Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 104

Fecha del Boletín 
04-05-2026

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260504-8

Páginas: 7


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

8
RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, a plazas de la categoría profesional de Titulado Medio Educador (Grupo II, Nivel 7, Área C) de la Comunidad de Madrid, se publica la relación definitiva de personas excluidas y se anuncia la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.

Mediante Orden 2651/2023, de 25 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 266, de 8 de noviembre), se convocaron las pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Medio Educador (Grupo II, Nivel 7, Área C) de la Comunidad de Madrid.

Posteriormente, se publicó la Resolución de 12 de junio de 2024, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 153, de 28 de junio), por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas, para el acceso a plazas de la citada categoría profesional, y se publica la relación provisional de personas aspirantes excluidas y la de aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar o no documentación acreditativa de la adaptación solicitada.

Asimismo, mediante Resolución de 7 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, se hizo pública la composición del Tribunal Calificador de las citadas pruebas selectivas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 93, de 21 de abril), siendo posteriormente modificada mediante Resolución de 6 de marzo de 2026 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 65, de 18 de marzo), de la citada Dirección General de Función Pública.

En virtud de cuanto antecede, una vez transcurrido el plazo habilitado para la subsanación de defectos de las solicitudes de participación y efectuadas las comprobaciones pertinentes, este centro directivo, de conformidad con lo establecido en la base novena apartado cuarto de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril), esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

RESUELVE

Primero

Aprobar las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las referidas pruebas selectivas, que se podrán consultar a través de la página web de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, a la que se puede acceder desde el siguiente enlace:

1. Acceso libre:

https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/titulado-medio-educador-1 .

2. Promoción interna:

https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/titulado-medio-educador-0 .

Igualmente, a efectos meramente informativos, dichas relaciones se encontrarán disponibles en las siguientes páginas web:

1. Acceso libre:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/titulado-medio-educador-2023 .

2. Promoción interna:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/titulado-medio-educador-pi... .

Segundo

Publicar, como Anexos I y II a la presente Resolución, respectivamente, las relaciones definitivas de personas aspirantes excluidas en las referidas pruebas selectivas de acceso libre y de promoción interna.

Tercero

La inclusión en las relaciones definitivas de personas admitidas en ambos procesos selectivos no supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de la Administración de que las mismas reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la orden de convocatoria. La acreditación y verificación de estos tendrá lugar, para aquellas personas que superen el proceso selectivo, tal y como se indica en los apartados segundo y tercero de la base octava de la Orden 2651/2023, de 25 de octubre.

Cuarto

Convocar a las personas aspirantes admitidas para la realización del primer ejercicio de la oposición, que se celebrará, según lo acordado por el referido tribunal calificador, el día 20 de junio de 2026, y se desarrollará conforme a lo dispuesto, respectivamente, en el punto 2.1 del apartado primero del Anexo I, para el proceso de acceso libre, y en el punto 2.1 del apartado primero del Anexo II, para el proceso de promoción interna, ambos de la citada Orden 2561/2023, de 25 de octubre.

— Acceso libre:

• Fecha: 20/6/2026.

• Hora: 12:00 h.

• Lugar: Facultad de Derecho de la UAM, calle Kelsen, 1, 28049 Madrid.

• Edificio de Ciencias Jurídicas de la UAM, calle Marie Curie, 2, 28049 Madrid.

— Promoción interna:

• Fecha: 20/6/2026.

• Hora: 9:00 h.

• Lugar: Facultad de Derecho de la UAM, calle Kelsen, 1, 28049 Madrid.

La distribución de las personas aspirantes admitidas a los correspondientes procesos en los enunciados centros docentes, a efectos de la celebración de cada ejercicio, se hará pública, con la suficiente antelación, a través de los medios descritos en el apartado primero de la presente Resolución.

Los llamamientos serán únicos para todas las personas participantes admitidas, siendo excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan al mismo, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y en los de fuerza mayor acaecidos el día de su celebración, debiendo el citado tribunal adoptar resolución motivada a tal efecto.

Quinto

No se permitirá el acceso al examen a las personas aspirantes que no figuren en la relación definitiva de personas admitidas a estas pruebas selectivas, que es objeto de aprobación mediante la presente Resolución.

Las personas admitidas habrán de presentar, inexcusablemente, el original de su documento nacional de identidad, en soporte físico o digital, en su versión “DNI completo”, carné de conducir o pasaporte, únicos documentos válidos para acreditar su identidad.

En caso de presentar el documento nacional de identidad en soporte digital la identificación de las personas admitidas quedará supeditada al correcto funcionamiento de los dispositivos móviles, a la disponibilidad de conexión a internet y al acceso en tiempo real a los sistemas de verificación de la Dirección General de la Policía.

No se permitirá el acceso a examen a quienes no presenten alguno de los anteriores documentos originales, salvo en los casos en que concurran provistas de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la corrección del ejercicio realizado por la persona aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Tribunal de Selección.

Durante la realización de los ejercicios no se permitirá la utilización de ningún dispositivo electrónico, como ordenador portátil, táblet, teléfono móvil o reloj inteligente, o cualquier otro dispositivo que permita la recepción de señales de comunicación, por lo que la obligación de las personas admitidas de mantener sobre la mesa durante el desarrollo de las pruebas el documento identificativo, requerirá que este necesariamente sea en formato físico.

Igualmente, para la realización de los ejercicios, las personas participantes deberán ir provistas de bolígrafo azul o negro.

Sexto

Se hará pública, en las páginas web indicadas en el apartado primero, la relación de aspirantes que han solicitado adaptación para la realización del primer ejercicio de la oposición, con indicación de la concesión o denegación de la misma, sin perjuicio de que, en este último caso, se proceda a la notificación individualizada de las causas de denegación.

Séptimo

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda, en el plazo de dos meses desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y en el artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 21 de abril de 2026.—La Directora General de Función Pública, P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Elisa Isabel Moreno Bernis.







(03/6.432/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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