Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
09-04-2026

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260409-51

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

51
RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2026, del Rector de la Universidad de Alcalá, sobre delegación de competencias en diversos órganos de gobierno unipersonales de esta universidad.

El artículo 50 de la vigente Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, atribuye al Rector las funciones de dirección, gobierno y gestión de la Universidad, así como la representación de ésta ante otras universidades, organismos, instituciones, Administraciones Públicas o entidades sociales o empresariales locales, nacionales e internacionales.

Además, el mismo artículo le confiere el ejercicio de las funciones propias de máximo órgano académico de la Universidad, correspondiéndole asimismo cuantas competencias no sean expresamente atribuidas a otros órganos de la Universidad.

En desarrollo de esta previsión legal, los Estatutos de la Universidad de Alcalá recogen diversas competencias atribuidas de forma expresa a la persona titular del Rectorado. Al objeto de lograr una mayor agilidad y eficacia en la gestión de la actividad universitaria, así como para facilitar el cumplimiento de los fines institucionales, el Rector de la Universidad de Alcalá ha acordado delegar algunas de sus competencias en determinados órganos unipersonales de gobierno de la Universidad.

En virtud de lo anterior, este Rectorado,

RESUELVE

Primero

Delegar en el/la Vicerrector/a de Investigación y Transferencia

a) La ordenación y coordinación de las actividades y convocatorias de Investigación, a través de los Departamentos, Grupos de Investigación, Institutos Universitarios de Investigación y Centros de Apoyo a la Investigación.

b) La resolución de las convocatorias del Programa Propio de Investigación y Transferencia.

c) La supervisión del funcionamiento y de la gestión de recursos y medios de la Biblioteca Universitaria.

d) La presidencia del Órgano de Gobierno de la Biblioteca Universitaria.

e) La dirección de las políticas de Doctorado.

f) La ordenación y coordinación de las actividades de Transferencia de Conocimiento e Innovación y la gestión y seguimiento de los Parques Científicos y Tecnológicos.

g) La gestión y dirección de la Oficina de Transferencia del Conocimiento.

h) La gestión y seguimiento de las solicitudes de patentes, marcas y registros de la Universidad de Alcalá ante la Oficina Española de Patentes y Marcas u otras oficinas o registros oficiales de propiedad industrial y/o intelectual.

i) La representación de la Universidad de Alcalá en los Institutos de Investigación Sanitaria.

j) La suscripción, dentro del ámbito de competencias delegadas en este Vicerrectorado, de convenios, contratos y acuerdos, tanto de cesión de titularidad de derechos de explotación de una obra o invención, que se suscriben con los autores o inventores de la misma en beneficio de la Universidad, como de licencia de propiedad industrial y/o intelectual.

k) La suscripción, en nombre y representación de la Universidad de Alcalá, de cuantos documentos públicos o privados sea legalmente necesario formalizar para la constitución de Empresas de Base Tecnológica, así como de todos aquellos otros que se deriven de los anteriores.

l) La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de convenios, declaraciones de intereses o pactos en materias de su competencia con carácter general.

Segundo

Delegar en el/la Vicerrector/a de Personal Docente e Investigador

a) Las competencias en materia de Personal Docente e Investigador universitario, excepto las legalmente indelegables.

b) La evaluación de las necesidades de Profesorado para la implantación o modificación de titulaciones oficiales.

c) La gestión de los Programas de Movilidad del Personal Docente e Investigador, excepto los correspondientes al Programa Propio de Investigación.

d) La ordenación y coordinación de Departamentos Universitarios, así como la relación con los mismos.

e) La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de convenios, declaraciones de intereses o pactos en materias de su competencia con carácter general.

