Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
27-04-2026

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260427-82

Páginas: 11


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

82
Parla. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

1. Por decreto 7790 de Alcaldía, de 4 de noviembre de 2025, se acuerda la modificación de la delegación de las competencias de Alcaldía en los concejales/as, quedando de la siguiente forma:

Primero.—Delegar en los concejales/concejalas del Equipo de Gobierno las siguientes competencias de Alcaldía:

1. En el concejal-delegado del Área de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Participación Ciudadana y Atención a la Ciudadanía, que comprende:

— Participación Ciudadana.

— Atención a la Ciudadanía.

— Transparencia.

— Protección de datos personales.

— Quejas y Sugerencias.

— Ingresos y Recaudación.

— Planificación y Gestión Económica.

— Gestión Tributaria.

— Contratación.

— Intervención General.

— Contabilidad y Tesorería.

— Jurado Económico Administrativo.

— Estadística.

— Sanciones y Multas.

Las siguientes facultades:

— Suprema dirección del Área con las funciones previstas en el artículo 52 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Parla.

— Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.

— Dictar instrucciones, circulares y protocolos de actuación para regular el ámbito de su actividad.

— Dictar actos administrativos de su competencia.

— Gestión de la Contratación Pública, sin perjuicio de las competencias de la Junta de Gobierno Local como órgano de contratación. La competencia delegada incluye entre otras el nombramiento de los miembros de las mesas de contratación, la solicitud de documentación a la empresa que ha efectuado la oferta más ventajosa, así como la formalización de los contratos.

— Gestión del Almacén municipal.

— Expedición de certificados de empadronamiento.

— Trámites del Padrón de habitantes.

— Otorgar el visto bueno de las Certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la Delegación.

— Resoluciones de la Oficina de Gestión Tributaria.

— Resoluciones del JEA.

— Participación Ciudadana.

— Desarrollo y aplicación del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana.

— Gestión de las autorizaciones y cesiones de los locales municipales de su área de competencia.

— Coordinación en la gestión de Fondos Europeos.

— Liquidación de ingresos municipales, de cualquier naturaleza jurídica, relacionada con las autorizaciones, licencias o permisos de su competencia.

— La resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en el ejercicio de atribuciones delegadas, además de la resolución de los expedientes de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de anulación y revocación, incluida la suspensión de la ejecución de actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictadas por las Concejalías-Delegadas en materias adscritas a la Concejalía de Economía y Hacienda, Departamento de Tesorería.

— Gastos derivados de resoluciones judiciales, incluidas costas y tasas judiciales, así como todo tipo de intereses.

— Pago de Intereses de demora en los expedientes de reintegro de subvenciones.

— Tarjetas de Armas de Categoría 4.a.

— Seguridad de la Información y Presidente del Comité de Seguridad de la Información.

— Formalización de Convenios relacionados con el Área.

— Gestión y justificación de todo tipo de subvenciones relacionadas con el Área.

— Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de Convenios formalizados cuya competencia corresponde a su Área.

— Tramitación de expedientes de concesión de subvenciones en su ámbito competencial.

— Tramitación de las Ordenanzas de su Área.

2. En la concejala-delegada del Área de Presidencia, Comunicación, Cultura, e Interculturalidad, que comprende:

— Presidencia.

— Protocolo.

— Comunicación.

— Imprenta.

— Actividades Culturales.

— Bibliotecas, Espacios y Centros Culturales.

— Escuelas culturales municipales.

— Fiestas municipales.

— Interculturalidad.

— Gestión del Patrimonio Histórico.

— Responsabilidad Patrimonial.

Las siguientes facultades:

— Suprema dirección del Área con las funciones previstas en el artículo 52 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Parla.

— Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.

— Dictar instrucciones, circulares y protocolos de actuación para regular el ámbito de su actividad.

— Dictar actos administrativos de su competencia.

— Protocolo.

— Cultura.

— Gestión para la Interculturalidad y tramitación y seguimiento de los hermanamientos.

— Coordinar las fiestas.

