Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
08-05-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260508-61

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

OFERTAS DE EMPLEO

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Alcobendas. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

Se publican las listas definitivas de personas aspirantes excluidas, composición del Tribunal de Selección, fecha, hora y lugar del primer ejercicio correspondiente a la fase de oposición de las convocatorias para la provisión de varias plazas mediante oposición, en turno libre, cuyas bases han sido aprobadas por Decreto n.o 3361/2025, de fecha 5 de marzo, y Decreto n.o 16205/2025, de fecha 14 de noviembre, de la concejala-delegada de Cultura y Gestión de Talento, cuyo texto íntegro se encuentra publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alcobendas y en la Sede Electrónica municipal: https://www.alcobendas.org/es/ayuntamiento/empleo-publico



Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPCAP), y 8, 10 y 46 y demás concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:

— Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Contra la desestimación presunta del recurso de reposición, y en el plazo de seis meses a partir del día siguiente al cumplimiento del plazo de un mes que tiene el Ayuntamiento para la resolución y notificación del referido recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

Podrá, asimismo, interponer cualquier otro recurso que estime pertinente y que convenga a sus intereses, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión a que se refieren los artículos 125 y 126 de la Ley 39/2015 (LPACAP).

Alcobendas, a 29 de abril de 2026.—La alcaldesa-presidenta, Rocío García Alcántara.

(01/6.819/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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