Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
09-04-2026

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260409-16

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

16
RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2026, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba y publica el programa, regulación y duración del curso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, previsto en la Orden 1505/2023, de 6 de junio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

Mediante la Orden 1505/2023, de 6 de junio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de junio) se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

La base décima de la citada Orden establece que los aspirantes que superen la oposición habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, que será organizado por la Dirección General competente en materia de Función Pública, cuyo programa, regulación y duración, se establecerá por Resolución de este mismo centro directivo y será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La programación de este curso se ha planificado de conformidad con los criterios que al respecto se contienen en la Orden de 1 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de la Comunidad de Madrid, especialmente en atención a lo previsto en la instrucción decimotercera “Cursos selectivos y períodos de prácticas”.

En virtud de cuanto antecede, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 15, apartado p) del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,

RESUELVO

Primero

Objetivo general

La finalidad primordial del curso selectivo es la adquisición por los aspirantes a ingresar en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, de las habilidades y conocimientos, tanto teóricos como prácticos, que complementen los adquiridos durante la oposición, en orden a garantizar su preparación específica y la acreditación de las aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones propias de dicho Cuerpo.

Segundo

Duración y programa

1. El curso selectivo tendrá una duración de 90 horas lectivas.

Sin perjuicio de la comparecencia de los aspirantes ante el órgano calificador para la exposición del trabajo al que se refiere el apartado quinto de esta resolución, el curso selectivo se considerará finalizado el último día del período lectivo, previsto para el día 22 de mayo de 2026.

2. El programa estará integrado por los siguientes grupos de materias, con la duración que, igualmente, se indica a continuación:

— Grupo 1.—“Valores e innovación en el servicio público” (20 horas).

• Módulo I.—“Ética e integridad en la gestión pública” (5 horas).

• Modulo II.—“Gestión por objetivos, gestión de proyectos y planificación estratégica” (5 horas).

• Módulo III.—“Evaluación de políticas públicas” (5 horas).

• Módulo IV.—“Un ejemplo práctico de innovación en el empleo público: la evaluación del desempeño y la carrera profesional horizontal” (5 horas).

— Grupo 2.—“Las líneas esenciales de la actividad administrativa: algunos ejemplos prácticos” (40 horas).

• Subgrupo 1.—“Producción Jurídica de la Administración” (20 horas).

– Módulo I.—“Elaboración de resoluciones, documentos y actos administrativos. Elaboración de disposiciones de carácter general. Técnica normativa” (10 horas).

– Módulo II.—“Mejora regulatoria y evaluación de impactos” (10 horas).

• Subgrupo 2.—“La Gestión Económica de la Administración” (20 horas).

– Modulo I.—“Elaboración y ejecución de un programa presupuestario” (10 horas).

– Módulo II.—“Preparación, adjudicación y ejecución de un expediente de contrato administrativo” (10 horas).

— Grupo 3.—“Transformación digital e Inteligencia Artificial en la Administración de la Comunidad de Madrid” (20 horas).

• Módulo 1.—“El plan de capacitación digital de los empleados públicos de la Comunidad de Madrid” (5 horas).

• Módulo 2.—Transformación digital e inteligencia artificial en la Comunidad de Madrid: de la carpeta al cloud” (15 horas).

— Grupo 4.—“Soft skills: competencias emocionales, sociales e interpersonales del directivo” (10 horas).

• Módulo 1.—“Liderazgo y dirección de equipos” (5 horas).

• Módulo 2.—“Técnicas de negociación y resolución de conflictos” (5 horas).

Cada uno de los grupos de materias podrá estar dirigido por uno o varios coordinadores. De acuerdo con lo previsto en la Orden de 17 de diciembre de 2025, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los baremos aplicables y los criterios adicionales de gestión respecto de las acciones formativas para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, en aquellos cursos de duración igual o superior a 50 horas, que se encuentren estructurados en módulos diferenciados con una duración no inferior a 10 horas, podrá designarse un coordinador para cada módulo. Los coordinadores asumirán las funciones relativas a la configuración académica de la acción formativa, propuesta, en su caso, de docentes, y control y supervisión del desarrollo e impartición del mismo.

Tercero

Régimen académico

Será obligatoria la asistencia a las clases y actividades que se organicen, así como la realización de los trabajos y pruebas que se soliciten a los aspirantes durante el desarrollo del curso. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas, valoradas por la Dirección General de Función Pública, originará la imposibilidad de concurrir a la exposición de su trabajo ante el órgano calificador y, por tanto, la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.

Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Cuarto

Régimen disciplinario

Durante la realización del curso selectivo los aspirantes, que previamente habrán sido nombrados funcionarios en prácticas, estarán sometidos a la normativa sobre régimen disciplinario aplicable a los funcionarios, sin perjuicio de las normas especiales que regulen su procedimiento de selección.

El incumplimiento injustificado de las obligaciones académicas por parte de los aspirantes supondrá la pérdida de los derechos adquiridos, sin perjuicio de los efectos que pudieran derivarse del régimen disciplinario.

Quinto

Sistema de evaluación

1. Sin perjuicio de las obligaciones académicas anteriormente expuestas, y de conformidad con lo dispuesto en la base décima de la Orden 1505/2023, de 6 de junio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, con objeto de la superación del curso, los aspirantes que participen en él deberán realizar un trabajo que se expondrá ante la Comisión Delegada de la Comisión Permanente de Selección, cuyo contenido versará sobre los conocimientos teórico-prácticos recibidos durante el desarrollo del curso.