— Instrucción y resolución de Procedimientos de Responsabilidad Patrimonial.

— Otorgar el visto bueno de las Certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la Delegación.

— Relaciones con el Pleno.

— Relaciones con los medios de comunicación.

— Formalización de Convenios relacionados con el Área.

— Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de Convenios formalizados cuya competencia corresponde a su Área.

— Liquidación de ingresos municipales, de cualquier naturaleza jurídica, relacionada con las autorizaciones, licencias o permisos de su competencia.

— Tramitación de expedientes de concesión de subvenciones en su ámbito competencial.

— Tramitación de las Ordenanzas de su Área.

— Gestión y justificación de todo tipo de subvenciones relacionadas con el Área.

— Planificar, coordinar y gestionar todas las actividades culturales que se promuevan en el Ayuntamiento.

— La resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en el ejercicio de atribuciones delegadas, excepto la resolución de los expedientes de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de anulación y revocación, incluida la suspensión de la ejecución de actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictadas por las Concejalías-Delegadas en materias adscritas a la Concejalía de Economía y Hacienda, Departamento de Tesorería, siendo competente para su resolución el concejal-delegado de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Participación Ciudadana y Atención a la Ciudadanía.

3. En el concejal-delegado del Área de Juventud, Transición Ecológica y Movilidad Sostenible, que comprende:

— Juventud.

— Transición Ecológica.

— Movilidad Sostenible.

— Biodiversidad.

— Contaminación Atmosférica.

— Huertos Urbanos.

— Restauración Ecológica de la Cantueña y Arroyo Humanejos.

— Calidad del Aire.

— Directrices de nuevas plantaciones.

— Educación Ambiental

Las siguientes facultades:

— Suprema dirección del Área con las funciones previstas en el artículo 52 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Parla.

— Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.

— Dictar instrucciones, circulares y protocolos de actuación para regular el ámbito de su actividad.

— Dictar actos administrativos de su competencia.

— Tramitación de expedientes de concesión de subvenciones en su ámbito competencial.

— Planificar, coordinar y gestionar todas las actividades para jóvenes que se promuevan en el Ayuntamiento.

— Gestión y cesión de los espacios de la Casa de la Juventud.

— Otorgar el visto bueno de las Certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la Delegación.

— Señalar directrices de contaminación atmosférica.

— Formalización de los Convenios relacionados con el Área.

— Fomentar y canalizar el asociacionismo juvenil.

— Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de Convenios formalizados cuya competencia corresponde a su Área.

— Liquidación de ingresos municipales, de cualquier naturaleza jurídica, relacionada con las autorizaciones, licencias o permisos de su competencia.

— Tramitación de las Ordenanzas de su Área.

— Dirección de la oficina de transición energética.

— Implantación, gestión y promoción de sistemas de reciclaje y compostaje.

— Protección en materia de Transición Energética.

— Señalar directrices de energías renovables.

— Control de la calidad del aire.

— Control y medidas de estudio de contaminación acústica y electromagnetismo.

— Protección en materia de Medio Ambiente.

— Gestión y justificación de todo tipo de subvenciones relacionadas con el Área.

— La resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en el ejercicio de atribuciones delegadas, excepto la resolución de los expedientes de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de anulación y revocación, incluida la suspensión de la ejecución de actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictadas por las Concejalías-Delegadas en materias adscritas a la Concejalía de Economía y Hacienda, Departamento de Tesorería, siendo competente para su resolución el concejal-delegado de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Participación Ciudadana y Atención a la Ciudadanía.

4. En el concejal-delegado del Área de Desarrollo Urbano e Industrial, Patrimonio municipal y Obras Públicas, que comprende:

— Secretaría de la Junta de Gobierno Local.

— Planeamiento urbanístico.

— Rehabilitación y regeneración urbana.

— Gestión y disciplina urbanística.

— Patrimonio municipal.

— Obras públicas.

— Archivo Municipal

Las siguientes facultades:

— Suprema dirección del Área con las funciones previstas en el artículo 52 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Parla.

— Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.