Tercero

Delegar en el/la Vicerrector/a de Estudios Oficiales

a) Las políticas relativas a las titulaciones de Grado.

b) La ordenación y coordinación de Facultades, Escuelas y Centros Docentes de la Universidad de Alcalá.

c) La organización del acceso a los estudios de Grado.

d) La supervisión de las Secretarías de Estudiantes de Grado, así como de los procesos de matrícula, de convalidación de estudios y de becas y ayudas.

e) Las políticas de adscripción de Centros Externos y las relaciones con ellos.

f) Las políticas de captación e información a futuros estudiantes.

g) El establecimiento de protocolos de conexión y accesibilidad de la Universidad para con las instituciones de niveles educativos no universitarios.

h) La dirección de las políticas relativas a Másteres Universitarios.

i) La supervisión de las Secretarías de Estudiantes de Estudios Oficiales de Posgrado.

j) La organización del acceso a los estudios oficiales de Posgrado.

k) La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de convenios, declaraciones de intereses o pactos en materias de su competencia con carácter general.

Cuarto

Delegar en el/la Vicerrector/a de Enseñanzas Propias, Empleabilidad y Relaciones con Empresas

a) La dirección de las políticas en materia de Enseñanzas Propias y de Extensión Universitaria.

b) La supervisión de las Secretarías de Estudiantes de Enseñanzas Propias y de Extensión Universitaria.

c) La organización del acceso a las Enseñanzas Propias y de Extensión Universitaria.

d) La expedición de Títulos Propios.

e) La representación de la Universidad en las actividades de Extensión Universitaria.

f) La planificación, gestión, ejecución y seguimiento de los Cursos de Verano.

g) La planificación, gestión, ejecución y seguimiento de la Universidad de mayores.

h) La gestión de las Prácticas Externas de Estudios Oficiales y de Enseñanzas Propias.

i) Las relaciones de la Universidad con el sector productivo y las empresas.

j) Las políticas de Empleabilidad y Emprendimiento.

k) La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de convenios, declaraciones de intereses o pactos en materias de su competencia con carácter general.

Quinto

Delegar en el/la Vicerrector/a de Estudiantes, Vida Saludable y Campus de Torrejón

a) Las relaciones con los estudiantes y la representación ordinaria ante los órganos y organizaciones estudiantiles.

b) El apoyo y la orientación al estudiante.

c) La Orientación Psicopedagógica.

d) Las políticas de Bienestar y Salud Emocional.

e) La dirección y supervisión de las políticas universitarias en materia de Deporte.

f) La coordinación de AlumniUAH.

g) La coordinación con los Vicerrectorados competentes de todas las actividades docentes, investigadoras y de extensión universitaria en las sedes de la Universidad en el Campus de Torrejón de Ardoz.

h) Las relaciones con el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y con otras entidades públicas y privadas radicadas en su término municipal para la puesta en marcha de actividades docentes, investigadoras y de extensión universitaria en el municipio de Torrejón de Ardoz.

i) La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de convenios, declaraciones de intereses o pactos en materias de su competencia con carácter general.

Sexto

Delegar en el/la Vicerrector/a de Internacionalización

a) El establecimiento de relaciones académicas, culturales o científicas con instituciones extranjeras.

b) El desarrollo y supervisión de las estrategias de Internacionalización de la Universidad de Alcalá.

c) La interlocución con Alianzas Europeas y con Organismos y Redes Internacionales.

d) El establecimiento de programas internacionales de Cooperación Académica y Científica.

e) La organización y gestión de Programas de Intercambio y Movilidad Internacional de Profesores, Investigadores, Estudiantes y Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios.

f) La coordinación del Programa de Bienvenida para estudiantes y profesores internacionales.

g) El diseño y gestión de la política lingüística de la Universidad de Alcalá.

h) Las políticas conducentes al reconocimiento y expansión internacional de las titulaciones de Grado, Posgrado y Doctorado de la Universidad de Alcalá, en coordinación con los Vicerrectorados con competencias en estas materias.

i) La organización y ejecución de los cursos de la Escuela Internacional de Verano e Invierno.

j) La definición de estrategias para la captación de estudiantes internacionales, la atracción de talento y la promoción de la Universidad de Alcalá en el extranjero.

k) La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de convenios, declaraciones de intereses o pactos en materias de su competencia con carácter general.

