Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
09-04-2026

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260409-80

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

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Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones

Acuerdo de 26 de marzo de 2026 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avocan las competencias para la construcción de un área de calistenia en la zona verde situada en la calle Comandante Fontanes 12, y se delegan en el Concejal Presidente del Distrito de Carabanchel:

De conformidad con el artículo 2.2 del Decreto de 17 de junio de 2023 del Alcalde por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, al Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad le corresponden las competencias relativas a zonas verdes.

Entre los Proyectos Participativos aprobados en el ejercicio 2024 para el Distrito de Carabanchel, se encuentra el que figura con el código de proyecto de gasto 21921, formulado inicialmente como “Mejora Integral de la Parcelas del Alto de San Isidro en la calle Caronte y otras” y reformulado ante la imposibilidad de disponer de la totalidad de las parcelas por su calificación de equipamiento con destino asignado, por lo que pasó a denominarse “Área de Calistenia en la calle Caronte”, la cual se habilitaría en el resto de parcela deportiva disponible al encontrarse ocupada por la actual “Instalación Deportiva Básica Caronte” (en adelante, IDB Caronte), de manera que esta área de calistenia pasaría a formar parte de la IDB mencionada.

Con cargo a fondos de Presupuestos Participativos, la Dirección General de Participación Ciudadana aprobó la financiación en favor del Distrito de Carabanchel para acometer esta actuación con un crédito inicial para 2025 de 125.000 euros, el cual se dispuso en la partida presupuestaria 001/211/342.01/632.00.

Independientemente de los trámites relativos al Presupuesto Participativo indicado, en el pleno de la junta municipal de Distrito de 11 de septiembre de 2025 se resolvió lo siguiente: “9. Aprobar la proposición n.o 2025/1052609 presentada por el Consejo de Proximidad interesando proponer a la Junta Municipal la mejora del barrio de San Isidro. Zona verde calle Comandante Fontanes, 12. Promover las actuaciones necesarias para la “Rehabilitación de la zona verde junto a la calle Comandante Fontanes 12, con inclusión de nuevas áreas infantiles y/o deportivas de calistenia, mejoras de caminos y zonas estanciales; incluyendo mejora de accesibilidad y conexión con calles colindantes y Parque de San Isidro”.

El espacio al que se refiere la proposición aprobada en el pleno citado se ubica en la Colonia del Camino Alto de San Isidro en la que también se sitúa la IDB Caronte. Esta ubicación supone por disponibilidad de espacios, entorno en el que se implanta y agrupación de posibles equipamientos deportivos y de ocio, un lugar mucho más adecuado para la creación del área de calistenia que fue aprobado en los presupuestos participativos. Sin embargo, su inclusión en la IDB Caronte implicaría tener que ajustarse al resto de parcela disponible en dicha instalación deportiva cuyas dimensiones son bastante limitadas acortando, de ese modo, en exceso la composición del área de calistenia.

Por todo ello se ha considerado oportuno que, como parte de las actuaciones que este Distrito se ha comprometido a promover para la “Rehabilitación de la zona verde junto a la calle Comandante Fontanes 12, con inclusión de nuevas áreas infantiles y/o deportivas de calistenia, mejoras de caminos y zonas estanciales; incluyendo mejora de accesibilidad y conexión con calles colindantes y Parque de San Isidro”, se ejecute la “Creación de Área de Calistenia en la zona verde situada junto a la calle Comandante Fontanes 12”, con lo que se cumplimenta a su vez el fin del Proyecto Participativo con el código de proyecto de gasto 21921.

De conformidad con el apartado 19.o 1.3 a) y c) del Acuerdo de 29 de junio de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, corresponde a la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes las competencias para planificar y supervisar las actividades municipales en materia de parques, jardines, zonas verdes y arbolado urbano, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los Distritos, así como para impulsar las acciones y programas relacionados con los parques y viveros municipales y con las zonas verdes, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los Distritos.

Por su parte, el apartado 20.o 1.1.a) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad atribuye a la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos la competencia para planificar, establecer y ejecutar las directrices generales de los servicios en materia de limpieza urbana y de recogida de los residuos municipales de carácter urbano de la ciudad de Madrid. También en materia de equipamientos de áreas infantiles, áreas de mayores, áreas caninas, circuitos deportivos elementales y de mobiliario urbano de la ciudad de Madrid, en este caso, en colaboración con los Distritos y sin perjuicio de las competencias atribuidas a los mismos en su ámbito territorial.