— Dictar instrucciones, circulares y protocolos de actuación para regular el ámbito de su actividad.

— Dictar actos administrativos de su competencia.

— Tramitación de expedientes de concesión de subvenciones en su ámbito competencial.

— Otorgar el visto bueno de las Certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la Delegación.

— Disciplina urbanística.

— Declaraciones de ruina.

— Autorización de trabajos previos al inicio de obras.

— Negociación y exposición al público de los convenios urbanísticos previos a su tramitación.

— Tramitación, informe, gestión, seguimiento y recepción de los proyectos de urbanización.

— Gestión del Patrimonio Municipal.

— Daños al Patrimonio.

— La remisión de informes que correspondan al Ayuntamiento a solicitud de otras Administraciones en la tramitación de Proyectos, Planes o programas de su competencia, en los trámites de información pública urbanísticos o medioambientales.

— Solicitud, gestión y justificación de todo tipo de subvenciones relacionadas con el Área.

— Formalización de los convenios relacionados con su Área.

— Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de Convenios formalizados cuya competencia corresponde a su Área.

— Liquidación de ingresos municipales, de cualquier naturaleza jurídica, relacionada con las autorizaciones, licencias o permisos de su competencia.

— Las resoluciones relativas a actos comunicados, declaraciones responsables y órdenes de ejecución de naturaleza urbanística.

— La resolución sobre la devolución de fianzas y garantías depositadas para responder de las obligaciones urbanísticas.

— Redacción de proyectos técnicos de obras en la vía pública e impulso ante el órgano municipal competente para su aprobación.

— Instalación del mobiliario urbano público municipal.

— Instalación, conservación y mantenimiento de alumbrado público.

— Otorgar el visto bueno de las Certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la delegación.

— La firma de Convenios Urbanísticos.

— La imposición de medidas correctoras en actividades.

— La formalización y elevación a escritura pública de los negocios jurídicos patrimoniales, sin perjuicio de las facultades especificas atribuidas a otros órganos municipales.

— La elevación a escritura de las cesiones obligatorias efectuadas por los particulares derivadas de la ejecución del planeamiento y de los demás acuerdos en el ámbito de sus competencias.

— Gestión y justificación de todo tipo de subvenciones relacionadas con el Área.

— Archivo municipal.

— Tramitación de las Ordenanzas de su Área.

— La resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en el ejercicio de atribuciones delegadas, excepto la resolución de los expedientes de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de anulación y revocación, incluida la suspensión de la ejecución de actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictadas por las Concejalías-Delegadas en materias adscritas a la Concejalía de Economía y Hacienda, Departamento de Tesorería, siendo competente para su resolución el concejal-delegado de Economía, Hacienda, Fondos Europeos Participación Ciudadana y Atención a la Ciudadanía.

5. En la concejala-delegada del Área de Recursos Humanos, Sanidad, Salud Pública y Venta Ambulante, que comprende:

— Recursos Humanos.

— Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

— Sanidad y Salud Pública.

— Centro de Atención Integral a la Drogodependencia.

— Venta Ambulante.

— Terrazas y Veladores.

Las siguientes facultades:

— Suprema dirección del Área con las funciones previstas en el artículo 52 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Parla.

— Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.

— Dictar instrucciones, circulares y protocolos de actuación para regular el ámbito de su actividad.

— Dictar actos administrativos de su competencia.

— Planes de atención a la drogadicción.

— Desarrollo, gestión y seguimiento del Plan Local de Prevención de las Drogodependencias.

— Centro de Atención Integral a la Drogodependencia.

— Coordinación entre el Ayuntamiento y la Administración Sanitaria.

— El ejercicio de las competencias en materia de control sanitario y salubridad atribuidas a la Alcaldía por legislación.

— Gestión, supervisión y control del Cementerio y Tanatorios.

— Ejercer la superior dirección del personal al servicio del Ayuntamiento.

— Interlocución con las organizaciones sindicales.

— Tramitación de expedientes de subvenciones en su ámbito competencial.

— Otorgar el visto bueno de las Certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la Delegación.

