lo establecido en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de conformidad con el artículo 4 quater de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada a la misma en la Disposición Final 3ª de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid, quedando condicionada la efectividad de la ampliación a la existencia de crédito disponible y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, para la anualidad de 2026, el pasado 12 de marzo, se constata que el crédito presupuestario autorizado inicialmente es insuficiente para atender todas las solicitudes presentadas que cumplen los requisitos fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, por lo que se considera necesaria la aprobación de una ampliación de crédito, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria existente en el Programa 431A, subconcepto 49000, proyecto número 2024/000501 “Ayudas asociaciones digitalización”.

La convocatoria de subvenciones de la anualidad 2026, a asociaciones, federaciones y confederaciones de la Comunidad de Madrid en materia de actividades de promoción y de proyectos para la digitalización del comercio minorista y los servicios, se encuentra pendiente de resolución, conforme establece el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En su virtud, y de acuerdo con las competencias atribuidas en la legislación vigente y, teniendo en cuenta el expediente de ampliación de crédito tramitado al efecto,

RESUELVO

Primero

Ampliación del crédito presupuestario

1. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria aprobada por Orden de 3 de febrero de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las ayudas a asociaciones, federaciones y confederaciones de la Comunidad de Madrid en materia de actividades de promoción y de proyectos para la digitalización del comercio minorista y los servicios para el año 2026, se amplía en 100.000 euros la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente, por lo que la cuantía final destinada a las subvenciones convocadas para el año 2026 es de 600.000 euros, imputados al subconcepto 49000, proyecto número 2024/000501 “Ayudas asociaciones digitalización”, Centro Gestor 120130000, del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid.

2. Que dicho importe se encuentra dentro de los límites establecidos en la Orden de 23 de enero de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones en materia de concesión de ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción y de proyectos para la digitalización del comercio minorista y los servicios, que en su apartado 6 “Costes presupuestarios previstos y fuente de financiación”, establece que para el año 2024 se destinarán hasta un máximo de seiscientos mil euros (600.000,00 euros). En las sucesivas anualidades, hasta 2026, se prevé que los créditos no superarán dicho importe por cada anualidad.

3. La publicación de esta Orden no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes.

Segundo

Efectos

Esta Orden produce efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 28 de mayo de 2026.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 108, de 7 de mayo de 2024), la Directora General de Comercio, Consumo y Servicios, Marta Nieto Novo.

(03/9.047/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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