Finalmente, el apartado 20.o 1.2.c) del mismo acuerdo establece que corresponde a la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos la competencia para adquirir e instalar el mobiliario urbano y equipamientos, en colaboración con la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras y el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, excepto la adquisición e instalación de elementos de señalización de polígonos industriales MU-215 y MU-216, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes y a los Distritos.

No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones de índole económica, territorial, técnica y de urgencia que aconsejan que, de forma puntual, la actuación proyectada se realice por el propio Distrito de Carabanchel.

Dichas razones se derivan, en primer lugar, de que el presupuesto para la realización de la actuación proviene del Presupuesto Participativo aprobado en el año 2024, en base al cual se dispuso esta intervención el pasado año 2025, por lo que, desde los servicios del Distrito se procedió a la redacción del correspondiente proyecto de ejecución, el cual se había previsto realizar con cargo a la partida del año 2025 001/211/342.01/632.00 (Instalaciones Deportivas/Reformas). Al haberse modificado la ubicación inicial del Área de Calistenia, en base a la proposición aprobada en el pleno de la junta municipal de Distrito de 11 de septiembre de 2025, ha hecho necesaria la tramitación de la presente avocación de competencias, sin la cual no ha sido posible iniciar las obras del previstas. Es por ello por lo que se ha solicitado la reincorporación del crédito inicial a la partida del presente año 2026 (001/211/342.01/632.00 (Instalaciones Deportivas / Reformas)). Encontrándose ya redactado el proyecto, el coste de las actuaciones se ha valorado definitivamente en 124.903,79 euros, sobre los 125.000 euros previstos inicialmente en la partida mencionada. La disponibilidad de este presupuesto y su asignación al Distrito desde el inicio del correspondiente “Participativo” constituye la razón económica para la ejecución de las actuaciones por el propio Distrito.

Por otra parte, el Distrito ya tiene localizada e identificada la parcela propicia para acometer la actuación y tiene elaborado el proyecto para la construcción del área de calistenia en la misma, razón técnica y territorial para su ejecución desde los servicios del Distrito. Por último indicar que existe un compromiso de dar cumplimiento a lo aprobado por los Presupuestos Participativos del 2024, así como iniciar parte de las actuaciones recogidas los acuerdos del Pleno de la Junta Municipal de Distrito de Carabanchel. La ejecución de un proyecto de remodelación integral del parque de la calle Comandante Fontanes que abordase tanto esta actuación, como el resto que se derivan de la necesidad de rehabilitación de esta zona verde, supondría una demora muy significativa de la actuación ya proyectada y desatendería los acuerdos ya consolidados por Presupuestos Participativos del año 2024. Es por ello que se estima imprescindible acometer la construcción del Área de Calistenia con la mayor celeridad posible, lo que constituye las razones de urgencia que aconsejan su ejecución desde el Distrito.

Para que las actuaciones indicadas se realicen por el Distrito, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque las competencias anteriormente indicadas, y que tales competencias sean posteriormente delegadas en el Concejal Presidente de Distrito de Carabanchel, única y exclusivamente en lo relativo a la redacción del proyecto, preparación, tramitación, adjudicación, formalización y ejecución de los contratos relativos a la “Construcción de Área de Calistenia en la Zona Verde situada en la calle Comandante Fontanes 12”.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias y del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 26 de marzo de 2026,

ACUERDA

Primero.—Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes en el apartado 19.o 1.3 a) y c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad y en la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos en el apartado 20.o 1.2.c) del mismo acuerdo, única y exclusivamente en lo relativo a la redacción del proyecto, preparación, tramitación, adjudicación, formalización y ejecución de los contratos relativos a la “Construcción de Área de Calistenia en la Zona Verde situada en la calle Comandante Fontanes 12”.

Segundo.—Delegar en el Concejal Presidente del Distrito de Carabanchel las competencias avocadas en el apartado primero.

Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos.

Tercero.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan o contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.

Cuarto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias a dictar los decretos que sean necesarios para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Quinto.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

Sexto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

Séptimo.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

Madrid, a 26 de marzo de 2026.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

(03/4.875/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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