Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
11-05-2026

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260511-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

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ANUNCIO de 7 de mayo de 2026, de prórroga de la encomienda de gestión de 7 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación a la Dirección General de Ayudas y Acceso a la Vivienda, ambas de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en materia de gestión económica.

De una parte, doña María José Piccio-Marchetti Prado, Directora General de Vivienda y Rehabilitación, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 4 del Decreto 244/2023, de 4 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.

Y de otra parte, doña Elena Rodríguez-Manzaneque García-Alcañiz, Directora General de Ayudas y Acceso a la Vivienda, conforme a las competencias asignadas en el artículo 5 bis del citado Decreto.

EXPONEN

Mediante Decreto 87/2025, de 5 de noviembre, del Consejo de Gobierno, se modificó el Decreto 244/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, creando una nueva Dirección General denominada de Ayudas y Acceso a la Vivienda que ha pasado a asumir parte de las competencias hasta ahora atribuidas a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.

Por razones de eficacia y con el fin de garantizar la continuidad de la gestión económico-presupuestaria, se consideró conveniente encomendar a la Dirección General de Ayudas y Acceso a la Vivienda la realización de las actuaciones materiales y técnicas necesarias para la coordinación de la gestión económico-presupuestaria y contable de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, en particular, la derivada de los planes Estatales de Vivienda, la aplicación de los fondos estatales a los diferentes programas, su seguimiento presupuestario y la elaboración de las liquidaciones anuales y finales de cada uno de los planes, ello en el marco de las competencias correspondientes a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, suscribiéndose la correspondiente encomienda de gestión con fecha 7 de noviembre de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 269, de 11 de noviembre de 2025), por un plazo de vigencia de seis meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga mediante acuerdo expreso entre ambas Dirección Generales.

Al subsistir en la fecha actual las razones que motivaron la suscripción de la encomienda de gestión, se considera necesario proceder a su prórroga por un período adicional de dos meses, en los mismos términos y con el alcance previsto en el documento suscrito el 7 de noviembre de 2025.

Como consecuencia de lo anterior, y al amparo de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los titulares de los órganos directivos intervinientes

ACUERDAN

Cláusula primera

Prorrogar por un plazo de dos meses, la encomienda de gestión de fecha 7 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación a la Dirección General de Ayudas y Acceso a la Vivienda, ambas de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, para la realización de las actuaciones materiales y técnicas necesarias para la coordinación de la gestión económico-presupuestaria y contable de dicha Dirección General, en particular, la derivada de los planes Estatales de Vivienda, la aplicación de los fondos estatales a los diferentes programas, su seguimiento presupuestario y la elaboración de las liquidaciones anuales y finales de cada uno de los planes, ello en el marco de las competencias correspondientes a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.

No obstante el plazo anteriormente señalado, la encomienda perderá su vigencia en el momento en el que la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación esté en disposición de desarrollar dichas funciones por contar con el personal necesario para su desempeño. Esta circunstancia se hará constar en un documento firmado por los firmantes de la presente encomienda.

Cláusula segunda

La presente encomienda se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de mayo de 2026.—De una parte, la Directora General de Vivienda y Rehabilitación, María José Piccio-Marchetti Prado.—Y de otra parte, la Directora General de Ayudas y Acceso a la Vivienda, Elena Rodríguez-Manzaneque García-Alcañiz.

(03/7.317/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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