Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
08-04-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260408-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

40
Alcorcón. Régimen económico. Matrícula impuestos

Exposición al público de la matrícula del impuesto sobre actividades económicas del año 2026.

Remitida por la Administración Tributaria Estatal la matrícula provisional correspondiente al impuesto sobre actividades económicas del ejercicio 2026, estará expuesta en el Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento (Plaza de los Reyes de España, número 1), durante los quince días siguientes a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.

Los interesados podrán interponer contra la matrícula, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al del término del período de exposición pública, los siguientes recursos:

— Con carácter potestativo y previo a la reclamación económico-administrativa, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. En este caso, no podrá promover la reclamación económico -administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo.

— Directamente, reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid, dirigida al órgano que dictó el acto.

Todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan las normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas.

Alcorcón, a 24 de marzo de 2026.—La concejala-delegada de Hacienda y Contratación, Raquel Peral Rodero.

(01/4.766/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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