Séptimo

Delegar en el/la Vicerrector/a de Campus de Guadalajara

a) La representación ordinaria del Rector ante las autoridades locales, provinciales y regionales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

b) La coordinación con los Vicerrectorados competentes de todas las actividades docentes, investigadoras y de extensión universitaria en las sedes de la Universidad de Alcalá en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

c) La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de convenios, declaraciones de intereses o pactos en materias de su competencia con carácter general.

Octavo

Delegar en el/la Vicerrector/a de Estrategia y Calidad

a) La organización, planificación, gestión y seguimiento de los Sistemas de Calidad de Grados, Másteres y Doctorados.

b) La organización, planificación, gestión y seguimiento de los Sistemas de Calidad de los Estudios de Formación Permanente y otras enseñanzas no regladas.

c) Los procesos de verificación y de modificación de las titulaciones de Grado, Posgrado y Doctorado.

d) La gestión de la renovación de la acreditación de las titulaciones oficiales.

e) La gestión de los procedimientos de Acreditación Institucional.

f) La gestión del Programa de Evaluación del Profesorado Universitario.

g) La planificación e implementación de procedimientos de Calidad en los diferentes ámbitos de la universidad.

h) La implantación y seguimiento del Plan Estratégico Universidad de Alcalá-2036.

i) Las políticas de Transparencia Institucional.

j) La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de convenios, declaraciones de intereses o pactos en materias de su competencia con carácter general.

Noveno

Delegar en el/la Vicerrector/a de Relaciones Institucionales, Responsabilidad Social y Cultura

a) Las relaciones con instituciones públicas y privadas, excepto en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y el municipio de Torrejón de Ardoz.

b) La supervisión y coordinación de las políticas de Igualdad, Diversidad y Discapacidad.

c) La supervisión de las actividades de la Editorial Universidad de Alcalá.

d) La dirección de las políticas universitarias en materia de Cooperación y Voluntariado.

e) La dirección y supervisión de las políticas universitarias en materia de Cultura.

f) La dirección y supervisión de las políticas universitarias en materia de Sostenibilidad.

g) La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de convenios, declaraciones de intereses o pactos en materia de su competencia.

Décimo

Delegar en el/la Vicerrector/a de Transformación Digital

a) El establecimiento, dirección y coordinación de las políticas universitarias en materia de Transformación Digital y Simplificación Administrativa.

b) La planificación y gestión de los medios informáticos y los equipamientos tecnológicos de la Universidad.

c) La ordenación y coordinación del Desarrollo de Aplicaciones de la Universidad.

d) La supervisión de los Servicios Tecnológicos de la Universidad.

e) La dirección y supervisión de la política en materia de Seguridad Informática.

f) La dirección y supervisión de la política de Protección de Datos.

g) La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de convenios, declaraciones de intereses o pactos en materias de su competencia con carácter general.

Undécimo

Delegar en el/la Vicerrector/a de Asuntos Económicos e Infraestructuras

a) La planificación, coordinación y gestión de las políticas Económicas y de Gestión de las Infraestructuras en coordinación con la Gerencia.

b) La coordinación del Plan de Captación de Recursos de la Universidad, incluidas las políticas de Mecenazgo.

c) La elaboración de la propuesta de Programación Plurianual, en coordinación con la Gerencia.

d) La propuesta al Consejo de Gobierno de las directrices a que haya de ajustarse la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto, en coordinación con la Gerencia.

e) El estudio, valoración y seguimiento de los Convenios de Financiación y de Inversiones.

f) Las competencias, en coordinación con la Gerencia, relacionadas con el desarrollo de la Contabilidad Analítica.

g) La supervisión de los Acuerdos de Encargo a medios propios personificados.

h) El seguimiento de la tramitación y ejecución de los contratos mayores de obras en coordinación con la Gerencia.

i) La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de convenios, declaraciones de intereses o pactos en materias de su competencia con carácter general.