2. El trabajo tomará la forma de un breve ensayo sobre cualquiera de los módulos incluidos en el curso, a elección del alumno. Queda, igualmente, incluida la posibilidad de combinar varios módulos.

Este ensayo podrá consistir en una reflexión teórico-conceptual sobre alguna de las materias objeto del curso; en una exposición del estado de situación doctrinal; en un estudio de caso o de buena práctica sobre el particular, tanto en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid como en cualquier otra Administración Pública; o en el diseño de un proyecto general de mejora en un ámbito concreto de la gestión administrativa, de acuerdo con las características propias de la gestión de proyectos.

3. El formato del trabajo será electrónico, y se entregará como un pdf.

4. La extensión del trabajo es libre, debiendo estar comprendida entre un mínimo de diez páginas y un máximo de veinte. No podrán incluirse imágenes, pero sí gráficos, cuadros, diagramas y bibliografía.

El formato será el siguiente:

— Letra Arial 11.

— Interlineado 1,5.

— Justificado.

— Márgenes de las páginas normales, sin alineaciones específicas.

— Número de páginas en letra Arial 11, esquina inferior derecha.

5. Los aspirantes, con anterioridad a las 24 horas del día 26 de mayo de 2026, deberán remitir a la Comisión Delegada de la Comisión Permanente de Selección, por correo electrónico, una copia de su trabajo, con identificación de la persona autora del mismo. La dirección de correo electrónico a la que deberán remitirse los trabajos es comision.seleccion@madrid.org

6. La exposición será calificada por dicho órgano de selección como “apta” o “no apta”, debiéndose tomar en consideración a tal efecto, los siguientes criterios de valoración:

— Nivel y comprensión de conocimientos.

— Relevancia e interés de su contenido.

— Ordenación y conexión de ideas.

— Capacidad de expresión oral y fluidez verbal.

— Claridad y dinamismo en la exposición.

— Originalidad en su presentación y contenido.

Sin perjuicio del sistema de citas comúnmente establecido, la reproducción, total o parcial, de cualquier artículo, publicación, tesis doctoral, o cualquier otro documento o estudio de similar naturaleza, que pudiera existir en la temática correspondiente dará lugar a la calificación de la memoria como “no apta”.

No se entenderá superado el curso si la calificación obtenida es “no apta”, perdiendo el aspirante afectado por dicha calificación derecho a su nombramiento como funcionario de carrera mediante Resolución motivada de la Dirección General de Función Pública, a propuesta del correspondiente órgano calificador.

Sexto

Calendario de exposición de los trabajos

1. El trabajo será expuesto por cada aspirante ante la Comisión Delegada de la Comisión Permanente de Selección en la fecha que dicho órgano determine, a través del oportuno llamamiento.

La fecha de inicio de las intervenciones de los aspirantes ante la Comisión Delegada de la Comisión Permanente de Selección se hará pública en los correspondientes tablones de anuncios, así como en la página web de la Comunidad de Madrid, de conformidad con los plazos y condiciones enunciados a continuación. En todo caso, la citada comisión publicará el calendario de exposiciones antes del día 20 de mayo de 2026, de acuerdo con los siguientes criterios:

— El aspirante deberá exponer su trabajo durante un tiempo mínimo de quince minutos y máximo de veinticinco minutos.

— Deberá convocarse, al menos, a dos aspirantes por hora.

— Las sesiones de exposición de trabajos deberán extenderse, como mínimo, a cinco horas diarias de lunes a viernes. Las sesiones podrán desarrollarse en horario de mañana, de tarde, o sucediéndose ambos horarios en el mismo día.

— Las exposiciones deberán estar finalizadas, como muy tarde, en la fecha máxima del 1 de junio de 2026, incluido.

2. Finalizadas las exposiciones de los trabajos, la Comisión Delegada de la Comisión Permanente de Selección hará pública, en los términos expresados en la base séptima, apartado 8.2 de la Orden 1505/2023, de 6 de junio, la relación de los aspirantes que lo hayan superado.

Asimismo, la Comisión Delegada de la Comisión Permanente de Selección elevará a la Dirección General de Función Pública la lista definitiva de aprobados en el plazo máximo de tres días hábiles desde la finalización del período de exposición de los trabajos, y, en todo caso, con anterioridad al día 4 de junio de 2026, incluido.

Séptimo

Sesión inaugural

A efectos de dar inicio al curso selectivo, se convoca a todos los aspirantes que hayan superado la fase de oposición del proceso de referencia a que comparezcan a las 9:00 horas del día 27 de abril de 2026, en el aula 13 de las instalaciones que la entidad Ibercenter Business (AZCA), tiene ubicadas en la plaza Carlos Trías Bertrán, número 4, 28020 Madrid.

Asimismo, se convoca al aspirante que superó la fase de oposición del proceso selectivo convocado mediante Orden 442/2021, de 13 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de noviembre) D. Guillermo Javier Goberna Crespo, que no participó en el curso selectivo previsto en la misma, por concurrencia de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, quien de acuerdo con lo prevenido en la citada Orden, puede participar, por una sola vez, en el curso selectivo inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Octavo

Lugares de impartición y horario

El curso se desarrollará en las instalaciones que la entidad Ibercenter Business (AZCA), tiene ubicadas en la plaza Carlos Trías Bertrán, número 4, 28020 Madrid.

El curso está diseñado para su impartición en horario de mañana y modalidad presencial. No obstante, para afrontar eventualidades no previstas o por razones organizativas, con el objetivo de cumplir el calendario previsto del curso, alguna clase o módulo podría impartirse por videoconferencia, o en horario de tarde.

Noveno

Recursos

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 25 de marzo de 2026.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.

(03/4.859/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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