Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
12-05-2026

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260512-11

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2026, de la Dirección General de Función Pública, mediante la que se procede a la exclusión de aspirantes de las pruebas selectivas del proceso selectivo de promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Gestión de Administración General, convocado mediante Orden 2112/2023, de 23 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 216, de 11 de septiembre de 2023).

Mediante Orden 2112/2023, de 23 de agosto, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se convocaron pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 216, de 11 de septiembre).

De conformidad con lo dispuesto en el apartado primero de la base segunda de la mencionada Orden 2112/2023, de 23 de agosto, para ser admitidas y poder tomar parte en las señaladas pruebas, las personas aspirantes habían de reunir, entre otros requisitos, los recogidos en el apartado sexto.1 y sexto.2.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio de 2018), por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid.

A tenor de lo dispuesto en el enunciado del apartado sexto, punto primero, de la Orden 290/2018, de 27 de junio, quienes aspiren a ingresar en los cuerpos, escalas y, en su caso, especialidades objeto de las convocatorias deben poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, los requisitos generales de participación indicados en dicho apartado, entre los cuales se halla el contemplado en su letra e), que establece la obligación de no ostentar la condición de funcionario de carrera del mismo Cuerpo y Escala sobre el que versa el proceso selectivo al que se pretenda acceder.

Conforme a lo establecido en el enunciado del apartado sexto, punto segundo, de la Orden 290/2018, de 27 de junio, pueden participar en los procesos selectivos por el turno de promoción interna los funcionarios de carrera de la Administración de la Comunidad de Madrid, cualquiera que sea su situación administrativa con la excepción contemplada en la base 6.2.2 de la antedicha Orden 290/2018, de 27 de junio, pertenecientes a un cuerpo, escala o especialidad de un subgrupo inmediatamente inferior al que sea objeto de convocatoria, ya sea de administración general o especial de la Comunidad de Madrid, siempre que se acredite un mínimo de dos años de servicios efectivos prestados como funcionario de carrera en dicho cuerpo, escala o especialidad.

Mediante Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 234, de 1 de octubre de 2024), fueron aprobadas las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, se publican las relaciones definitivas de personas excluidas y se anuncia la celebración del primero y segundo ejercicio de la oposición, turno libre y primer ejercicio de promoción interna.

Durante el desarrollo del reseñado proceso de promoción interna, se ha comprobado que ciento ochenta y seis personas aspirantes admitidas que han concurrido al mismo, han adquirido la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos de Gestión de Administración General de la Comunidad de Madrid, tras haber sido nombradas como tales por Orden de 18 de marzo de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 82, de 8 de abril de 2026) con su corrección de errores mediante Orden de 6 de abril de 2026 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 84, de 10 de abril de 2026) y haber efectuado, en los términos expuestos en estas, la toma de posesión en el correspondiente puesto de trabajo adjudicado.

Asimismo, a la vista de lo señalado en el apartado Quinto de la citada Orden de 18 de marzo de 2026, otra persona aspirante del proceso selectivo ha perdido la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Administrativos de Administración General, no manteniendo por tanto el requisito establecido en la base Segunda.2 de la Orden 2112/2023, de 23 de agosto, por la que se convoca el proceso selectivo.

En virtud de cuanto antecede, este Centro directivo, en uso de las facultades que tiene atribuidas

RESUELVE

Primero

Proceder a la exclusión, de las personas aspirantes que a continuación se detallan, del proceso selectivo de promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Gestión de Administración General, convocado mediante Orden 2112/2023, de 23 de agosto, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 216, de 11 de septiembre), al no mantener el requisito exigido en el apartado sexto.1 de la ya reiterada Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio de 2018):







Segundo

Proceder a la exclusión de la persona aspirante que a continuación se detalla, del proceso selectivo de promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Gestión de Administración General, convocado mediante Orden 2112/2023, de 23 de agosto, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 216, de 11 de septiembre), al no mantener el requisito exigido en el apartado sexto.2.1 de la ya reiterada Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio de 2018):

Tercero

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de abril de 2026.—La Directora General de Función Pública, P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Elisa Isabel Moreno Bernis.

(03/6.962/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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