Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
11-04-2026

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260411-10

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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ADENDA de 19 de marzo de 2026, de modificación y prórroga al convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música sobre la prestación de servicios de bailarines adscritos a este Organismo Autónomo en diferentes Centros Docentes Públicos de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 19 de marzo de 2026.

INTERVIENEN

De una parte, Dña. María Paz Santa-Cecilia Aristu, Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, en nombre y representación del citado organismo, con sede en la plza. del Rey, n.o 1 (C. P. 28004) de Madrid, y NIF n.o Q2818024H; en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto 109/2024, de 23 de enero, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (“Boletín Oficial del Estado” n.o 306 de 20 de diciembre).

De otra, Dña. Mercedes Zarzalejo Carbajo, Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el apartado a) del punto 2 del artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid; y en virtud de su nombramiento realizado por Decreto 7/2026, de 16 de febrero, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente para formalizar la presente adenda de modificación y prórroga al convenio.

EXPONEN

I. Que el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante, INAEM) y la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, actual Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, suscribieron el 31 de marzo de 2022, con vigencia hasta el 5 de abril de 2026, un convenio para que el personal indefinido profesional de la danza adscrito al INAEM en el marco de la transición profesional, que haya manifestado su voluntad, pueda colaborar en las tareas de apoyo al profesorado y actividades complementarias en diferentes centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid.

II. Que el citado convenio contempla la posibilidad de prórroga, lo que requerirá el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

III. Que, durante el período de prórroga los destinos de los bailarines se circunscribirán a los Conservatorios Profesionales de Danza.

IV. Que, con la finalidad de actualizar el clausulado relativo a la protección de datos personales, en atención a la evolución y desarrollo normativo en la materia, se incorpora como anexo un compromiso de confidencialidad y deber de secreto del trabajador.

V. Que mediante la presente adenda de modificación y prórroga ambas partes unánimemente.

ACUERDAN

Primera

Prórroga y modificación del convenio

Las partes acuerdan, de conformidad con la cláusula séptima del convenio, prorrogar la vigencia del mismo hasta el 5 de abril de 2030. Así mismo, se procede a la modificación del convenio al incorporar como anexo un compromiso de confidencialidad y deber de secreto del trabajador. Además, se acuerda que, durante el período de prórroga, los destinos de los bailarines se circunscribirán a los Conservatorios Profesionales de Danza.

Segunda

Eficacia y validez de la presente adenda de modificación y prórroga al convenio

La presente adenda de modificación y prórroga al convenio tendrá efectos una vez inscrita, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicada en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «“Boletín Oficial del Estado”».

Tercera

Protección de Datos de Carácter Personal

Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.

Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la vigencia del presente convenio y una vez terminado este.

La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid y el INAEM se informan recíprocamente de que los datos personales que se recogen en virtud de este convenio, los de las partes firmantes y los del personal del INAEM que va a prestar servicios en centros de la Comunidad de Madrid, serán tratados por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, D. G. de Enseñanzas Artísticas y D. G. de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial o por el INAEM respectivamente, como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación del presente convenio.

La Comunidad de Madrid no facilitará al INAEM datos personales de alumnos ni de profesores. El personal del INAEM que participe en las actividades desarrolladas en los centros no tendrá acceso a datos personales y actuará exclusivamente en el ámbito de las funciones que se le asignen, sin necesidad de tratar información identificativa de los alumnos o de los profesores.

Dicho personal deberá firmar previamente el correspondiente compromiso de confidencialidad y secreto, que se adjunta como anexo, en cumplimiento de lo establecido en la normativa de protección de datos.

Los datos personales podrán ser comunicados a los órganos de la Comunidad de Madrid, Asamblea de Madrid, Defensor del Pueblo y otras instituciones de control. Asimismo, podrán ponerse en contacto con el delegado de protección de datos de la Comunidad de Madrid en la dirección protecciondatos.educacion@madrid.org

Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando proceda, presentado solicitud por Registro Electrónico o Registro Presencial o en los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud «Ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales»..

En aplicación de lo dispuesto en la LOPDGDD, los datos de carácter personal que figuran en el presente convenio serán tratados por el INAEM e incorporados a la actividad de tratamiento “Convenios y protocolos generales de actuación”, cuyo fin es la tramitación de los convenios y protocolos generales de actuación de los que es parte el INAEM, finalidad basada en el interés público del convenio o protocolo y en su ejecución. El responsable de dicho tratamiento será el INAEM y su delegado de protección de datos, la Secretaría General, cuyo contacto es el siguiente: dpd@inaem.cultura.gob.es

Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la Administración del Estado y al Tribunal de Cuentas, y serán publicados en el Portal de la transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Los datos personales se conservarán por el período estrictamente necesario para cumplir con la finalidad para la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio documental español.

Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando proceda, ante el INAEM, en plaza del Rey, n.o 1, C. P. 28004, Madrid; o a través de la siguiente dirección https://www.cultura.gob.es/cultura/artesescenicas/proteccion-datos.html

La información adicional y detallada sobre la política de protección de datos del INAEM, como la actividad de tratamiento, la autoridad de control o el procedimiento para el ejercicio de los derechos, entre otros, podrá ser consultada en la página web del Ministerio de Cultura, área de Artes Escénicas y Música, apartado de Servicios a la Ciudadanía.

En ambos casos, la intervención de encargados de tratamiento requerirá el consentimiento de ambas partes y la suscripción del correspondiente acuerdo de encargo conforme a lo previsto en el artículo 28 del RGPD.

Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la que han sido recabados siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio documental español y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.

Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso, a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la consideración de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.

Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza, resultante de la ejecución del presente convenio.

Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda de modificación y prórroga.

Madrid, a 19 de marzo de 2026.—En representación del INAEM, la Directora General, María Paz Santa-Cecilia Aristu.—En representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, Mercedes Zarzalejo Carbajo.

(03/5.000/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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