Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
06-05-2026

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260506-5

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

5
RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad Economía, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, se publican las relaciones definitivas de personas aspirantes excluidas en las citadas pruebas, y se anuncia la celebración del primer ejercicio.

Mediante Orden 1865/2025, de 21 de agosto, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 212, de 5 de septiembre), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad Economía, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

Por Resolución de 4 de marzo de 2026, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 63, de 16 de marzo), se hizo pública la composición de la Comisión Delegada de la Comisión Permanente de Selección del proceso selectivo de referencia.

Igualmente, por Resolución de 9 de febrero de 2026, de la indicada Dirección General (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 25 de febrero), fueron aprobadas las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en el señalado proceso, y publicadas, entre otros extremos, las relaciones provisionales de personas aspirantes excluidas en los mismos.

En virtud de cuanto antecede, una vez transcurrido el plazo habilitado para la subsanación de defectos de las solicitudes de participación y efectuadas las comprobaciones pertinentes, y de conformidad con lo establecido en la base sexta y en los apartados cuarto y octavo de la base octava de la aludida Orden 1865/2025, de 21 de agosto, así como de acuerdo con lo también dispuesto en el apartado cuarto de la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, este Centro directivo, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

RESUELVE

Primero

Aprobar las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en el citado proceso selectivo, que se podrán consultar a través del buscador de trámites de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, al cual se puede acceder desde el enlace https://sede.comunidad.madrid/buscador

Asimismo, a efectos meramente informativos, dichas relaciones se encontrarán disponibles en la siguiente página web: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnico-superior-especiali...

Segundo

Publicar, como Anexos a esta Resolución, la relación definitiva de personas aspirantes excluidas en el citado proceso selectivo.

Tercero

La inclusión en la relación definitiva de personas admitidas a las correspondientes pruebas selectivas no supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de la Administración de que las mismas reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la orden de convocatoria. La acreditación y verificación de estos tendrá lugar para aquellas personas que superen el proceso selectivo de que se trate, en los términos recogidos en el apartado segundo de la base décima de la Orden 1865/2025, de 21 de agosto.

Cuarto

1. Convocar a las personas aspirantes admitidas para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición, que se desarrollará conforme a lo dispuesto en el apartado primero, punto 3 de la Base Octava de la citada Orden 1865/2025, de 21 de agosto, y que se celebrará, según lo acordado por el órgano de selección, informe a los extremos que a continuación se señalan:

— Día 15 de junio de 2026, a las 15:00 horas en la calle Rafael Calvo, número 9, de Madrid.

2. El llamamiento será único para todas las personas participantes admitidas, siendo excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan a aquel, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y en los de fuerza mayor acaecidos el día de su celebración, debiendo la citada Comisión adoptar resolución motivada a los fines expuestos.

Quinto

No se permitirá el acceso a los exámenes a las personas aspirantes que no figuren en las respectivas relaciones definitivas de admitidas al expresado proceso selectivo, las cuales son objeto de aprobación mediante la presente Resolución.

Las personas admitidas habrán de presentar, inexcusablemente, el original de su documento nacional de identidad, en soporte físico o digital, en su versión “DNI completo”, carné de conducir o pasaporte, únicos documentos válidos para acreditar su identidad.

En caso de presentar el documento nacional de identidad en soporte digital la identificación de las personas admitidas quedará supeditada al correcto funcionamiento de los dispositivos móviles, a la disponibilidad de conexión a internet y al acceso en tiempo real a los sistemas de verificación de la Dirección General de la Policía.

No se permitirá el acceso al examen a las personas que no presenten alguno de los anteriores documentos originales, salvo en los casos en que concurran provistas de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la corrección del correspondiente ejercicio realizado por la persona aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Órgano de Selección.

Durante todo el tiempo de duración de la prueba, no se permitirá la utilización de ningún dispositivo electrónico, como ordenador portátil, tablet, reloj inteligente, teléfono móvil, o cualquier otro dispositivo que permita la recepción de señales de comunicación, por lo que la obligación de las personas admitidas de mantener sobre la mesa durante el desarrollo de las pruebas el documento identificativo, requerirá que éste necesariamente sea en formato físico.

Igualmente, para la realización del ejercicio, las personas participantes deberán ir provistas de bolígrafo azul o negro.

Sexto

Se hará pública, a través de los medios expuestos en el apartado primero de esta Resolución, la relación de aspirantes que han solicitado adaptación para la realización del ejercicio, con indicación de la concesión o denegación de la misma, sin perjuicio de que, en este último caso, se proceda a la notificación individualizada de las causas de denegación.

Séptimo

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 22 de abril de 2026.—La Directora General de Función Pública, P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Elisa Isabel Moreno Bernis.



(03/6.590/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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