— Formalización de Convenios relacionados con el Área.

— Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de Convenios formalizados cuya competencia corresponde a su Área.

— Liquidación de ingresos municipales, de cualquier naturaleza jurídica, relacionada con las autorizaciones, licencias o permisos de su competencia.

— Gestión y justificación de todo tipo de subvenciones relacionadas con el Área.

— Tramitación de las Ordenanzas de su Área.

— El ejercicio de las competencias en materia de control sanitario y salubridad atribuidas a la Alcaldía por legislación.

— La resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en el ejercicio de atribuciones delegadas, excepto la resolución de los expedientes de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de anulación y revocación, incluida la suspensión de la ejecución de actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictadas por las Concejalías-Delegadas en materias adscritas a la Concejalía de Economía y Hacienda, Departamento de Tesorería, siendo competente para su resolución el concejal-delegado de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Participación Ciudadana y Atención a la Ciudadanía.

6. En la concejala-delegada del Área de Limpieza Viaria, Recogida de residuos, Parques y Jardines y Servicios Generales, que comprende:

— Limpieza viaria.

— Gestión de residuos sólidos urbanos.

— Parques y Jardines.

— Zonas verdes de Edificios Municipales.

— Zonas verdes y arbolado de Colegios Públicos y del Centro Ocupacional.

— Jardín Botánico.

Las siguientes facultades:

— Suprema dirección del Área con las funciones previstas en el artículo 52 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Parla.

— Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.

— Dictar instrucciones, circulares y protocolos de actuación para regular el ámbito de su actividad.

— Dictar actos administrativos de su competencia.

— Tramitación de expedientes de subvenciones en su ámbito competencial.

— Limpieza Viaria, recogida y gestión de residuos sólidos urbanos.

— Remodelación, conservación, mantenimiento y limpieza de parques y jardines.

— Servicio, inspección, mantenimiento y certificación de áreas recreativas.

— Mantenimiento del arbolado urbano.

— Autorización de tala de árboles en entorno urbano.

— Otorgar el visto bueno de las Certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la Delegación.

— Formalización de los Convenios relacionados con el Área.

— Instalación, distribución, suministros y mantenimiento de papeleras y contenedores de residuos urbanos.

— Conservación y mantenimiento de mobiliario urbano público municipal.

— Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de Convenios formalizados cuya competencia corresponde a su Área.

— Liquidación de ingresos municipales, de cualquier naturaleza jurídica, relacionada con las autorizaciones, licencias o permisos de su competencia.

— Gestión y justificación de todo tipo de subvenciones relacionadas con el Área.

— Tramitación de las Ordenanzas de su Área.

— La resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en el ejercicio de atribuciones delegadas, excepto la resolución de los expedientes de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de anulación y revocación, incluida la suspensión de la ejecución de actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictadas por las Concejalías-Delegadas en materias adscritas a la Concejalía de Economía y Hacienda, Departamento de Tesorería, siendo competente para su resolución el concejal-delegado de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Participación Ciudadana y Atención a la Ciudadanía.

7. En la concejala-delegada del Área de Bienestar Social y Mayores, que comprende:

— Servicios Sociales.

— Centro Ocupacional.

— Atención a Mayores.

Las siguientes facultades:

— Suprema dirección del Área con las funciones previstas en el artículo 52 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Parla.

— Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.

— Dictar instrucciones, circulares y protocolos de actuación para regular el ámbito de su actividad.

— Dictar actos administrativos de su competencia.

— Tramitación de expedientes de concesión de subvenciones en su ámbito competencial.

— Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.

— Otorgar el visto bueno de las Certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la Delegación.

— Desarrollo y gestión del Plan Integral del Mayor.

— Formalización de los Convenios relacionados con el Área.

— Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de Convenios formalizados cuya competencia corresponde a su Área.

— Liquidación de ingresos municipales, de cualquier naturaleza jurídica, relacionada con las autorizaciones, licencias o permisos de su competencia.

— Gestión y justificación de todo tipo de subvenciones relacionadas con el Área.

