Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
08-04-2026

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260408-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 532/2026, de 26 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se determina la composición del Jurado de los “Premios Siete Estrellas del Deporte de la Comunidad de Madrid”, de las ediciones 2024 y 2025.

Mediante la Orden 587/2008, de 17 de julio, se aprobaron las bases reguladoras de los “Premios Siete Estrellas del Deporte de la Comunidad de Madrid”, en cuyo artículo 5 se establece que la composición del Jurado que ha de fallar dichos premios, se determinará mediante Orden del Consejero competente en materia de Deportes, la cual se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, estableciéndose, asimismo, que dicho Jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio en el ámbito del deporte, que serán designadas por dicho consejero, quien ostentará la presidencia del mismo, y al que corresponde designar un secretario, que será un funcionario de dicha consejería, y que realizará las funciones de recibir, ordenar y clasificar las solicitudes presentadas, preparar la documentación que se someterá al Jurado y levantar acta de la reunión celebrada y el fallo emitido.

Mediante la Orden 3653/2017, de 5 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, se modifica la Orden 587/2008, de 17 de julio, entre otros, con el fin de adaptar su texto a las disposiciones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como para introducir dos nuevas categorías de premios.

Mediante la Orden 393/2026, de 9 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte fueron convocadas las ediciones correspondientes a los años 2024 y 2025 de los “Premios Siete Estrellas del Deporte de la Comunidad de Madrid”. Corresponde ahora designar al jurado calificador de los citados premios.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes, a propuesta del director general de Deportes,

DISPONGO

Primero

Composición del jurado calificador

El jurado previsto en el artículo 5 de la Orden 587/2008, de 17 de julio, para fallar las ediciones correspondientes a los años 2024 y 2025 de los “Premios Siete Estrellas del Deporte de la Comunidad de Madrid”, estará compuesto por las siguientes personas:

a) D. Alberto Tomé González.

b) D. Gaspar Díaz Jiménez.

c) D. Alejandro Blanco Bravo.

d) D. Alberto Durán López.

e) D.a Teresa Perales Fernández.

f) D. Daniel Javier Caverzaschi Arzola.

g) D. José Antonio Herreros Ortega.

h) D. José Félix Díaz Fernández.

i) D. Juan Ignacio Gallardo Tomé.

j) D. Javier Callejo Caballero.

k) D.a María Dolores Romero Martín.

l) D. Emilio Butragueño Santos.

m) D.a Ana Isabel Medina Garrigues.

n) D.a Amaya Valdemoro Madariaga.

o) D.a María Cabezón Jiménez.

p) D. Rodolfo Fernández Farrés.

Segundo

Designación de secretario

Se designa como secretario del Jurado de las ediciones correspondientes a los años 2024 y 2025 de los “Premios Siete Estrellas del Deporte de la Comunidad de Madrid” al titular de la Subdirección General de Gestión Deportiva de la Dirección General de Deportes.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.1 y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Publicación y efectos

La presente Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y producirá efectos desde el día siguiente a su publicación.

En Madrid, a 26 de marzo de 2026.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, MARIANO DE PACO SERRANO

(03/4.847/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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