Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
25-04-2026

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260425-14

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

14
Madrid número 18. Procedimiento 3266/2025

EDICTO

D. Daniel Alejandro Ignacio Campos, letrado de la Administración de Justicia de la sección de instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid. Plaza número 13.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 3266/2025, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia núm. 81/2026

En Madrid a 3 de marzo de 2026.

El Iltmo. Sr. Don Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre, Magistrado-Juez del Tribunal de Instancia de Madrid Sección Instrucción Plaza número 13 de esta ciudad, ha visto y examinado los presentes autos de juicio por delito leve, seguido con el número 3266/25, en los que aparecen como denunciante perjudicada Mercadona, asistida de letrada y como parte denunciada Johan Manuel Salazar Buitrago, siendo parte asimismo el Ministerio Fiscal, ha dictado la presente sentencia en base a los siguientes.

Fallo

Condeno a Johan Manuel Salazar Buitrago como autor de un delito leve contra el patrimonio, hurto, del art.234.2 del Código Penal, en grado de tentativa del art. 16 y 62 del mismo texto legal, a la pena de 29 días multa, con una cuota diaria de 7 euros, de conformidad con lo establecido en el fundamento tercero de esta resolución. La parte condenada deberá abonar las costas de este juicio.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las partes instruyéndolas de su derecho a recurrirla en apelación, ante la Ilma Audiencia Provincial de Madrid en el término de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaria, haciéndoles saber que el recurso deberá ser formalizado ante este juzgado mediante escrito, durante ese plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme estableced el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma.

Así por esta mi sentencia, la mando, pronuncio y firmo.

Publicación.—Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Magistrado-Juez, que la dictó celebrando Audiencia Pública en el día de hoy que es el día de su fecha. De lo que yo el Letrado de La Administración de Justicia doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. Johan Manuel Salazar Buitrago, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 15 de abril de 2026.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

(03/5.861/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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