— Tramitación de las Ordenanzas de su Área.

— La resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en el ejercicio de atribuciones delegadas, excepto la resolución de los expedientes de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de anulación y revocación, incluida la suspensión de la ejecución de actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictadas por las Concejalías-Delegadas en materias adscritas a la Concejalía de Economía y Hacienda, Departamento de Tesorería, siendo competente para su resolución el concejal-delegado de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Participación Ciudadana y Atención a la Ciudadanía.

8. En el concejal-delegado del Área de Deportes, Transportes, Migración y Convivencia, que comprende:

— Deportes.

— Transportes y Parque Móvil Municipal.

— Migración,

Las siguientes facultades:

— Suprema dirección del Área con las funciones previstas en el artículo 52 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Parla.

— Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.

— Dictar instrucciones, circulares y protocolos de actuación para regular el ámbito de su actividad.

— Dictar actos administrativos de su competencia.

— Tramitación de expedientes de concesión de subvenciones en su ámbito competencial.

— Otorgar el visto bueno de las Certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la Delegación.

— Gestión del Parque de Vehículos municipales.

— Concesión de la tarjeta de estacionamiento de las reservas de plazas en materia de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida.

— Relaciones con el Consorcio Regional de Transportes.

— Gestión del Plan de Accesibilidad.

— Gestionar las instalaciones deportivas municipales.

— Planificar y gestionar las competiciones locales y otras actividades deportivas que se promuevan en el Ayuntamiento.

— Gestión de la Grúa Municipal.

— Formalización de los Convenios relacionados con el Área.

— Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de Convenios formalizados cuya competencia corresponde a su Área.

— Liquidación de ingresos municipales, de cualquier naturaleza jurídica, relacionada con las autorizaciones, licencias o permisos de su competencia.

— Tramitación de las Ordenanzas de su Área.

— La resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en el ejercicio de atribuciones delegadas, excepto la resolución de los expedientes de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de anulación y revocación, incluida la suspensión de la ejecución de actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictadas por las Concejalías-Delegadas en materias adscritas a la Concejalía de Economía y Hacienda, Departamento de Tesorería, siendo competente para su resolución el concejal-delegado de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Participación Ciudadana y Atención a la Ciudadanía

9. En la concejala-delegada del Área de Desarrollo Local, Igualdad, Vivienda y Consumo, que comprende:

— Formación y Empleo.

— Oficina Municipal de Vivienda.

— Igualdad, Feminismo y LGTBI.

— Violencia de género.

— Consumo.

— Comercio.

— Centro de Iniciativas Empresariales (CIE).

Las siguientes facultades:

— Suprema dirección del Área con las funciones previstas en el artículo 52 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Parla.

— Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.

— Dictar instrucciones, circulares y protocolos de actuación para regular el ámbito de su actividad.

— Dictar actos administrativos de su competencia.

— Tramitación de expedientes de concesión de subvenciones en su ámbito competencial.

— Otorgar el visto bueno de las Certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la Delegación.

— Política social de viviendas.

— Programas de Empleo al amparo de ayudas y subvenciones.

— Gestión de las autorizaciones y cesiones de los locales municipales de su Área de competencia.

— Formalización de los Convenios relacionados con el Área.

— Comercio.

— Centro de Iniciativas Empresariales (CIE).

— Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de Convenios formalizados cuya competencia corresponde a su Área.

— Liquidación de ingresos municipales, de cualquier naturaleza jurídica, relacionada con las autorizaciones, licencias o permisos de su competencia.

— Protección de la Diversidad Sexual y la defensa de los Derechos de las personas LGTBI.

— Protección de los derechos de las mujeres en materia de igualdad y de lucha contra la violencia de género.

— Gestión y justificación de todo tipo de subvenciones relacionadas con el Área.

— Tramitación de las Ordenanzas de su Área.

— Coordinación, desarrollo y gestión del Plan de Infancia y UNICEF.

