Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
07-04-2026

Sección 3.10.20Z: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260407-71

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ZARZALEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

71
Zarzalejo. Régimen económico. Calendario fiscal

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Zarzalejo por el que se aprueba el calendario fiscal.

La JGL de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 9/2/2026, acordó el calendario fiscal del municipio correspondiente al ejercicio 2026 (que estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://zarzalejo.sedelectronica.es ), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en los términos que se exponen a continuación:

1) Tasa de basuras, restos vegetales y enseres, e impuesto de vehículos de tracción mecánica: del 5 de mayo al 13 de julio de 2026.

2) Impuesto de bienes inmuebles (IBI) de urbana y de rústica e impuesto de actividades económicas (IAE): del 22 de septiembre al 30 de noviembre de 2026.

Dentro de los correspondientes períodos expresados en el calendario fiscal, los contribuyentes podrán hacer efectivo el pago de los tributos.

Medios y lugar de pago:

— Entidades bancarias: los recibos correspondientes a dichos impuestos podrán hacerse efectivos en cualquiera de las Oficinas de la Red Nacional del Banco de Santander en la cuenta del Ayuntamiento ES12 0049 6808 732110009816.

— Recibos domiciliados: aquellos contribuyentes que tengan domiciliado el cobro de los presentes tributos les serán cargados en la cuenta corriente por ellos fijada el último día de cobro en período voluntario para cada uno de los grupos indicados.

Finalizado el período voluntario, las deudas no satisfechas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley General Tributaria.

Los anuncios de cobranza se publicarán una vez aprobados los padrones fiscales correspondientes un mes antes de su puesta al cobro.

Zarzalejo, a 25 de marzo de 2026.—El alcalde, Rafael Herranz Ventura.

(01/4.741/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20Z: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260407-71