Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
08-04-2026

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260408-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

OFERTAS DE EMPLEO

59
Paracuellos de Jarama. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, en sesión extraordinaria urgente celebrada el día 19 de marzo de 2026, entre otros, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Declarar la caducidad de las ofertas de empleo público correspondiente a las siguientes plazas, al no haber sido ejecutada la convocatoria en el plazo improrrogable de tres años según lo establecido en el artículo 70.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en aplicación de la interpretación que a dicho precepto ha dado la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de julio de 2025 (ECLI:ES:TS: 2025:3549):

1. Una plaza del proceso selectivo de peón de servicios múltiples, procedente de la OEP 2021, aprobada en sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local de 7 de abril de 2021, convocatoria “Boletín Oficial del Estado” número 311, de jueves 26 de diciembre de 2024.

2. Una plaza del proceso selectivo de conserje, procedente de la OEP 2022, aprobada en sesión extraordinaria de Junta de Gobierno Local de 20 de mayo de 2022, convocatoria “Boletín Oficial del Estado” número 311, de jueves 26 de diciembre de 2024.

Segundo.—Reconocer a los aspirantes presentados al proceso selectivo el derecho a la devolución de las cantidades abonadas como tasas de examen previa la solicitud de estos al concurrir la caducidad del proceso selectivo por causa no imputable a los mismos.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento”.

Contra el presente acuerdo, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el alcalde-presidente de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Paracuellos de Jarama, a 26 de marzo de 2026.—El alcalde, Jesús Muñoz Muñoz.

(01/4.831/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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