Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
07-04-2026

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260407-69

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA

OFERTAS DE EMPLEO

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Torres de la Alameda. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Habiéndose aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 23 de marzo de 2026, la creación de una bolsa de empleo temporal de técnico de Administración General interino (funcionario) del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, por concurso de méritos:

Primero.—Aprobar la propuesta del Tribunal Calificador de la creación bolsa de trabajo personal funcionario. Técnico Administración General (TAG) de este Ayuntamiento, con la siguiente relación de aspirantes ordenados por orden de prelación:

Segundo.—Formar la bolsa de trabajo prevista en el capítulo I y en ella se incluirán los candidatos propuestos para su constitución, para futuras contrataciones temporales o nombramientos interinos en los casos en que se considere por el Ayuntamiento.

Tercero.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID , así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://torresdelaalameda.sedelectronica.es ) y tablón de anuncios.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado el acto notificado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, a elección del demandante, ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia en cuya circunscripción tenga aquel su domicilio o en el de la circunscripción de este Ayuntamiento, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Torres de la Alameda, a 24 de marzo de 2026.—El alcalde-presidente, José Antonio Blanco Heras.

(03/4.726/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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