Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
04-06-2026

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260604-20

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

20
RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2026, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y se hace pública la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras para la concesión, mediante procedimiento de concurrencia competitiva, de la VII edición de la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos de aprendizaje servicio (ApS) de la Universidad Rey Juan Carlos.

BDNS: 908904

Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos de 26 de mayo de 2026 por la que se por la que se aprueba y se hace pública la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras para la concesión, mediante procedimiento de concurrencia competitiva, de la VII edición de la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos de aprendizaje servicio (ApS) de la Universidad Rey Juan Carlos.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero

Beneficiarios

El beneficiario debe ser personal docente e investigador PDI de la Universidad Rey Juan Carlos. Los proyectos deberán aplicarse en una o varias asignaturas pertenecientes a planes de estudios de titulaciones oficiales de la Universidad.

Para la obtención de las ayudas objeto de la presente convocatoria, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en la misma, así como mantenerlos hasta la finalización de todo el proceso que afecta a las ayudas.

La condición de Coordinador/a de un Proyecto de Aprendizaje Servicio se mantendrá durante todo el período de ejecución del mismo, salvo incumplimiento de las obligaciones recogidas en las “Instrucciones de Proyectos de ApS” de la Universidad Rey Juan Carlos.

Cada proyecto contará obligatoriamente con un/a único/a Coordinador/a. En casos excepcionales se podrá solicitar a la Oficina Universitaria de Aprendizaje Servicio el reconocimiento de dos profesores como Coordinadores de un Proyecto de ApS, siempre que esté debidamente justificado. El equipo de trabajo del proyecto podrá estar constituido sólo por el coordinador/a del proyecto, o por éste/a y otros miembros del personal docente e investigador de la Universidad Rey Juan Carlos. En ese caso, deberá justificarse adecuadamente la aportación individual de cada PDI al proyecto.

Un Coordinador/a podrá presentar a la convocatoria varias propuestas de proyectos para diferentes asignaturas.

Causas de exclusión de proyectos:

— Proyectos en los que alguno de sus miembros tenga pendiente de justificar financiaciones concedidas en convocatorias anteriores, que se encuentren con los proyectos cerrados y fuera de plazo de ejecución.

— Proyectos que hayan obtenido financiación en convocatorias anteriores y su Memoria Final haya sido valorada por la Comisión de Evaluación de Proyectos de ApS como “No adecuada”.

La presentación de la solicitud constituirá una Declaración Responsable de que se reúnen los requisitos establecidos para la presentación de la misma, y de que se está en condiciones de aportar la documentación requerida para su comprobación.

Los coordinadores de los proyectos se comprometen a realizar las actividades descritas en la solicitud de Propuesta de Proyecto de ApS presentada en esta convocatoria y serán los responsables de la correcta ejecución de las mismas.

El proyecto y las actividades de aprendizaje-servicio deben desarrollarse durante el curso académico 2026/2027 y finalizar antes de la fecha límite de presentación de la documentación final justificativa indicada.

En las “Instrucciones de Proyectos de ApS” de la Universidad Rey Juan Carlos se describen las obligaciones del Coordinador/a de un proyecto de Aprendizaje Servicio, las obligaciones de los estudiantes y las obligaciones de los docentes que participan en dicho proyecto.

Todos los requisitos deben cumplirse desde la presentación de las solicitudes hasta la finalización de todo el proceso de la ayuda.

Segundo

Objeto

El objeto de la presente convocatoria es impulsar el aprendizaje-servicio en la universidad mediante el desarrollo de Proyectos de Aprendizaje Servicio propuestos y coordinados por personal docente e investigador, que permitan poner en marcha acciones y estrategias de aprendizaje servicio en cualquiera de las asignaturas de titulaciones oficiales que se impartan en la Universidad Rey Juan Carlos.

Todos los proyectos presentados:

— Deberán estar asociados a alguna de las asignaturas que integran los planes de estudios de las titulaciones oficiales que oferta la Universidad referidas en el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Oficina Universitaria de Aprendizaje Servicio de la Universidad Rey Juan Carlos:

• Asignatura concreta de una Titulación, como parte de la evaluación continua de la misma.

• Trabajo Fin de Grado.

• Trabajo Fin de Máster.

• Prácticas académicas externas curriculares. En tal caso se tendrá en cuenta la normativa propia de la Universidad sobre Prácticas Académicas Externas de Estudiantes Universitarios y la legislación que resulte de aplicación. Requerirá, por parte del Coordinador/a del proyecto de ApS, de la coordinación con la Unidad de Prácticas Externas de la Universidad o con el organismo competente en la materia.

• Actividades de Reconocimiento Académico de Créditos, asociado a proyectos de aprendizaje servicio (punto 2.9 de la Normativa de Reconocimiento Académico de Créditos en los Estudios de Grado de la URJC). En tal caso se tendrá en cuenta la normativa propia de la Universidad sobre Reconocimiento Académico de Créditos y requerirá, por parte del Coordinador/a del proyecto de ApS, de su solicitud al Vicerrectorado de Ordenación Académica.

— Deberán observar y cumplir los principios y pautas recogidos en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Oficina Universitaria de Aprendizaje Servicio de la Universidad Rey Juan Carlos.

— Deberán estar alineados con alguno/s de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 y sus metas.

— Deberán recoger la perspectiva de género y la perspectiva interseccional, tanto en su redacción como en su ejecución, de forma que permita identificar y/o mitigar desigualdades o discriminaciones por sexo/género/sexualidad y procedencia.

— En caso de solicitar una renovación de un proyecto de Aprendizaje Servicio aprobado por la Comisión de Evaluación de Proyectos en el año previo, deberá hacerlo constar en el título del proyecto.

Esta ayuda es compatible con otras ayudas, y con otras fuentes de financiación dirigidas a los mismos fines.

Tercero

Bases Reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad: https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios

Cuarto

Cuantía

La cuantía máxima de las ayudas objeto de la presente convocatoria será de 13.000 euros, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 30.VC.RS.AS.423B.483.00 “Becas, formación y otras” del presupuesto del Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Cultura y Deporte.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido se excluirán del procedimiento de concesión.

Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo obligatoriamente cumplimentando el formulario de solicitud específico que estará disponible en la sede electrónica, accediendo a través del siguiente enlace: https://sede.urjc.es/convocatorias

Sexto

Otros datos

Además del formulario de solicitud se deberá presentar la documentación exigida en la base sexta de las Bases Reguladoras.

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

Las solicitudes serán estudiadas para su adjudicación por una Comisión de Valoración presidida por La persona titular del Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Cultura y Deporte, o persona en quien delegue, de la que formarán parte en calidad de vocales, tres personas expertas en ApS pertenecientes al colectivo de Personal Docente e Investigador de la Universidad Rey Juan Carlos, y la persona responsable de la Coordinación Académica de Cooperación, Voluntariado y ApS, que actuará como secretario/a de la comisión.

Los criterios de baremación serán los que figuran en la base novena de las Bases Reguladoras de la Convocatoria.

Octavo

Resolución y recursos

El Sr. Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución de adjudicación.

Dicha Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados, según lo dispuesto en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo de un mes, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta (por silencio) del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Móstoles, a 28 de mayo de 2026.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Abraham Duarte Muñoz.

(03/8.749/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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