Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
22-05-2026

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260522-90

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

90
San Sebastián de los Reyes. Organización y funcionamiento. Creación comisión

Mediante Acuerdo número 03/219/2026 de 12 de mayo de 2026, la Junta de Gobierno Local ha resuelto:

Primero.— Crear la Comisión de Seguimiento de Convenios y Subvenciones de San Sebastián de los Reyes, como órgano de apoyo a la Intervención General, cuya composición es la siguiente:

— Presidencia: lo será la persona titular de la concejalía de Hacienda o el titular de otra Concejalía en quien delegue.

— Vocalías:

• Las personas titulares de Direcciones/Jefaturas de aquellos servicios que tramiten y gestionen subvenciones.

• Las personas titulares de Dirección/Jefaturas de servicios que tramiten y gestionen convenios.

• El/la titular de la Intervención Municipal.

• El /la titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local.

• El/ la titular de la asesoría jurídica.

• Titular de la Jefatura de sección de financiación Pública y Gobernanza.

• La Secretaría será asumida por la persona perteneciente al área de Innovación, Planificación, y Transparencia.

Los miembros podrán ser sustituidos por aquellas personas en quien deleguen siempre que tengan la consideración de empleadas públicas.

A la Comisión podrán asistir aquellas otras personas responsables de Servicios, Secciones o Unidades y/o responsables con incidencia en el proceso de planificación gestión y concesión de ayudas y subvenciones, para la puesta en común de procesos que se vayan a promover.

Segundo.—Determinar las funciones a desarrollar por la Comisión de Seguimiento de Subvenciones y Convenios, siendo éstas las siguientes:

— Examinar todos los convenios firmados y subvenciones concedidas por el Ayuntamiento. A tal efecto, la comisión examinará en cada sesión la relación de convenios firmados desde la última reunión de la Comisión.

— Control de las distintas convocatorias de subvenciones impulsadas por los servicios municipales y su adecuación al Plan Estratégico de Subvenciones.

— Tomar conocimiento de las incidencias, modificaciones o variaciones que se hayan producido en los convenios y subvenciones.

— Proponer mejoras tanto en los procedimientos de concesión de subvenciones como en la gestión de los convenios que el Ayuntamiento firme con las entidades a las que hace referencia el artículo 47 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

— Proponer a los órganos competentes la adopción de las instrucciones u órdenes de servicio que resulten necesarias para garantizar la correcta gestión coordinación y unidad de criterio entre los distintos servicios municipales en su ámbito de actuación.

En el cumplimiento de las funciones asignadas, la Comisión se reunirá cuatrimestralmente, pudiéndose convocar en cualquier momento, si existiese alguna propuesta urgente a valorar. Se reunirá bajo un orden del día, extendiéndose la oportuna acta de sesión.

En todo caso su funcionamiento se regirá de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 22 y siguientes de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.

Cuarto.—Comunicar el presente acuerdo a todas las áreas afectadas por el funcionamiento de la Comisión de seguimiento de subvenciones y convenios, a los efectos de designación de los miembros titulares y sustitutos, integrantes de ésta.

San Sebastián de los Reyes, a 12 de mayo de 2026.—La alcaldesa-presidenta, Lucia Soledad Fernández Alonso.

(01/7.630/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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