— La resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en el ejercicio de atribuciones delegadas, excepto la resolución de los expedientes de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de anulación y revocación, incluida la suspensión de la ejecución de actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictadas por las Concejalías-Delegadas en materias adscritas a la Concejalía de Economía y Hacienda, Departamento de Tesorería, siendo competente para su resolución el concejal-delegado de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Participación Ciudadana y Atención a la Ciudadanía.

10. En el concejal-delegado del Área de Mantenimiento de Edificios Municipales, Nuevas Tecnologías y Bienestar Animal, que comprende:

— Mantenimiento de edificios municipales.

— Limpieza de edificios municipales.

— Informática.

— Bienestar Animal.

Las siguientes facultades:

— Suprema dirección del Área con las funciones previstas en el artículo 52 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Parla.

— Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.

— Dictar instrucciones, circulares y protocolos de actuación para regular el ámbito de su actividad.

— Dictar actos administrativos de su competencia.

— Gestión del Centro de Protección Animal.

— Gestión del Censo de Animales de Compañía, aplicar medidas de control de animales vagabundos y abandonados y realizar campañas de identificación y vacunación obligatoria de los mismos.

— Mantenimiento de Edificios Municipales.

— Mantenimiento de Instalaciones Deportivas.

— Otorgar el visto bueno de las Certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la Delegación.

— Formalización de Convenios relacionados con el Área.

— Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de Convenios formalizados cuya competencia corresponde a su Área.

— Liquidación de ingresos municipales, de cualquier naturaleza jurídica, relacionada con las autorizaciones, licencias o permisos de su competencia.

— Gestión y justificación de todo tipo de subvenciones relacionadas con el Área.

— Tramitación de las Ordenanzas de su Área.

— La resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en el ejercicio de atribuciones delegadas, excepto la resolución de los expedientes de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de anulación y revocación, incluida la suspensión de la ejecución de actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictadas por las Concejalías-Delegadas en materias adscritas a la Concejalía de Economía y Hacienda, Departamento de Tesorería, siendo competente para su resolución el concejal-delegado de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Participación Ciudadana y Atención a la Ciudadanía.

11. En la concejala-delegada del Área de Educación, Infancia, Adolescencia, Inclusión y Agenda 2030, que comprende:

— Educación.

— Infancia y Adolescencia.

— Inclusión.

— Agenda 2030.

Las siguientes facultades:

— Suprema dirección del Área con las funciones previstas en el artículo 52 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Parla.

— Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.

— Dictar instrucciones, circulares y protocolos de actuación para regular el ámbito de su actividad.

— Dictar actos administrativos de su competencia.

— Tramitación de expedientes de concesión de subvenciones en su ámbito competencial.

— Atención y vigilancia de los colegios públicos y comedores escolares.

— Planificar, coordinar y gestionar todas las actividades para jóvenes que se promuevan en el Ayuntamiento.

— Difusión de los derechos del Niño.

— Gestión y cesión de los espacios de las Casas de Niños.

— Planificación de las actividades de las Casas de Niños y Escuelas Infantiles Municipales.

— Planificación y gestión de actividades educativas.

— Planificación de las actividades vinculadas a la infancia y adolescencia, así como la gestión de “La Creativa”.

— Planificación de actividades de la Educación de Personas Adultas.

— Plan de Actividades Extraescolares en períodos vacacionales y no lectivos.

— Apoyar para el cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible y la Agenda 2030.

— Captación de fondos relacionados con la Agenda 2030.

— Otorgar el visto bueno de las Certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la Delegación.

— Formalización de los Convenios relacionados con el Área.

— Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de Convenios formalizados cuya competencia corresponde a su Área.

— Gestión y justificación de todo tipo de subvenciones relacionadas con el Área.

— Liquidación de ingresos municipales, de cualquier naturaleza jurídica, relacionada con las autorizaciones, licencias o permisos de su competencia.

— Tramitación de las Ordenanzas de su Área.

— Gestión y cesión de espacios escolares fuera de horarios lectivos.

— Gestión Escuela municipal de idiomas.

