Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 88

Fecha del Boletín 
15-04-2026

Sección 1.2.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260415-1

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

1
RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2026, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial sobre la modificación de la clasificación referida a la denominación del puesto de trabajo de Intervención, clase 1.a, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Alcorcón.

El Ayuntamiento de Alcorcón, con fecha 23 de diciembre de 2025 y presenta documentación para la modificación de la clasificación referida a la denominación del puesto de intervención, Clase 1.a, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, para su adaptación al régimen de municipios de gran población.

Visto que en el expediente consta: solicitud en modelo normalizado; acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 16 de diciembre de 2025, por el que se aprueba la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Alcorcón; solicitud fecha 19 de diciembre de 2025, por el que se acuerda solicitar, a la Comunidad de Madrid, la modificación de la clasificación referida a la denominación del puesto de trabajo de Intervención, Clase 1.a, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Vista la documentación adjunta, la modificación de la clasificación referida a la denominación sería el siguiente:

Situación actual:

— Denominación: Intervención, Clase 1.a.

— Escala: Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

— Grupo: A1.

— Subescala: Intervención-Tesorería.

— Categoría: Superior.

— Sistema de Provisión: Libre Designación.

Situación tras la modificación:

— Denominación: Intervención General, Clase 1.a.

— Escala: Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

— Grupo: A1.

— Subescala: Intervención-Tesorería.

— Categoría: Superior.

— Sistema de Provisión: Libre Designación.

Se han cumplido las prescripciones establecidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Visto el informe de la División de Asistencia y Planificación a Municipios, favorable a dicha clasificación.

Considerando que, esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el 13.4.k) del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

RESUELVO

1. Modificar la clasificación referida a su denominación del puesto de Intervención, Clase 1.a, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Alcorcón, en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en el artículo 130 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y del artículo 23 y la Disposición adicional cuarta y primera del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y conforme al Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 16 de diciembre de 2025, y la Relación de Puestos de trabajo de fecha 19 de diciembre de 2025, siendo la clasificación resultante la siguiente:

— Denominación: Intervención General, Clase 1.a.

— Escala: Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

— Grupo: A1.

— Subescala: Intervención-Tesorería.

— Categoría: Superior.

— Sistema de Provisión: Libre Designación.

2. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. Comunicar la presente Resolución al Ministerio para la Transformación Digital y Función Pública, a los efectos que sean procedentes.

4. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Presidencia y Administración Local, o ante el Director General de Reequilibrio Territorial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Asimismo, para litigios entre Administraciones públicas, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Madrid, a 27 de marzo de 2026.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Javier Carazo Gil.

(03/5.278/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260415-1