Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
28-05-2026

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260528-67

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

URBANISMO

67
Majadahonda. Urbanismo. Plan especial

En el seno del expediente n.o 1/2025-PE, el Pleno del Ayuntamiento de Majadahonda, en sesión ordinaria celebrada el 29 de abril de 2026, ha adoptado Acuerdo relativo a la resolución de alegaciones y aprobación definitiva del Plan Especial de Mejora de la ordenación pormenorizada establecida por el Plan Parcial I-4 del Área de Desarrollo n.o 18 “Carril del Tejar”, cuyo tenor literal se transcribe a continuación:

“Primero.—Estimar la alegación formulada por Canal de Isabel II, S.A. en los términos señalados en el informe técnico municipal emitido con fecha 16/4/2026 y referenciado en el antecedente de hecho duodécimo.

Segundo.—Introducir en el documento de Plan Especial las correcciones/modificaciones no sustantivas señaladas en la propuesta formulada desde el propio Área de Desarrollo Urbano, de fecha 10/4/2026, y referenciada en el antecedente de hecho décimo.

Tercero.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de mejora de la ordenación pormenorizada establecida por el Plan Parcial I-4 del Área de Desarrollo número 18 “Carril del Tejar” del PGOU de Majadahonda, formulado por el Ayuntamiento de Majadahonda; según documento refundido incorporado el expediente con fecha 15/4/2026 y números de CSV: TWR6B-ZBSN4-ACEGA, 1WYPE-QA6JA-ZN0IS, 21BS9-VJVUJ-2V0QR, tal y como aparecen identificados en el antecedente de hecho undécimo.

Cuarto.—Con carácter previo a la publicación, dar traslado del acuerdo de aprobación definitiva del presente Plan Especial a la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid al efecto de que se proceda al depósito del Plan Especial, en el registro administrativo de los Planes de Ordenación Urbanístico previsto en el artículo 65 de la Ley 9/2001.

Quinto.—Publicar el acuerdo de aprobación definitiva del Plan Especial, junto con las ordenanzas reguladoras, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación de haberse procedido previamente al depósito del Plan Especial en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística con indicación de las acciones legales pertinentes y el texto íntegro de las normas urbanísticas modificadas.

Sexto.—Publicar el presente Plan Especial en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Majadahonda (sección “Urbanismo, Obras Públicas y Medio Ambiente / Planes de Ordenación Urbana y Convenios Urbanísticos / Planes Especiales”), tras su publicación en el Boletín Oficial.

Igualmente dar traslado del documento aprobado definitivamente en formato digital al Delineante Municipal para que pueda incorporarlo a la Cartografía municipal.

Séptimo.—Dar traslado de la resolución de aprobación inicial del Plan Especial a los redactores para su conocimiento y efectos oportunos.

Octavo.—Dar traslado del acuerdo de aprobación definitiva del Plan Especial al Director Coordinador del Área de Desarrollo Urbano, al Director Jurídico del Área de Desarrollo Urbano, a los Técnicos del Servicio de Urbanismo, junto con un ejemplar del documento refundido aprobado definitivamente, a los efectos pertinentes.

Noveno.—Notificar el presente acuerdo al/los alegante/s con indicación de las acciones legales pertinentes”.

Lo que se publica conforme a lo dispuesto en el artículo 66.1.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; significando que, contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar en ambos casos desde el día siguiente a la presente publicación; de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 66.1, b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se procede a publicar, a continuación, el contenido normativo de dicho Plan Especial (Anexo 1), habiéndose procedido previamente a la solicitud de depósito del mismo en el Registro de la Dirección General de Urbanismo y Suelo de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid.







Majadahonda, a 19 de mayo de 2026.—El concejal-delegado de Urbanismo, Vivienda, Obras e Infraestructuras, Raúl Terrón Fernández.

(03/7.850/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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