Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
24-04-2026

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260424-83

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TIELMES

CONTRATACIÓN

83
Tielmes. Contratación. Adquisición inmueble

Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 124/2026, de 8 de abril de 2026, el expediente de adquisición directa del siguiente bien:

— Referencia catastral: 28146A004000470000SU.

— Localización: polígono 4, parcela 47.

— Clase: rústico.

— Superficie: 4.069 m2.

— Uso: agrario.

Se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 8.1.a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Contra la resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante Juzgado Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde la práctica de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Tielmes, a 15 de abril de 2026.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel Barbero Moreno.

(01/5.888/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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