— La resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en el ejercicio de atribuciones delegadas, excepto la resolución de los expedientes de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de anulación y revocación, incluida la suspensión de la ejecución de actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictadas por las Concejalías-Delegadas en materias adscritas a la Concejalía de Economía y Hacienda, Departamento de Tesorería, siendo competente para su resolución el concejal-delegado de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Participación Ciudadana y Atención a la Ciudadanía.

Segundo.—Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes competencias de Alcaldía:

1. La aprobación de convocatorias, bases y concesión de subvenciones, conforme a la Ordenanza General Reguladora de las Bases para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Parla, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos municipales por decreto u ordenanza municipal, así como las correspondientes autorizaciones y disposiciones de gastos y la aprobación, tras los trámites oportunos, de la justificación de los fondos aportados por subvenciones.

2. La solicitud de subvenciones a otras Administraciones Públicas o entidades y aprobación de los reintegros e intereses de demora que, en su caso, procedan.

3. La autorización, disposición y reconocimiento de las obligaciones de gasto siguientes:

— Aportaciones y Transferencias a Empresas y Organismos Municipales.

— Cuotas o aportaciones por pertenencia a asociaciones, fundaciones, mancomunidades, consorcios, juntas de compensación o aquellas otras en las que se haya aprobado por el órgano competente su pertenencia o adhesión.

4. La aprobación de convenios de colaboración, protocolos de intenciones, etc., a suscribir con la Administración General del Estado, la Comunidad de Madrid, Ayuntamientos y otras Entidades en materias de su competencia.

5. La aprobación de cuantos planes y programas correspondan al Ayuntamiento y no estén atribuidos por la correspondiente normativa sectorial al Pleno.

6. La recepción de las obras de urbanización.

7. La resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en ejercicio de atribuciones delegadas a la Junta de Gobierno Local por el Alcalde.

Tercero.—Dejar sin efecto el decreto 5896 de 3 de octubre de 2024, sobre estructura, organización y delegaciones.—Vistas las modificaciones realizadas, se deja sin efecto el decreto 5896, de 3 de octubre de 2024, sobre Estructura, Organización y Delegaciones, entrando en vigor el presente Decreto desde su adopción, sin perjuicio de su notificación a las personas interesadas y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la web del Ayuntamiento de Parla.

2. Por decreto 8007 de Alcaldía, de 17 de noviembre de 2025, se acuerda la rectificación de la modificación de la delegación de las competencias de Alcaldía en los concejales/as aprobada por Decreto 7790, quedando de la siguiente forma:

Primero.—Rectificar el error material por omisión que contiene el punto 9 del decreto 7790, de 4 de noviembre de 2025, en el sentido siguiente:

Donde dice:

9. En la concejala-delegada del Área de Desarrollo Local, Igualdad, Vivienda y Consumo, que comprende:

— Formación y Empleo.

— Oficina Municipal de Vivienda.

— Igualdad, Feminismo y LGTBI.

— Violencia de género.

— Consumo.

— Comercio.

— Centro de Iniciativas Empresariales (CIE).

Se debe añadir:

— OMIC (Oficina Municipal de Atención al Consumidor).

Segundo.—Rectificar el error material que contiene el punto 9 del decreto 7790, de 4 de noviembre de 2025, respecto a las facultades de la concejala-delegada del Área de Desarrollo Local, Igualdad, Vivienda y Consumo, en el sentido siguiente:

Las siguientes facultades:

Debe eliminarse: Coordinación, desarrollo y gestión del Plan de Infancia y UNICEF.

Tercero.—Rectificar el error material por omisión que contiene el punto 11 del decreto 7790, de 4 de noviembre de 2025, respecto a las facultades de la concejala-delegada del Área de Educación, Infancia, Adolescencia, Inclusión y Agenda 2030, en el sentido siguiente:

Las siguientes facultades:

Debe incluirse: Coordinación, desarrollo y gestión del Plan de Infancia y UNICEF.

Cuarto.—Disponer la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la web del Ayuntamiento de Parla.

Parla, a 16 de abril de 2026.—El alcalde, Ramón Jurado.

(03/6.051/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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