Duodécimo

Delegar en el/la Vicerrector/a de Coordinación, Innovación Docente y Formación del Profesorado

a) La coordinación de las actuaciones del Equipo de Gobierno y del Consejo de Dirección.

b) La coordinación de las relaciones entre el Equipo de Gobierno y los Decanos y Directores de Centro, Directores de Departamento y Directores de Institutos Universitarios.

c) La coordinación de actividades transversales entre diferentes Vicerrectorados.

d) La coordinación del Gabinete del Rector en las actividades del Equipo de Gobierno y del Consejo de Dirección.

e) El establecimiento, dirección y coordinación de las políticas universitarias en materia de Comunicación.

f) La planificación y coordinación de Programas de Innovación Docente y Apoyo a la Docencia presencial y virtual.

g) La ordenación y coordinación de los Centros de Apoyo a la Docencia.

h) La planificación, implementación y coordinación de metodologías de enseñanza on-line e híbridas.

i) La gestión del Programa de Formación del Profesorado.

j) La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de convenios, declaraciones de intereses o pactos en materias de su competencia con carácter general.

Decimotercero

Delegar en el/la Gerente

a) El ejercicio de la jefatura inmediata del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad.

b) La ordenación y autorización del gasto de la Universidad.

c) La aprobación y vigilancia de las inversiones en obras, mobiliario y equipos de la Universidad en coordinación con el Vicerrectorado de Asuntos Económicos e Infraestructuras.

d) La autorización del uso de espacios universitarios y la elaboración de la propuesta de tarifas para su elevación al Consejo Social.

e) La tramitación y formalización de los Encargos a Medios Propios Personificados de la Universidad de Alcalá, sus modificaciones y prórrogas.

f) La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de convenios, declaraciones de intereses o pactos en materias de su competencia con carácter general.

Decimocuarto

En su respectivo ámbito funcional, los/as Vicerrectores/as, el/la Secretario/a General y el/la Gerente desempeñarán los cargos de representación en cualesquiera órganos colegiados de entidades públicas o privadas para los que resulte llamado el Rector por las respectivas normas de funcionamiento de aquellos, en atención a la delegación en cada caso otorgada y a lo que dispongan de forma expresa a este respecto dichas normas.

Decimoquinto

Todas las competencias que resultan objeto de delegación en la presente Resolución podrán ser en cualquier momento objeto de avocación por el Rector, conforme a lo previsto en el artículo 10 de la vigente Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Decimosexto

De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la misma Ley 40/2015, de 1 de octubre, no podrán delegarse las competencias que se ejerzan por delegación.

Decimoséptimo

Las resoluciones administrativas adoptadas en uso de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia, con cita de esta Resolución y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Decimoctavo

Quedan derogadas y sin efecto las Resoluciones del Rector de la Universidad de Alcalá de 29 de marzo de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94, de 21 de abril de 2022), de 31 de mayo de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 136, de 9 de junio de 2022), de 24 de junio de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 157, de 4 de julio de 2022), de 22 de marzo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 86, de 11 de abril de 2024), de 18 de febrero de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 50, de 28 de febrero de 2025), y de 4 de febrero de 2026 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 37, de 13 de febrero de 2026), así como todas aquellas Resoluciones de Delegación de Competencias en órganos de carácter unipersonal que se opongan o contraríen a lo dispuesto en la presente Resolución.

Decimonoveno

La entrada en vigor de la presente Resolución tendrá lugar el día 27 de marzo de 2026.

Vigésimo

La presente Resolución será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial de la Universidad de Alcalá”.

Alcalá de Henares, a 26 de marzo de 2026.—El Rector, Carmelo García Pérez.

(03/4.916/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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