Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
28-05-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260528-54

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcorcón. Régimen económico. Matrícula impuestos

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 26 de mayo de 2026, se ha aprobado el padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica del año 2026. Se pone en conocimiento de los contribuyentes obligados al pago que la matrícula estará expuesta en el Departamento de Rentas (Plaza de los Reyes de España número 1) durante el plazo de quince días, hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del período voluntario de pago, podrá interponer los siguientes recursos:

— Con carácter potestativo y previo a la reclamación económico-administrativa recurso de reposición, ante el órgano que dictó el acto. En este caso, no podrá promover la reclamación económico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo.

— Directamente, reclamación económico-administrativa ante la Junta Municipal de Reclamaciones Económico Administrativas de Alcorcón, dirigida al órgano que dictó el acto, previa al recurso contencioso administrativo.

— Cualquier otro que estime pertinente.

El plazo de ingreso en voluntaria, atendiendo al Decreto de Alcaldía-Presidencia, de fecha 19 de diciembre de 2025 (Publicado BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 8 de enero de 2026) y el Decreto de Alcaldía-Presidencia, de fecha 28 de abril de 2026 (Publicado BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 25 de mayo de 2026) es el fijado entre los días 1 de junio y 31 de agosto de 2026, ambos incluidos.

El ingreso de las cuotas se realizará a través de los medios de pago que se indican en los recibos que se enviarán a los domicilios fiscales de los obligados al pago, en la página web y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcorcón.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo correspondiente, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Alcorcón, a 26 de mayo de 2026.—La concejala secretaria de la J. G. L., Sonia López Cedena.

(01/8.574/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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